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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de octubre de 2007 354697 Abastecimiento, dependiente de la Gerencia General de Administración, dirigida a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, tiene lafinalidad de remitirle la cotización de tres (3) pasajes aéreos internacional Lima/México/Lima, para el viaje en comisión de servicios de tres Regidores, cuyas fechas señaladas son del día 4 al 7 de octubre del 2007, siendo el detalle de precios el siguiente: - 3 Boletos aéreos Lima/México/Lima vía LAN : US$ 3,285.00 -Tarifa CORPAC : US$ 90.75 _____________ US$ 3,375.75 Que, el Memorando Nº 907-A-2007-MPC/ GGPPR, del 25 de setiembre de 2007, emitido por la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, señala que en la Meta Presupuestaria: 0576-Desarrollar el Planeamiento de la Gestión, se dispone con crédito presupuestal en la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, rubro 09- Recursos Directamente Recaudados, S/.4,282.30 nuevos soles, cifra que no cubre lo solicitado ($ 5,775.75- cinco mil, setecientos setenta y cinco y 75/100 Dólares Americanos), sin embargo dicho requerimiento será coberturado en la sexta modi ficación presupuestaria del 2007, por la modalidad de créditos y anulaciones presupuestarias, recomendando Informe Legal, sobre los alcances de Art. 4, numeral 3, inciso b), de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2007; Que, con Memorando Nº 1073-2007-GGAJC-MPC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación envía a la Secretaría General el Informe Legal Nº 1044-2007-MPC-GGAJC-SGAA,de fecha 27 de setiembre de 2007, el cual constituye pronunciamiento de ese despacho, señalando el mismo que, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007- Ley Nº 28927, en el artículo 4, sobre austeridad, numeral 3, sobre bienes y servicios, “Quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos, con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se re fiere la Ley Nº 28212, enfatizando, que todos los viajes se realizan en categoría económica”; norma que de manera expresa señala que están exceptuados de esta prohibición los altos funcionarios y autoridades de Estado a que se re fiere la Ley Nº 28212, opinando que los Alcaldes Provinciales y Regidores Provinciales, están jeraquizados por la norma jurídica comentada, en el artículo 2, por cuya razón las Regidoras no se encuentran comprendidas en la prohibición establecida por la Ley, opinando que lo actuado pase a Sesión de Concejo para su respectiva autorización, en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9, inciso 11, teniendo en cuenta el informe de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA: 1.Autorizar el viaje en comisión de servicios los día 4,5,6 y 7 de octubre de 2007, para asistir al V Seminario sobre Los Retos de la Democracia Local: El Papel de los Gobiernos Locales, Indígenas y Delegaciones en la Superación de la Pobreza y la Desigualdad Social, a realizarse en el Palacio de la Autonomía de la Universidad Nacional Autónoma de México, Centro Histórico, Distrito Federal, México, de los Regidores Provinciales Nancy Villela Alvarado, Gloria Elizabeth Lara Avila y Daniel Malpartida Filio. 2. Autorizar el egreso de US$ 5,775.75 dólares americanos para los representantes de la Municipalidad, los gastos que irrogue el cumplimiento del Acuerdo estarán a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, conforme se detalla a continuación: Nancy Margarita Villela Alvarado Pasajes : US$ 1,095.00 Viáticos (US$ 200X 4 días) : US$ 800.00Tarifa CORPAC : US$ 30.25 Gloria Elizabeth Lara Avila Pasajes : US$ 1,095.00Viáticos (US$ 200X 4 días) : US$ 800.00Tarifa CORPAC : US$ 30.25 Daniel Juan Malpartida Filio Pasajes : US$ 1,095.00Viáticos (US$ 200X 4 días) : US$ 800.00 Tarifa CORPAC : US$ 30.25 3.Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país los regidores cuyo viaje se autoriza en el presente, deberán presentar a la Municipalidad Provincial del Callao, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. 4.Autorizar las modi ficaciones presupuestales necesarias para la cobertura del requerimiento de viaje, encargando a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización y a la Gerencia General de Administración el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. 5.El presente Acuerdo no libera ni exonera del pago de impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. 6. Dispensar el Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 115427-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Aprueban Índice de Uso para la Ubicación de Actividades Urbanas en el distrito ORDENANZA Nº 010-2007-MDLP/ALC La Punta, 27 de setiembre del 2007. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PUNTA VISTO: En sesión ordinaria de fecha 27 de setiembre de 2007, el Proyecto de Ordenanza que propone el INDICE DE USOS PARA LAS ACTIVIDADES URBANAS del distrito de La Punta y contando con los Memorandos Nos. 156-2007-MDLP-GRC de la Gerencia de Rentas y Comercialización y 097-2007-MDLP-GTDU de la Gerencia de Turismo y Desarrollo Urbano y con la opinión de la Gerencia de Asesoría legal, según Informe Nº 230-MDLP/GAL; De conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, artículos VI del título preliminar y Nos. 9º, 39º, 40º y 79º de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, artículo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano; Aprobó la siguiente: