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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357286 del Medio Ambiente, dictaminada por la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, relativa aprobar la Agenda Ambiental Regional 2007-2008, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 37º del Reglamento de la Ley Nº 28245 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por el D.S. Nº 008-2005-PCM, establece que el Sistema Regional de Gestión Ambiental tiene como fi nalidad desarrollar, implementar, revisar y corregir la Política Ambiental Regional y las normas que regulan su organización y funciones en el marco político e institucional nacional, para guiar la gestión de la calidad ambiental, el aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos naturales y el bienestar de su población. Está integrada por un conjunto organizado de entidades públicas, privadas y de la sociedad civil que asumen diversas responsabilidades y niveles de participación. Que, el Artículo 40º de la citada norma estipula que la Comisión Ambiental Regional es la instancia de gestión ambiental de carácter multisectorial encargada de la coordinación y concertación de la política ambiental regional, está conformada por las instituciones y actores regionales con responsabilidad e interés en la gestión ambiental de la región, brinda apoyo al Gobierno Regional respectivo, de conformidad con el literal b) del Artículo 53º de la Ley 27867; fi nalmente, el artículo que nos ocupa en su literal b) establece como función de la Comisión Ambiental Regional la elaboración participativa de la Agenda Ambiental Regional, la misma que será aprobada por el Gobierno Regional. Que el artículo 41º del mencionado Decreto Supremo, señala que la Secretaría ejecutiva del CONAM, tiene como función apoyar las acciones de coordinación entre los diferentes niveles de gobiernos y el CONAM, a fi n de asegurar la congruencia de la política nacional ambiental y las políticas ambientales regionales y locales, teniendo como función entre otras, el de apoyar en la elaboración y ejecución de los Planes y Agendas Ambientales Regionales y Locales. Que, teniendo en cuenta además que dentro de las políticas ambientales del Gobierno Regional, son objetivos estratégicos la preservación y conservación de la biodiversidad existente en la región, así como el cuidado del ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales, tal como está establecido en el Plan de Acción Regional de la Libertad al 2010, y en la Agenda Ambiental aprobado por la Ordenanza Regional Nº 004-2004 del 14 de mayo del 2004 y, en concordancia con el numeral 10 del Artículo 8º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y en aplicación del literal a) del Artículo 14º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, en lo que respecta al Principio de Subsidiariedad. Que, el Secretario Ejecutivo Regional del CONAM (Ancash - La Libertad) en atención a la función señalada en el párrafo precedente, a través del Acta de Reunión de la Comisión Ambiental Regional con fecha 30 de mayo del 2007, que contiene la aprobación de la Agenda Ambiental Regional, producto del esfuerzo participativo de las instituciones y actores regionales. Documento recibido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la misma que mediante Informe Nº 13-2007-GRLL-GRRNGMA/NEL, emite opinión favorable, recomendando que dicho documento sea derivado a la Comisión Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Consejo Regional, para su evaluación respectiva. Así mismo, contando además con la Opinión Legal N° 115-2007-GR-LL/GRAJ-KJVV, de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional La Libertad, que considera procedente la presente propuesta. Que, mediante Dictamen la Comisión Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, viene al pleno del Consejo Regional para su debate y aprobación de la Propuesta de Agenda Ambiental Regional 2007-2008, la misma que en Sesión Ordinaria de fecha 1 de agosto del 2007, es aprobada por UNANIMIDAD. Que, en virtud del trámite descrito, y de acuerdo a lo establecido en el literal f) del Artículo 9º, literal a) del artículo 37º y artículo 38º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional la Libertad. HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:Artículo Único.- APROBAR, la Agenda Ambiental Regional 2007-2008, como un instrumento de gestión ambiental, la misma que ha sido elaborada de manera consensuada y participativa por la Comisión Ambiental Regional, que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Trujillo, en la sede del Gobierno Regional de La Libertad, el primer día del mes de agosto del año dos mil siete. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 129460-3 Crean el Consejo Regional de la Mujer ORDENANZA REGIONAL N° 019-2007-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902, y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO:En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 1 de agosto del 2007, la propuesta de Ordenanza Regional de la Sub Comisión de la Mujer y Promoción de la Familia, dictaminada por la Comisión de Desarrollo Social, relativa aprobar la Creación del Consejo Regional de la Mujer; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, señala que: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado.” Que, la cuarta disposición fi nal y transitoria de la Constitución Política del Perú, señala que: “Las normas relativas a los derechos y las libertades que la Constitución Política del Perú, reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los Tratados y Acuerdos Internacionales sobre las mismas materias ratifi cadas por el Perú”. Que, el Gobierno Regional de La Libertad se adhiere a los Tratados Internacionales aprobados y ratifi cados por el Perú, de carácter vinculante para el Estado, que nos comprometen a eliminar todas las formas de inequidad de género, como son: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), la Conferencia Internacional Sobre Población y Desarrollo de El Cairo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujeres (Belem Do Pará), el Programa Interamericano sobre la Promoción de los Derechos Humanos de la Mujer y la Equidad e Igualdad de Género de la Comisión Interamericana - CIM, de la OEA, la Carta Democrática Interamericana, los acuerdos de Copenhague, la Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing (1995) y las metas del milenio.