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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2007 358562 Declaran como prioritario y de preferente interés regional la promoción y desarrollo de acciones vinculadas con el fomento de la protección ambiental y promoción de proyectos relacionados con la mitigación del efecto invernadero ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2007-REGIÓN ANCASH/CR. El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, así como en concordancia con lo previsto en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, los Gobiernos Regionales son los principales coordinadores, concertadores, planifi cadores y promotores de la construcción del desarrollo integral y sostenido en su espacio regional. En ese sentido, promueven el uso sostenido de los recursos naturales, culturales, conservación del medio ambiente, la mejora e incremento de la producción y productividad regional y reducción de la pobreza; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º inciso 22) de nuestra Constitución Política, toda persona tiene derecho a la Paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. El carácter de este derecho impone delimitar principalmente su contenido. Ello, no obstante, exige analizar previamente el signifi cado de “medio ambiente”, pues es un concepto que es consustancial al contenido mismo del derecho en cuestión. Desde la perspectiva Constitucional, y a efectos de su protección, se hace referencia, de modo general, al medio ambiente como el lugar donde el hombre y los seres vivos se desenvuelven. En dicha defi nición se incluye tanto al entorno globalmente considerado – espacios naturales y recursos que forman parte de la naturaleza: Aire, agua, suelo, fl ora, fauna – como el entorno urbano; además, el medio ambiente, así entendido, implica las interrelaciones que entre ellos se producen: Clima, paisaje, ecosistema, entre otros; Que, de conformidad con el artículo 53º de “Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial”, compete al Gobierno Regional: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales. b) Implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales. c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro de las estrategias nacionales respectivas. d) Proponer la creación de las áreas de conservación regional y local en el marco del Sistema Nacional de Áreas protegidas. e) Participar en diseño de los proyectos de conformación de macroregiones. f) Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdicción. Imponer sanciones ante la infracción de normas ambientales y regionales. g) Formular planes, desarrollar e implementar programas para la venta de servicios ambientales en regiones con bosques naturales o áreas protegidas. h) Administrar, en coordinación con los Gobiernos Locales, las áreas naturales protegidas comprendidas dentro de su jurisdicción, así como los territorios insulares. Que, el imperativo de satisfacer las necesidades de una población humana en vertiginoso crecimiento, ha originado que la ciencia y la tecnología experimenten un gran avance, manifestado en el incremento de actividades como la minería, agricultura, comercio, industria, construcción, transporte, pesca y ganadería; Que, este gran (estilo de) desarrollo ha traído como consecuencia graves problemas ambientales de carácter mundial que se ven refl ejados en el aumento permanente de la temperatura del planeta, conocido como efecto invernadero; Que, los efectos del calentamiento global afectan y afectarán los elementos básicos de la vida de todas las personas del mundo; el acceso al agua, la producción de alimentos, la salubridad y el medio ambiente; Que, con la suscripción del Protocolo de Kyoto, Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, se ha materializado el primer gran esfuerzo mundial con miras a reducir los gases contaminantes que agudizan el efecto invernadero, estrechamente relacionado con el calentamiento global y los cambios climáticos que están generando las modifi caciones que venimos observando, tales como las mermas de los Glaciares; Que, el Gobierno Regional de Ancash, asumiendo su responsabilidad de tutelar la integridad, bienestar, salud, alimentación y trabajo de sus pobladores; consciente de su privilegiada ubicación geográfi ca y sus enormes riquezas naturales, generosa minería, belleza y vitalidad de sus glaciares, diversidad de fauna y fl ora, patrimonio que debe resguardar para enervar las afectaciones que genera la problemática señalada, en concordancia con la importancia hemisférica de nuestro territorio; Que, el Gobierno Regional de Ancash, ha resuelto no ser ajeno a estos fenómenos, por lo que ha decidido asumir su responsabilidad frente a las contingencias climatológicas y, consecuentemente, tomar una posición de liderazgo nacional en cuanto la defensa del medio ambiente se refi ere, con el propósito de afrontar, inmediatamente, la problemática antes descrita, impulsando la búsqueda de las mejores soluciones posibles; no sólo como aporte directo a la Región Ancash, sino al país y al mundo; Que, entre las actividades a promover deberán incluirse la difusión e implementación de la cultura de la defensa y mantenimiento del medio ambiente y la protección de la belleza escénica, promover la inversión en formas nuevas de energía y/o de fuentes alternativas generadoras de energía; la generación y auspicio de proyectos relacionados con servicios ambientales vinculados con temas como el secuestro y almacenamiento de carbono, Mecanismos de Desarrollo Limpio, la biodiversidad y de las cuencas hidrográfi cas, forestación, agroindustria y el aprovechamiento sostenible de recursos naturales; En uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes N°s. 27902 y 28013; y demás normas legales complementarias vigentes y estando a lo acordado por unanimidad en la sesión ordinaria llevada a cabo el día 09 de agosto de 2007; ORDENA:Artículo Primero.- Declarar como prioritario y de preferente interés regional en la Región de Ancash, la promoción y desarrollo de acciones vinculadas con el fomento de la protección ambiental y promoción de proyectos relacionados con la mitigación del efecto invernadero en la Región de Ancash, el Perú y en el Mundo, lo que comprenderá las actividades y esfuerzos detallados en la parte considerativa de la presente ordenanza y otros que compatibilicen con el crecimiento económico de la Región de Ancash. Artículo Segundo.- El Gobierno Regional de Ancash a efectos de promover la participación activa de la población en el fomento de la protección ambiental señalada en el artículo precedente, coordinará sus diferentes actividades con las organizaciones de la sociedad civil y los Gobiernos Locales Distritales y Provinciales. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”.