Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2007 (03/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que de conformidad con lo establecido en el articulo 10º y SS de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, estas son competentes para administrar sus bienes y rentas. Que el articulo 36º de la acotada MORDAZA faculta a los Concejos Municipales a ejercer a plenitud las atribuciones contenidas en el articulo indicado en el parrafo precedente; por lo que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley glosada; ACUERDA: Primero.- DECLARAR en situacion de EMERGENCIA EL SERVICIO ELECTRICO EN LA PROVINCIA DE OYON, y disponer de la contratacion de un grupo electrogeno con caracter transitorio, para superar parcialmente la cobertura del servicio electrico en la MORDAZA, debiendo iniciarse las acciones administrativas que determinen la adquisicion de bienes y servicios estrictamente necesarios para la reparacion integral del grupo hidraulico Nº 02 de la Mini Central Hidroelectrica de MORDAZA MORDAZA de Nava. Segundo.- DELEGAR dicha responsabilidad a la Gerencia Municipal para que mediante el area autorizada ejecute las acciones correspondientes en el tiempo perentorio mas inmediato, debiendo efectuar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, e informar a la Contraloria General de la Republica dentro del termino establecido en la Ley de la materia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ALTEZ MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE
Autorizan donacion de aula prefabricada y mobiliarios a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 059 -2007-MDNCH MORDAZA Chimbote, 5 de setiembre del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE. VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de Agosto del 2007, se aprobo con el Apoyo via Donacion de DOS AULAS PREFABRICADAS CON SERVICIOS HIGIENICOS, por un importe de S/. 193.00.00 Nuevos Soles a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 05 de Setiembre se modifico Donar con el Apoyo Via Donacion de 01 AULA PREFABRICADA, con el Monto de 63,874.03 Nuevos Soles y MOBILIARIOS, con un Monto de 4,980.00, ha tomado el siguiente Acuerdo: CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo previsto en el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, es una institucion de derecho publico con autonomia economica y administrativa, le son aplicables las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion regulan las actividades y funcionamiento del sector Publico Nacional. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 055-2007MDNCH, de fecha 22 de Agosto, se acordo aprobar la donacion de DOS AULAS PREFABRICADAS CON SERVICIOS HIGIENICOS, hasta por el importe de S/. 193,000.00 (Ciento Noventa y Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA en atencion a la poblacion escolar damnificada por el terremoto ocurrido el dia miercoles 15 de agosto. La

Donacion Autorizada debera canalizarse a traves de la Municipalidad Provincial de Pisco. Que, mediante informe Nº 4168-2007-MDNCH/GIDU, solicita opinion legal para exoneracion del MORDAZA de seleccion con respecto a la adquisicion de DOS AULAS PREFABRICADAS CON SERVICIOS HIGIENICOS, que por situacion de emergencia seran donados a la provincia de MORDAZA, en merito a la publicacion de la Ley Nº 29076 (Ley de Solidaridad con las Localidades Afectadas con el Sismo del 15 de Agosto del 2007), publicado en el Diario Oficial EL PERUANO, con fecha 23 de Agosto, conforme lo establece en el numeral 2 de la Ley, faculta a los gobiernos regionales y a las municipalidades provinciales y Distritales no comprendidos en el articulo 1°(localidades afectadas) previo acuerdo del consejo regional o concejo municipal, segun corresponda a reprogramar excepcionalmente, su presupuesto institucional modificado del ano fiscal 2007, AFECTANDO SUS RECURSOS por todo concepto hasta el 20% para la ayuda humanitaria a las localidades afectadas por el sismo del 15 de Agosto del 2007, y declaradas en emergencia. Que, asi mismo la peticion de exoneracion del MORDAZA de seleccion de la adquisicion de 01 Aula Prefabricada y Mobiliarios, para la localidad deben ser declaradas PROCEDENTE, toda vez que esta se encuentra su MORDAZA legal en el articulo 24° del TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO, aprobado mediante Decreto Supremo 0832004-PCM, la misma que establece como situacion de acontecimiento catastrofico de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afectan la defensa nacional. Que mediante informe Nº 272-2007-MDNCH-OAJ, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica opina de que se TRANSFIERA LOS COSTOS por la ADQUISICION DE 01 AULA PREFABRICADA Y MOBILIARIOS, AL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL, Y SE LES EXONERE DEL MORDAZA DE SELECCION EN SU ADQUISICION Que, el pleno municipal en Sesion Extraordinaria ACUERDA: AUTORIZAR, el apoyo economico Via Donacion de 01 Aula Prefabricadas cuyo monto asciende a la suma de S/. 63.874.03 (Sesenta y Tres Mil Ochocientos Setenta y Cuatro con 03/100 Nuevos Soles) y Mobiliario cuyo monto asciende a la suma de S/. 4,980.00 (Cuatro Mil Novecientos Ochenta y 00/100 Nuevos Soles). Que, estando a lo establecido en el Articulo 9° numeral 25) y 35) Articulo 64° y 66° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 y con la aprobacion por mayoria del Pleno de Concejo asistente y con el tramite de lectura y aprobacion del Acta. ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR, el Apoyo via Donacion de 01 AULA PREFABRICADA y MOBILIARIOS hasta por el importe de S/. (68,854.03) Nuevos Soles, a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, el mismo que sera afectado al canon minero, y la exoneracion de MORDAZA de Seleccion, en atencion a la poblacion escolar damnificada por el terremoto ocurrido el dia miercoles 15 de agosto. La Donacion Autorizada debera canalizarse a traves de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, quedando exonerado el MORDAZA de seleccion y adquisicion, conforme lo dispone el Articulo 24 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con la Ley 29076. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento Presupuesto y Sistemas, las coordinaciones administrativas correspondientes, para el cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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