Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2007 (03/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de octubre de 2007

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Amplian plazo para la remision de comentarios al Proyecto de resolucion que modifica el Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, publicado mediante Res. Nº 132-2007-PD/ OSIPTEL
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 146-2007-PD/OSIPTEL
MATERIA: MODIFICACION DE LA RESOLUCION Nº 132-2007-CD/OSIPTEL QUE APROBO LA PUBLICACION DEL PROYECTO DE RESOLUCION QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES MORDAZA, 2 de octubre de 2007 VISTOS: El Informe Nº 458-GFS/2007 de la Gerencia de Fiscalizacion, que considera oportuno, a fin de contar con mayor informacion para la elaboracion de la version final de la MORDAZA que modifique el Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, que se amplie el plazo otorgado para presentar comentarios al Proyecto publicado mediante Resolucion Nº 132-2007-PD/ OSIPTEL; Las solicitudes presentadas por las empresas Telefonica Moviles S.A. Nextel de Peru S.A. y MORDAZA Movil Peru S.A.C. y por el Consejo de Usuarios del OSIPTEL, para que sea MORDAZA el plazo otorgado para remitir comentarios al Proyecto publicado mediante Resolucion Nº 132-2007-PD/ OSIPTEL, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Presidencia Nº 1322007-PD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de setiembre de 2007, se hizo publico el Proyecto de Resolucion que modifica el Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolucion Nº 040-2005-CD/ OSIPTEL, cuyo Articulo MORDAZA establece en quince (15) dias habiles el plazo para que los interesados remitan por escrito sus comentarios a la Gerencia de Fiscalizacion de OSIPTEL; Que mediante las comunicaciones Nº TM-925-A-41707, del 26 de setiembre de 2007, Nº DMR/CE/N1496/07, del 26 de setiembre de 2007, CGR-1002/07, del 27 de setiembre de 2007, y C.002- CU OSIPTEL/2007, del 2 de octubre de 2007, las empresas Telefonica Moviles S.A., MORDAZA Movil Peru S.A.C. y Nextel del Peru S.A. y el Consejo de Usuarios del OSIPTEL, respectivamente, solicitaron que el plazo citado en considerando precedente sea MORDAZA, a efectos de realizar un adecuado analisis tecnico, legal y financiero de la medida regulatoria y emitir opinion, por la complejidad del proyecto; Que el articulo 7º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, consagra el MORDAZA de Transparencia como lineamiento de la accion del OSIPTEL en el desarrollo y ejercicio de sus funciones. Dicho MORDAZA establece que los proyectos de decisiones normativas y/o regulatorias seran previamente publicadas para recibir opiniones del publico en general; Que el articulo 27º del Reglamento General del OSIPTEL, establece que constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos de caracter general que dicte el OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos hayan

sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que la materia regulada por el Proyecto de Resolucion que modifica el Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolucion Nº 040-2005-CD/OSIPTEL, reviste complejidad tecnica, legal y economica que amerita ser revisada con profundidad y detalle, desde esa perspectiva, resultara mas provechoso para el MORDAZA contar con la opinion de las empresas responsables de la prestacion del servicio los usuarios, las asociaciones de usuarios y los terceros interesados que puedan contribuir a la version final de la norma; Que en atencion a los fundamentos expuestos se considera necesario ampliar en treinta (30) dias habiles el plazo establecido por el Articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 132-2007-PD/OSIPTEL, para la recepcion de comentarios al Proyecto de Resolucion que modifica el Reglamento de Calidad de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, aprobado mediante Resolucion Nº 040-2005-CD/OSIPTEL; En aplicacion de los incisos j) y k) del articulo 86º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar en treinta (30) dias habiles, el plazo para que los interesados remitan por escrito sus comentarios al Proyecto publicado mediante Resolucion Nº 132-2007-PD/OSIPTEL. Articulo 2º.- La presente resolucion sera notificada a las empresas Telefonica Moviles S.A. Nextel de Peru S.A. y MORDAZA Movil Peru S.A.C. y al Consejo de Usuarios y publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional de OSIPTEL. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo OSIPTEL

116057-1

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Autorizan primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en las provincias de Huaura, Canete y MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 147-2007/SBN-GO-JAR
La MORDAZA, 26 de setiembre de 2007 Visto el Expediente Nº 110-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 305 304,95 m², ubicado en la Playa Punta MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico el terreno eriazo de 1 305 304,95 m², ubicado en la Playa Punta MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral;

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