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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de octubre de 2007 354667 para la determinación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión”, con el fin de que se proceda a publicar su Resumen Ejecutivo en el Diario O ficial El Peruano y en forma completa en la página Web del OSINERGMIN; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, así como en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobar la publicación, en el Diario O ficial El Peruano, del Resumen Ejecutivo del Informe Nº 0288-2007-GART “Proceso de Regulación para la determinación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión”, vigentes desde el 1 de setiembre de 2007 hasta 31 de agosto de 2011, concordante con la Resolución OSINERGMIN Nº 244-2007-OS/CD. Artículo 2 º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario O ficial El Peruano y consignada junto con el Informe Técnico Nº 0288-2007-GART en forma completa y el Informe Legal Nº 0304-2007-GART, en la página Web del OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente Informe Nº 0288-2007-GART Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria División de Distribución Eléctrica PROCESO DE REGULACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS IMPORTES MÁXIMOS DE CORTE Y RECONEXIÓN (Resumen Ejecutivo) Lima, Setiembre 2007 Contenido 1. Resumen Ejecutivo 1.1 Objetivo 1.2 Antecedentes1.3 Aprobación de los Importes Máximos1.4 Cálculo de los Importes de Corte y Reconexión 1.4.1 Costos de Materiales 1.4.2 Mano de Obra1.4.3 Transporte y Equipos1.4.4 Rendimientos1.4.5 Conexiones en Baja Tensión1.4.6 Conexiones trifásicas en Media Tensión1.4.7 Procedimiento y Secuencia de Aplicación de los Tipos e Importes Máximos 1.5 ConclusionesAnexo Resultados1. Conexiones monofásicas, hasta 10 kW, BT5A, BT5B y BT6 2. Conexiones trifásicas, hasta 20 kW, BT5A, BT5B y BT6 3. Conexiones trifásicas, hasta 20 kW, resto de opciones (BT2, BT3 y BT4) 4. Conexiones trifásicas, mayor a 20 kW, resto de opciones (BT2, BT3 y BT4)5. Conexiones trifásicas, hasta 1000 kW, resto de opciones (MT2, MT3 y MT4) PROCESO DE REGULACIÓN PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS IMPORTES MÁXIMOS DE CORTE Y RECONEXIÓN 1. Resumen Ejecutivo1.1 ObjetivoPresentar un resumen del proceso de cálculo y los resultados obtenidos para determinación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión establecidos mediante la Resolución OSINERGMIN Nº 244-2007-OS/CD. 1.2 Antecedentes Artículo 180º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (LCE): Establece que los importes de corte y reconexión deberán cubrir los costos e ficientes en que se incurra para su realización, y faculta al OSINERGMIN a aprobar los importes máximos, así como la periodicidad de su vigencia. Resolución OSINERG Nº 241-2003-OS/CD:Resolución OSINERG Nº 241-2003-OS/CD: Establece el “Procedimiento para la Aprobación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión”. Resolución OSINERG Nº 242-2003-OS/CD:Resolución OSINERG Nº 242-2003-OS/CD: Establece los “Formatos y Contenido de la Propuesta para la Aprobación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión”. Resolución OSINERGMIN Nº 244-2007-OS/CD:Resolución OSINERGMIN Nº 244-2007-OS/CD: Aprobó los Importes Máximos de Corte y Reconexión, aplicables a los usuarios del servicio público de electricidad, vigente para el periodo comprendido entre el 01 de septiembre de 2007 y el 31 de agosto de 2011. 1.3 Aprobación de los Importes MáximosLa Resolución OSINERG Nº 241-2003-OS/CD establece el “Procedimiento para la Aprobación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión”. De conformidad con la resolución mencionada, el procedimiento de aprobación de los importes máximos de corte y reconexión se inició el 12 de febrero de 2007 con la presentación por parte de las empresas de distribución eléctrica de las propuestas de los importes de corte y reconexión. El 15 de febrero de 2007, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) del OSINERGMIN publicó las propuestas en su página web (www2.osinerg.gob.pe), para conocimiento del público en general. Asimismo, convocó las audiencias públicas previstas, Audiencia Pública de las Empresas y Audiencia Pública del OSINERGMIN-GART. Las propuestas fueron expuestas y sustentadas por los representantes de las empresas, el 27 de febrero de 2007, en la Audiencia Pública de las Empresas convocada por la GART. Luego, el 06 de marzo de 2007, la GART formuló las observaciones a las propuestas de los importes de corte y reconexión. Posteriormente, el 13 de marzo de 2007, las empresas presentaron la absolución de las observaciones y sus propuestas de finitivas, las cuales se publicaron en la página web del OSINERGMIN el 16 de marzo de 2007. El 10 de abril de 2007, en atención a lo dispuesto en la Resolución OSINERGMIN Nº 166-2007-OS/CD, se prepublicó el Proyecto de Resolución de Aprobación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión, el mismo que fue sustentado por los especialistas de la GART en la Audiencia Pública Descentralizada que se llevó a cabo el día 20 de abril de 2007. El 25 de abril de 2007, se recibieron las opiniones y sugerencias de las empresas de distribución eléctrica e interesados, respecto al Proyecto de Resolución de Aprobación de los Importes Máximos de Corte y Reconexión prepublicado, las mismas que fueron analizadas por la GART, incorporándose en la Resolución OSINERG Nº 244-2007-OS/CD aquellas que fueron aceptadas y la mencionada resolución fue publicada en el Diario O ficial El Peruano el 09 de mayo de 2007. El 30 de mayo de 2007, los interesados interpusieron Recursos de Reconsideración contra la Resolución OSINERGMIN Nº 244-2007-OS/CD, los cuales fueron publicados en la página web del OSINERGMIN el 04 de junio de 2007 y fueron sustentados en la Audiencia Pública convocada por el OSINERGMIN, realizada el 14 de junio de 2007. No se recibieron opiniones y sugerencias de los