Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2007 (29/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2007

de Aduanas en la suma de S/. 22, 511207.00, siendo el total correcto, sumado con los montos consignados para los otros rubros, de S/. 45, 441,536.00. Articulo Segundo.- DEDUCIR del rubro 07 FONCOMUN el servicio de la deuda, manteniendo en el saldo la distribucion porcentual de 50% para Gasto de Capital y 50% para Gasto Corriente. Articulo Tercero.- MODIFICAR, el Articulo 3º del Acuerdo de Concejo Nº 229-2006/MDV-CDV, de fecha 27 de diciembre del 2006, siendo su texto el siguiente: "Las transferencias al Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA, provendran del 4% sobre el 50% de los ingresos provenientes de las MORDAZA de Financiamiento 03 Participacion en Rentas de Aduanas y 07 FONCOMUN". Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicacion del presente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 137520-4

Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos institucionales, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto; y Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR el cofinanciamiento para 05 obras a traves del Programa de Emergencia Social Productivo- Construyendo Peru (Antes A Trabajar Urbano), segun se detalla en la parte considerativa de la presente Resolucion, por el monto de S/. 90, 678.00 (Noventa mil seiscientos setenta y ocho Nuevos Soles). Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto asi como a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 137520-5

Aprueban cofinanciamiento para obras a traves del Programa de Emergencia Social Productivo - Construyendo Peru
ACUERDO DE CONCEJO Nº 144-2007/MDV-CDV Ventanilla, 16 de noviembre del 2007 VISTO:

Autorizan endeudamiento para ejecucion de obras por parte de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 147-2007/MDV- CDV Ventanilla, 16 de noviembre del 2007

En la Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 16 de noviembre del 2007, el Dictamen Nº 018-2007/MDV-CALL de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Dictamen del visto, la Comision de Desarrollo MORDAZA, recomienda al Honorable Concejo, se apruebe el cofinanciamiento para 05 obras a traves del Programa de Emergencia Social Productivo- Construyendo Peru (Antes A Trabajar Urbano), segun el siguiente detalle: 1.- Construccion de Muros de Contencion y tribunas en area recreativa ­ Asentamiento Humano Yoshiyama, por el monto de S/. 19, 288.30 2.- Construccion de MORDAZA de Contencion en el pasaje 08 entre las Mz. B, C y MORDAZA del Asentamiento Humano MORDAZA Woll MORDAZA, por el monto de S/. 12, 223.88 3.- Construccion de Tribunas en losa deportiva Asentamiento Humano Virgen de MORDAZA por el monto de S/. 13,691.53 4.- Construccion de MORDAZA de Contencion en Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA en el Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA, por el monto de S/. 26, 208.94 5.- Construccion de Muros de Contencion MORDAZA 4 de las Mz. A y G y la MORDAZA Piura­ Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA El Arenal, por el monto de S/. 19, 264.71 Que, mediante Memorando Nº 973-2007-MDV/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, senala con relacion al cofinanciamiento por parte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, por el monto total de S/. 90, 678.00 (Noventa mil seiscientos setenta y ocho Nuevos Soles), para las cinco obras en mencion, que se cuenta con el credito presupuestal favorable para su atencion, siendo el rubro de financiamiento 07 Fondo de Compensacion Municipal. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades.

VISTO: El Memorando Nº 3643-2007/MDV-GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del documento del visto, la Gerencia de Administracion y Finanzas, solicita al Honorable Concejo, se autorice el endeudamiento para ejecucion de obras por parte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, senalando que la amortizacion se efectuara con cargo a los recursos del Foncomun y Rentas de Aduana en lo que corresponde a Gasto de Inversion, con lo que se cubriria holgadamente las amortizaciones del credito que se solicitaria. Que, se advierte la existencia de un deficit de S/. 15´ 000 000.00 para la ejecucion de obras, segun lo senalan la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º inciso 24 de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, es atribucion del Concejo Municipal: "Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios publicos, por mayoria calificada y conforme a Ley". Que, el articulo 69º del mismo cuerpo de leyes, indica que "Los Gobiernos Locales pueden celebrar operaciones de credito con cargo a sus recursos y bienes propios, requiriendo la aprobacion de la mayoria del numero legal de miembros del Concejo Municipal", asimismo indica "La concertacion y contratacion de los emprestitos y operaciones de endeudamiento se sujetan a la Ley de Endeudamientos del Sector Publico" y finalmente "Los Servicios de amortizacion e intereses no pueden superar el 30% de los ingresos del ano anterior. Que, la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamientos del Sector Publico ­ Ley Nº 28563, establece que los Gobiernos Locales pueden gestionar operaciones de endeudamiento sin aval del Gobierno Central hasta por un monto de USA $ 5´000,000.00, por lo que la operacion de endeudamiento, respecto de la cual se solicita autorizacion, se puede realizar sin la

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