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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (28/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de noviembre de 2007 358468 otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Copia fedateada de la Constancia de la denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia certifi cada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolución Rectoral por la que se le confi ere el Título Profesional de Licenciado en Enfermería; 5) Publicación en el Diario del Cusco, del aviso de la pérdida de su diploma de Título Profesional; 6) Dos Fotografías; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, del Informe Nº 007-2007-GYT expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó al Título Profesional de Licenciado en Enfermería, conforme aparece en la Resolución Nº R-0147-1998-UNSAAC, de fecha 21 de enero de 1998, encontrándose inscrito en el Libro 10, folio 005 del Registro de Grados y Títulos de la Universidad; Que, obra en el expediente el Visto Bueno de la Comisión Revisora de Grados y Títulos de la Universidad; Que, la petición formulada por la administrada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Extraordinaria efectuada el día 20 de septiembre de 2007, siendo aprobada por unanimidad; Que, obra en autos el Ofi cio Nº 440-07-D-2007-FEN, de 31 de octubre de 2007, cursado por la Señora Decana de la Facultad de Enfermería, del que se desprende que de la revisión del Libro de Sustentaciones de Tesis de la Facultad, se ha constatado que la recurrente ha sustentado la tesis intitulada: “Incidencia de Accidentes de Tránsito en la Ciudad de Cusco 1997”, el 15 de noviembre de 1998, habiendo obtenido la nota aprobatoria de 15.00 puntos, conforme aparece de la copia del Acta de Sustentación que adjunta; Estando a lo referido, Ley Nº 28626, a la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL, POR MOTIVO DE PÉRDIDA, a favor de Doña GLORIA CCORIMANYA QUISPE, con Código Universitario Nº 812380, confi riéndole el TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN ENFERMERIA, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.LAURO ENCISO RODAS Rector (e) 136971-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Imponen sanción de inhabilitación temporal a la Empresa Ventas y Servicios Martell S.C.R. Ltda. en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 2015-2007-TC-S3 Sumilla: Corresponde sancionar a la empresa Ventas y Servicios Martell S.C.R. LTDA., por la presentación de documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Lima, 23 de noviembre de 2007Visto, en sesión de fecha 15 de noviembre de 2007 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 1410/2006. TC sobre la aplicación de sanción a la empresa Ventas y Servicios Martell S.C.R. LTDA. por su responsabilidad en la presentación de documentos falsos o inexactos durante la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0043-2006-GRU-P-PDC, convocada por el Gobierno Regional de Ucayali, para el Suministro de Materiales de Construcción; y, atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES:1. Con fecha 28 de agosto de 2006, el GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en adelante la Entidad, convocó a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0043-2006-GRU-P-PDC, (segunda convocatoria), para el “Suministro de Materiales de Construcción” por un valor referencial ascendente a S/. 160,311.18 Nuevos Soles. Presentándose para dichos efectos las siguientes empresas: xImportaciones Maritrine E.I.R.L. xFerretería Fashe S.R.L. xVentas y Servicios Martell S.C.R. LTDA. 2. El 11 de septiembre de 2006, se realizó el acto de presentación de propuestas, la apertura de los sobres y otorgamiento de la buena pro con la participación de los usuarios fi nales. En dicho evento haciendo las revisiones de la propuesta técnica de la empresa Ventas y Servicios Martell S.C.R. LTDA. (VESERMA) en adelante el Postor, se encontró que en los paquetes 02 y 04 del referido proceso, se mencionan como marca en algunos casos (fi la 27 y 28) la palabra importado, teniendo en cuenta que el Postor ha presentado una declaración jurada donde manifi esta que los bienes ofrecidos en los paquetes 02 y 04 son elaborados dentro del territorio nacional. PAQUETE Nº 02 MATERIAL ELÉCTRICO CANTIDAD 3 ML CABLE TW Nº 08 AWG - 4 MM2 x M (INTITEC 370.048) 10,000.00 PAQUETE Nº 04 MATERIAL PARA INSTALACIONES SANITARIAS 10 UND ANILLO DE CAUCHO D= 200 mm 50.00