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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357292 No cumplir con registrar el ganado porcino. Realizar la crianza de cerdos en botaderos, rellenos sanitarios, zonas intangibles, zonas arqueológicas, reservas naturales y zonas no autorizadas para este fi n. Alimentar con residuos sólidos provenientes de domicilios, industrias o establecimientos de salud, alimentos contaminados, descompuestos y peligrosos. No contar con el equipo para el tratamiento térmico de los restos de comida (pailas y quemadores). No contar con la acreditación sanitaria otorgada por el Ministerio de Salud y SENASA. DE LA SANIDAD ANIMAL, SANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN: No aplicar el calendario de vacunación y desparasitación. No reportar la enfermedades infecciosas, parasitarias y las zoonosis a las autoridades competentes. Sacrifi car y comercializar cerdos y subproductos de procedencia clandestina o animales muertos por enfermedad o por accidente. Realizar la comercialización de carne de cerdos, sin contar con las guías correspondientes emitidas por camales autorizados. Transportar cerdos sin la autorización y cuarentena correspondiente. DEL SANEAMIENTO AMBIENTAL, ACOPIO Y TRANSPORTE DE RESTOS DE COMIDA: Utilizar plásticos, llantas y basura como combustible.Realizar la quema, a campo abierto, de los productos resultantes de la actividad de crianza. Incumplir con las disposiciones relativas al saneamiento de los corrales y la disposición. No utilizar agua potable o tratadas para las actividades de crianza y saneamiento. Disposición inadecuada de residuos sólidos y excretas. Acopiar o transportar restos de comida procedente de botaderos, hospitales, establecimientos de salud e industrias no alimenticias. No contar con la autorización correspondiente, para el acopio y transporte de restos de comida. OTRAS INFRACCIONES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO: Impedir la realización de las inspecciones sanitarias o agredir física o verbalmente a la autoridad, funcionario o trabajador municipal, independientemente de la responsabilidad civil y/o penal respectiva. No proporcionar información o entregar información falsa a la autoridad competente. GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y MEDIO AMBIENTE: 1.- RESIDUOS SÓLIDOS DEL ÁMBITO DE LA GESTIÓN MUNICIPAL Y ORNATO. Por arrojar residuos sólidos de cualquier origen en espacios públicos y en zonas no autorizadas. Por ensuciar las vías públicas como resultado de las actividades del comercio ambulatorio, transporte y otras actividades urbanas. Por dedicarse a la cría y comercialización de animales en zonas residenciales R4, causando riesgos a la salud y generando residuos orgánicos. Por criar animales para el comercio, sin la autorización sanitaria y licencias correspondientes. Por sacar la basura en horarios no establecidos por la Municipalidad. Por segregar, almacenar y comercializar residuos sólidos de cualquier origen, en lugares incompatibles con la zonifi cación municipal. Por generar residuos sólidos, producto de actividades públicas. Por deteriorar el mobiliario urbano de la ciudad, pegar cartelones, letreros, afi ches, pintas y realizar inscripciones al mobiliario. Por obstaculizar las vías públicas producto de actividades comerciales. Por realizar pintas y pegar carteles en los postes, fachadas de espacios públicos. Por abandonar en la vía pública objetos y autos inservibles. Por no usar toldos u otro material de protección para evitar la dispersión de material de construcción y de cualquier tipo de material particulado al ambiente. Por incinerar residuos sólidos en la vía pública. Por incinerar residuos generados dentro de las viviendas, comercio o industria, sin condiciones técnicas. Por ensuciar con residuos de centros de comercialización de lubricantes las calles, veredas, zonas de aislamiento y retiro municipal. 2.- RESIDUOS SÓLIDOS DEL ÁMBITO DE GESTIÓN NO MUNICIPAL (NO PELIGROSOS). Por comercializar y realizar cualquier operación con residuos sólidos, sin el registro de DIGESA. Por transportar residuos sólidos sin ser una EPS- RS o EC-RS, registrada en DIGESA. o contratar a una EPS–RS o una EC-RC, para evacuar sus residuos sólidos no peligrosos. Por producir algún derrame al realizar sus operaciones y transporte de residuos líquidos y sólidos no peligrosos. Por no remitir a la autoridad de salud de la jurisdicción, el informe mensual de operador (EPS-RS, EC-RS). Por no realizar la declaración de manejo de residuos a la autoridad competente de su sector (generador). Por transportar residuos sólidos sin un plan de contingencia. Por no realizar la disposición fi nal de los residuos en un relleno sanitario. Por incinerar residuos industriales en la vía pública. 3.- RESIDUOS SÓLIDOS DEL ÁMBITO DE GESTIÓN NO MUNICIPAL PELIGROSOS. Por arrojar residuos sólidos peligrosos en espacios públicos y en lugares no autorizados. Por abandonar residuos sólidos peligrosos en espacios públicos y en lugares no autorizados. Por no acondicionar debidamente, como generador los residuos sólidos peligrosos, de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica. Por no contar con un plan de contingencia como generador para el manejo de sus residuos sólidos y líquidos. Por transportar residuos sólidos peligrosos, sin la autorización del Ministerio de Transporte. Por transportar residuos y materiales peligrosos, sin un plan de contingencia. Por transportar residuos sólidos peligrosos, sin ser EPS- RS registrada en DIGESA. Por no contratar a una EPS–RS o una EC-RC, para evacuar sus residuos sólidos peligrosos. Por producir algún derrame o accidente, al realizar sus operaciones y transporte de residuos líquidos y sólidos peligrosos. Por no contar con el manifi esto de manejo de residuos sólidos peligrosos. Por no realizar la disposición fi nal de los residuos peligrosos en un relleno de seguridad. Queda prohibido la incineración de residuos peligrosos, sin condiciones técnicas. 4.- MANEJO DE MATERIALES PELIGROSOS (MATPEL) Por arrojar materiales peligrosos en espacios públicos y en lugares no autorizados. Por dedicarse a la producción, almacenaje y comercialización de MATPEL en zonas residenciales R4, causando riesgos a la salud y riesgos de incendios. Por abandonar materiales peligrosos en espacios públicos y en lugares no autorizados. Por no acondicionar debidamente como generador, productor y comercializador los materiales peligrosos, de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica. ¨Por no contar con un plan de contingencia, como generador y comercializador para el manejo de sus materiales peligrosos. Por operar sin acondicionamiento del lugar de almacenamiento para MATPEL y sin plan de contingencia, ni con las normas de seguridad establecidas por ley. Por operar y comercializar con materiales peligrosos sin los permisos municipales y del sector correspondiente. Por no contar con un plan de contingencia, como