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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357285 h) Seguimiento de los casos derivados para atención especializada de solución efectiva. i) La coordinación con las entidades vinculadas para la adecuada atención de los casos que ameriten la realización de un trámite administrativo o de intervención fi scal o policial. Artículo Tercero.- ENCARGATURA Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la conformación del Equipo Multidisciplinario, que estará constituido por actores de Instituciones Públicas, Privadas y Sociedad Civil, designados en coordinación con el Consejo Regional de la Personas Adultas Mayores –COREPAM de La Libertad, para el adecuado funcionamiento y cumplimiento del rol de la Defensoría de la Persona Adulta Mayor, debiendo el Gobierno Regional de La Libertad, poner a su disposición al personal que se requiera para tal fi n. Artículo Cuarto.- FUNCIONAMIENTO La Defensoría Regional de las Personas Adultas Mayores del Gobierno Regional de La Libertad, funcionará en base a la aplicación de la Guía Metodológica con los formatos de atención de casos, elaborados por el MIMDES, encargándose a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de La libertad, a fi n de que realice las coordinaciones que corresponda ante el Ministerio para su instalación, para cuyos efectos deberá ponerse en conocimiento de la dación de la presente Ordenanza Regional al MIMDES, para los fi nes del caso. Artículo Quinto.- PUBLICACION La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Trujillo, en la sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los tres días del mes de Julio del año dos mil siete. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 129460-1 Institucionalizan el 2 de agosto como feriado cívico laborable en La Libertad ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad de conformidad con lo previsto en los Artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú de 1993 modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralización Ley N° 27783; de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, su modifi catoria Ley N° 27902 y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO:En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 01 de Agosto del 2007, la propuesta de Ordenanza Regional relativa a Institucionalizar como Feriado Cívico Laborable el día 2 de agosto de cada año en la Libertad, conmemorando el deceso del Insigne Patricio, Hijo Predilecto de Trujillo, Doctor Víctor Raúl Haya de La Torre, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en su Articulo 200º, numeral 4) dispone que las Ordenanzas Regionales tienen rango de Ley que norma asuntos de carácter general de la región. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº 27902, en su Artículo 2° de las Disposiciones Generales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son Personas de Derecho Público, con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y reglamentan las materias de su competencia. Que, es de competencia del Gobierno Regional disponer que el día dos de agosto de cada año se institucionalice como feriado cívico laborable en La Libertad, conmemorando el deceso del insigne patricio, hijo predilecto de Trujillo Víctor Raúl Haya De La Torre. De conformidad con la Constitución Política del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº 27902, Ley N° 28968 y Ley N° 29053 y estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de La Libertad; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR, como feriado cívico laborable el día dos de agosto de cada año en La Libertad, conmemorando la partida a la inmortalidad del insigne patricio, hijo predilecto de Trujillo Dr. Víctor Raúl Haya De La Torre. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, formalice los actos cívicos conmemorativos de homenaje a tan ilustre personaje conforme a lo aprobado en el artículo anterior. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, la tramitación de la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique, se registre y se cumpla.Dado en la ciudad de Trujillo, en la sede del Gobierno Regional de La Libertad, el primer día del mes de Agosto del año dos mil siete. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 129460-2 Aprueban Agenda Ambiental Regional 2007-2008 ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Título IV, sobre descentralización. Ley Nº 27783- Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- y su modifi catoria Ley 27902 y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO:En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 1 de agosto del 2007, la propuesta de Ordenanza Regional de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión