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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2007 346003 inscripciones resultantes del proceso AFIS, a siete (7) organismos del Estado; Que, con Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/ RENIEC, del 30 de enero 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, creando entre otros la Subgerencia de Depuración de Identi fi cación, que ha asumido las funciones de la ex Subgerencia de Evaluación y Depuración de Identi fi cación como órgano dependiente de la también recientemente creada Gerencia de Procesos y Depuración Registral; Que, en el Artículo 81º del referido Reglamento, se facultó a la Subgerencia de Depuración de Identi fi cación, para excluir de manera inmediata las inscripciones detectadas por el sistema AFIS e informar, a través de su Gerencia, a los diversos organismos del Estado. En tal sentido, en cumplimiento a lo establecido en la Resolución Jefatural Nro. 003-2007-JEF/RENIEC actualmente se viene remitiendo las copias de las resoluciones, mecanismo que cada vez es más oneroso dado el notorio incremento de los casos que a diario se vienen detectando en dicho proceso AFIS, lo cual es preciso aliviar por razones de economía y simpli fi cación, facultándose a la Subgerencia de Depuración de Identi fi cación para que a través de su Gerencia, informe o fi cialmente a los indicados organismos estatales mediante reportes escritos o a través de los medios telemáticos con que cuente cada institución, según sea más conveniente a la Entidad; Estando a la propuesta de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y, al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en el Inciso h) del Artículo Nº 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi car los alcances del artículo primero de la Resolución Jefatural Nº 003-2007-JEF/RENIEC en el sentido que la Subgerencia de Depuración de Identi fi cación, debe informar a los organismos del Estado precisados en dicha Resolución, en el menor tiempo posible y a través de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral de la cual depende, sobre las inscripciones canceladas y las que están hábiles como producto del proceso AFIS, debiendo hacerlo en forma escrita o a través de los medios telemáticos con que se dispone y en coordinación con los mencionados organismos. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 64756-2 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 631-2007 Lima, 18 de mayo de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por la señorita Ana María Mamani Choquepata para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 001-2007-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha cali fi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modi fi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señorita Ana María Mamani Choquepata con Matrícula Nº N-3876 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales, que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 64696-1 Modifican la Res. Nº 520-2007, en lo relativo a dirección de oficina del Banco Continental en el distrito de Lurigancho RESOLUCIÓN SBS N° 633 -2007 Lima, 22 de mayo de 2007EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA:La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia modi fi que la denominación del distrito en la autorización del funcionamiento de una agencia, a través de la Resolución Nº 520-2007 del 3 de mayo de 2007, en el distrito de San Juan de Lurigancho, debiendo ser distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 520-2007 del 3 de mayo de 2007, esta Superintendencia autorizó el funcionamiento de una agencia en la Avenida 28 de Julio Nos. 160,164, 168 y 170 , Población de Nueva Chosica, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, Que, según mani fi esta el Banco Continental, dicha dirección corresponde al distrito de Lurigancho, por lo cual solicita la modi fi cación de la autorización; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005;