Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2007 (10/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de octubre de 2007

Aprueban transferencia de bienes muebles a favor de instituciones educativas de la UGEL Nº 06
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 557-2007 MTC/01

MORDAZA, 3 de octubre de 2007 VISTO: El Memorandum Nº 405-2007-MTC/10.05 de la Oficina General de Administracion, por medio del cual solicita que se apruebe la transferencia, en la modalidad de donacion, de trescientos sesenta y tres (363) bienes muebles a favor de tres (3) centros educativos de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 06; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 347-2006MTC/10 se aprobo la transferencia en la modalidad de donacion, de bienes muebles a favor de veintitres (23) Centros Educativos de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 01 ­ UGEL Nº 01; Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 104-2007-MTC/10 se excluyo del Anexo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 347-2006-MTC/10, a siete (7) instituciones educativas publicas. Asimismo, en el articulo 2º se ordeno que se excluyera del Anexo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 347-2006-MTC/10, una relacion de bienes detallados en el Anexo que forma parte de la Resolucion Ministerial Nº 104-2007-MTC/10; Que, mediante Oficio Nº 956-2007-MTC/10, la Oficina General de Administracion remitio al Director de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 06 ­ UGEL Nº 06 una MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 104-2007-MTC/10, asi como de las solicitudes de donacion presentadas por tres (3) centros educativos, a fin de que se designe a los centros educativos beneficiarios; Que, mediante Oficio Nº 001891-2007/D.UGEL 06/ AGAIE/ABAST/CP, la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 06 ­ UGEL Nº 06 solicito que los bienes detallados en el Anexo de la Resolucion Ministerial Nº 104-2007MTC/10 MORDAZA donados a las instituciones educativas 0123 "Los Arboles", 0032 "Raul MORDAZA Barrenechea" y 1221 "Maria Parado de Bellido"; Que, mediante Informe Tecnico-Legal Nº 061-2007MTC/CGP e Informe Nº 076-2007-MTC/CGP, el Comite de Gestion Patrimonial recomendo efectuar la transferencia en la modalidad de donacion de trescientos sesenta y tres (363) bienes muebles a favor de los centros educativos estatales senalados precedentemente; Que, el articulo 173º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, en concordancia con lo establecido en el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN: "Procedimiento para la Donacion de Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Publicas y para la Aceptacion de la Donacion de Bienes Muebles a favor del Estado", aprobada mediante Resolucion Nº 0312002-SBN, establece que la donacion de bienes muebles dados de baja, de una entidad publica a favor de otra entidad publica, debe aprobarse mediante Resolucion del titular de la entidad publica donante. Asimismo, en el numeral 2.2.7 de la citada Directiva, se indica que dicha Resolucion debera ser transcrita, sin excepcion alguna, a la Superintendencia de Bienes Nacionales, dentro de los veinte (20) dias siguientes a su emision; Que, segun los numerales 1.4.1, 1.4.2 y 2.1.3 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, la potestad decisoria de impulsar el tramite de donacion queda reservada, segun sea el caso, a la entidad propietaria y a la Superintendencia de Bienes Nacionales, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ambito de su administracion. Ademas, dispone que la donacion de bienes muebles dados de baja por las entidades publicas

se rige por las disposiciones contenidas en dicha Directiva y en el Codigo Civil, requiriendose de un informe favorable del Comite de Gestion Patrimonial. Asimismo, se debera consignar el termino de "Transferencia en la Modalidad de Donacion" y especificar las caracteristicas y el valor de los bienes muebles objeto de donacion; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27995 "Ley que establece Procedimientos para asignar Bienes dados de baja por las Instituciones Publicas, a favor de los Centros Educativos de las regiones de extrema pobreza" dispone que los bienes muebles de propiedad estatal que MORDAZA dados de baja conforme a las normas legales vigentes y que puedan ser utiles para el sistema educativo, se destinan a los centros educativos estatales de las zonas de extrema pobreza que los soliciten, de acuerdo a un orden de prelacion establecido en concordancia con el mapa de extrema pobreza, elaborado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI; Que, de acuerdo al procedimiento establecido en los numerales 4.1, 4.2, 4.3 y 4.6 del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 013-2004-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27995, los Centros Educativos Estatales deberan presentar una solicitud ante la Unidad de Gestion Educativa Local de su jurisdiccion, adjuntando el requerimiento detallado del mobiliario que les sea necesario para su mejor funcionamiento, correspondiendo a esta MORDAZA evaluar tales solicitudes y determinar quienes seran los centros que seran beneficiados con la transferencia de bienes muebles dados de baja, lo cual a su vez, sera comunicado a la entidad estatal dentro del plazo de treinta (30) dias habiles computados a partir de la fecha de recepcion de la Resolucion de Baja. En caso que el Director del Centro Educativo Estatal no se presente ante la entidad estatal para recibir los bienes muebles dentro del plazo conferido para tal efecto, dicha entidad debera comunicarlo a la Unidad de Gestion Educativa Local correspondiente, a efectos que se designe otro Centro Educativo Estatal a quien se le deba transferir los bienes muebles; Que, el numeral 4.7 del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 013-2004-EF establece que emitida la Resolucion que aprueba la transferencia, el Presidente del Comite de Gestion Patrimonial o el Organo responsable de la administracion de los bienes de la entidad estatal y el Director del Centro Educativo Estatal, suscribiran un Acta de Entrega-Recepcion, la cual sera transcrita conjuntamente con la Resolucion que apruebe la transferencia, al Centro Educativo Estatal, a la Unidad de Gestion Educativa Local, a la Direccion Regional de Educacion correspondiente y a la Superintendencia de Bienes Nacionales, dentro de los veinte (20) dias habiles siguientes a su emision; Que, considerando que la solicitud presentada por la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 06 ­ UGEL Nº 06 cuenta con la opinion favorable del Comite de Gestion Patrimonial, corresponde aprobar la transferencia en la modalidad de donacion a favor de las Instituciones Educativas 0123 "Los Arboles", 0032 "Raul MORDAZA Barrenechea" y 1221 "Maria Parado de Bellido", respecto a los bienes descritos en el Anexo remitido por el Comite de Gestion Patrimonial; Que, de conformidad con la Ley N° 27791, el Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modificatorias, la Ley Nº 27995 y su reglamento y la Resolucion N° 031-2002SBN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donacion que efectua el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de las Instituciones Educativas: 0123 "Los Arboles", 0032 "Raul MORDAZA Barrenechea" y 1221 "Maria Parado de Bellido", de la Unidad de Gestion Educativa Local Nº 06 ­ UGEL Nº 06, de los bienes muebles que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, que incluye las caracteristicas y valor de los mismos. Articulo 2º.- Disponer que el Comite de Gestion Patrimonial, proceda a la formalizacion de la entrega

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