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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de octubre de 2007 355153 física de los bienes muebles, previa suscripción del Acta de Entrega-Recepción. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a los Centros Educativos detallados en el artículo 1º de la presente Resolución, a la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 06 – UGEL Nº 06, a la Superintendencia de Bienes Nacionales y al Comité de Gestión Patrimonial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 117691-1 Precisan derecho de vía de tramos de diversas carreteras RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 563-2007 MTC/02 Lima, 3 de octubre de 2007 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 2º del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, el Derecho de Vía es la Faja de terreno de ancho variable dentro del cual se encuentra comprendida la carretera, sus obras complementarias, servicios, áreas previstas para futuras obras de ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad para el usuario, indicándose que su ancho se establece, en cada caso por Resolución Ministerial; Que, asimismo, el artículo 4° del Decreto Ley N° 20081 establece que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción (hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones) fijará el derecho de vía, en atención a la categoría y clasi ficación de las carreteras, así como a las características topográ ficas de las regiones en las que se ejecuten los proyectos viales; Que, mediante Informe Nº 033-2007-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, se señala que las carreteras: Salaverry - Trujillo - Huamachuco - Pte. Pallar – Juanjuí; Pacasmayo - Chilete – Cajamarca - Balsas - Chachapoyas - Rodríguez de Mendoza - Soritor - Tarapoto – Yurimaguas; Longitudinal de la Selva Sur; Longitudinal de la Sierra Norte; Longitudinal de la Sierra Sur e Ilo - Moquegua - Mazocruz - Ilave, se encuentran ubicados en los departamentos de La Libertad, Amazonas, Junín, Cajamarca – La Libertad, Ayacucho - Apurímac y Puno, habiéndose determinado el derecho de vía que le corresponde, según lo dispuesto en el Manual de Diseño Geométrico de Carreteras del año 2001, aprobado por Resolución Directoral Nº 143-2001-MTC/15.17, de acuerdo al cual el ancho mínimo absoluto de la faja de dominio o derecho de vía para una carretera de dos carriles (2da. y 3ra. clase) debe ser de 20 m. (10 m. a cada lado del eje de la vía), y de 30 m (15 m. a cada lado del eje de la vía) para la carretera Longitudinal de la Selva Sur, los mismos que se extenderán en terrenos de topografía quebrada hasta 5 m. más allá del borde de los cortes del pie de los terraplenes o del borde más alejado de las obras de drenaje que se construyan; por lo que recomienda se precise el derecho de vía de los Tramos: Huamachuco - Sausacocha - Puente Pallar; Tramo III: Tingo - Dv. Ingenio, Tramo V: Chachapoyas – Molinopampa; Satipo - Mazamari - Puerto Ocopa; San Marcos - Cajabamba - Huamachuco, Ayacucho - Abancay y Mazocruz - Ilave de conformidad con lo señalado; Que, con Memorándum Nº 2821-2007-MTC/14, el Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, solicita se expida la Resolución Ministerial que precise el derecho de vía antes descrito; Que, en consecuencia, considerando el marco legal antes citado resulta necesario precisar el derecho de vía de los tramos mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 20081 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Precisar el Derecho de Vía, de acuerdo al siguiente detalle: Carretera Tramo RutaLongitud Departamento Derecho de Vía KM Salaverry - Trujillo - Huamachuco - Pte. Pallar - JuanjuíHuamachuco - Sausacocha - Puente Pallar10 29+000 La Libertad20 m. (10 m. a c/lado del eje de la vía) Pacasmayo - Chilete - Cajamarca – Balsas - Chachapoyas - Rodríguez de Mendoza - Soritor -Tarapoto -YurimaguasTramo III: Tingo - Dv. Ingenio, Tramo V: Chachapoyas - Molinopampa08Tramo III: Tingo - Dv. Ingenio 22+500 Tramo V: Chachapoyas -Molinopampa 41+240Amazonas20 m. (10 m. a c/lado del eje de la vía) Longitudinal de la Selva SurSatipo - Mazamari - Puerto Ocopa5S 64+750 Junín30 m. (15 m. a c/lado del eje de la vía) Longitudinal de la Sierra NorteSan Marcos - Cajabamba - Huamachuco3N 113+500Cajamarca y La Libertad20 m. (10 m. a c/lado del eje de la vía) Longitudinal de la Sierra SurAyacucho - Abancay 3S 398+800Ayacucho y Apurímac20 m. (10 m. a c/lado del eje de la vía) Ilo - Moquegua -Mazocruz - IlaveIlave - Mazocruz 34 83+200 Puno20 m. (10 m. a c/lado del eje de la vía) Artículo 2º.- El derecho de vía a que se contrae el artículo precedente en terrenos de topografía quebrada se extenderá hasta 5 m. más allá del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o, del borde más alejado de las obras de drenaje. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 11693-1 Designan funcionaria responsable de brindar información y del Portal de Transparencia del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 580-2007 MTC/01 Lima, 4 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 500-2007- MTC/01 se designó a la doctora Silvana Patricia Elías Naranjo, Asesora II de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como funcionaria responsable de brindar la información que se encuentre en posesión o bajo el control de la Alta Dirección y los órganos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como responsable del Portal de Transparencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Internet, en aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, es necesario designar al nuevo funcionario que desempeñará dichas responsabilidades de conformidad con lo señalado en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 043-2003-PCM y 072-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación dispuesta en la Resolución Ministerial Nº 500-2007-MTC/01. Artículo 2°.- Designar a la doctora Greta Jáuregui Lambruschini, Directora de la O ficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y