Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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h) Seguimiento de los casos derivados para atencion especializada de solucion efectiva. i) La coordinacion con las entidades vinculadas para la adecuada atencion de los casos que ameriten la realizacion de un tramite administrativo o de intervencion fiscal o policial. Articulo Tercero.- ENCARGATURA Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la conformacion del Equipo Multidisciplinario, que estara constituido por actores de Instituciones Publicas, Privadas y Sociedad Civil, designados en coordinacion con el Consejo Regional de la Personas Adultas Mayores ­COREPAM de La MORDAZA, para el adecuado funcionamiento y cumplimiento del rol de la Defensoria de la Persona Adulta Mayor, debiendo el Gobierno Regional de La MORDAZA, poner a su disposicion al personal que se requiera para tal fin. Articulo Cuarto.- FUNCIONAMIENTO La Defensoria Regional de las Personas Adultas Mayores del Gobierno Regional de La MORDAZA, funcionara en base a la aplicacion de la Guia Metodologica con los formatos de atencion de casos, elaborados por el MIMDES, encargandose a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de La MORDAZA, a fin de que realice las coordinaciones que corresponda ante el Ministerio para su instalacion, para cuyos efectos debera ponerse en conocimiento de la dacion de la presente Ordenanza Regional al MIMDES, para los fines del caso. Articulo Quinto.- PUBLICACION La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de La MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 129460-1

tienen rango de Ley que MORDAZA asuntos de caracter general de la region. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, en su Articulo 2° de las Disposiciones Generales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son Personas de Derecho Publico, con autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. 38º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y reglamentan las materias de su competencia. Que, es de competencia del Gobierno Regional disponer que el dia dos de agosto de cada ano se institucionalice como feriado civico laborable en La MORDAZA, conmemorando el deceso del insigne MORDAZA, hijo predilecto de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA De La Torre. De conformidad con la Constitucion Politica del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el articulo 37 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, Ley N° 28968 y Ley N° 29053 y estando a lo acordado por UNANIMIDAD en la Sesion Ordinaria de Consejo Regional de La Libertad; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- INSTITUCIONALIZAR, como feriado civico laborable el dia dos de agosto de cada ano en La MORDAZA, conmemorando la partida a la inmortalidad del insigne MORDAZA, hijo predilecto de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA De La Torre. Articulo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, formalice los actos civicos conmemorativos de homenaje a tan ilustre personaje conforme a lo aprobado en el articulo anterior. Articulo Tercero.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA, la tramitacion de la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique, se registre y se cumpla.

Institucionalizan el 2 de agosto como feriado civico laborable en La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA de conformidad con lo previsto en los Articulos 197° y 198° de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre descentralizacion, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion Ley N° 27783; de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, su modificatoria Ley N° 27902 y demas normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha 01 de Agosto del 2007, la propuesta de Ordenanza Regional relativa a Institucionalizar como Feriado Civico Laborable el dia 2 de agosto de cada ano en la MORDAZA, conmemorando el deceso del Insigne MORDAZA, Hijo Predilecto de MORDAZA, Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de La MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Articulo 200º, numeral 4) dispone que las Ordenanzas Regionales

Dado en la MORDAZA de MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de La MORDAZA, el primer dia del mes de Agosto del ano dos mil siete. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 129460-2

Aprueban Agenda Ambiental Regional 2007-2008
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional La MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion. Ley Nº 27783- Ley de Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27867 -Ley Organica de Gobiernos Regionales- y su modificatoria Ley 27902 y demas normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha 1 de agosto del 2007, la propuesta de Ordenanza Regional de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion

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