Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2007 (30/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, martes 30 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES
Requisitos:

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estableciendo los procedimientos y costos respectivos, acordes a la legislacion municipal vigente. Articulo 2°.- Requisitos para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento: Conforme a lo previsto en la Ley N° 28976, los requisitos que se exigen para el otorgamiento de una Licencia de Funcionamiento se encuentran supeditados a las caracteristicas del giro a desarrollar y el metrado del establecimiento, segun el siguiente detalle: 2.1. Establecimientos de hasta 100.00 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor al 30% del area total del local: Requisitos: - Formulario-Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de Declaracion Jurada. - Vigencia de poder del representante legal en caso se trate de persona juridica o ente colectivo. - Si es persona natural representada se requerira carta poder con firma legalizada. - Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad en Defensa Civil, sujeta a Inspeccion Tecnica Ex - post, conforme al Articulo 11° de la presente Ordenanza. - Pago por derechos administrativos conforme a lo previsto en el Articulo 5° de la presente Ordenanza. 2.2. Establecimientos mayores de 100.00 m2 y hasta 500 m2: Requisitos: - Formulario - Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de Declaracion Jurada. - Vigencia de poder del representante legal en caso se tratarse de persona juridica o ente colectivo. Si es persona natural representada se requerira carta poder con firma legalizada. - Certificado de Defensa Civil de Observancia de Condiciones de Seguridad, sujeta a Inspeccion Tecnica Ex ­ Ante. - Pago por derechos administrativos conforme a lo previsto en el Articulo 5° de la presente Ordenanza. 2.3. Establecimientos con area mayor a los 500.00 m2 o que desarrollen giros que requieran una Inspeccion Tecnica de Detalle o Multidisciplinaria conforme al Decreto Supremo Nº 066-2007- PCM Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil. Requisitos: - Formulario - Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de Declaracion Jurada. - Vigencia de poder del representante legal en caso se trate de persona juridica o ente colectivo. Si es persona natural representada se requerira carta poder con firma legalizada. - Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria expedida por el INDECI. - Pago por derechos administrativos conforme a lo previsto en el Articulo 5° de la presente Ordenanza, con excepcion de la parte correspondiente a la Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria que sera abonado a favor de INDECI, como lo establece el Articulo 8º ­ numeral 3 de la Ley Nº 28976. 2.4. Establecimientos que contemplen como giros exclusivos o complementarios los siguientes: Licoreria, bar, pub, casinos, juegos de azar, bajo cualquier modalidad ferreterias, talleres mecanicos, puestos o estand que supere los 100 m2 , establecimientos de hospedaje, restaurantes, cafeterias, establecimientos de salud, bibliotecas instituciones educativas de hasta dos niveles y con un MORDAZA de hasta 200 alumnos por turno, cabinas de Internet con un MORDAZA de hasta 20 computadoras, gimnasios que solo contemplen maquinas mecanicas, agencias bancarias y oficinas administrativas con un MORDAZA de 20 computadoras, y giros que impliquen almacenamiento, siempre y cuando el establecimiento no supere en todos los casos los 500 m2. Playas de estacionamiento de un solo nivel sin techar, granjas, entre otros de similares caracteristicas, cualquiera sea su area.

a. Establecimientos de hasta 100.00 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor al 30% del area total del local: Requisitos: - Formulario-Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de Declaracion Jurada. - Vigencia de poder del representante legal en caso se trate de persona juridica o ente colectivo. - Si es persona natural representada se requerira carta poder con firma legalizada. - Certificado de Defensa Civil de Observancia de Condiciones de Seguridad, sujeta a Inspeccion Tecnica Ex ­ Ante. - Pago por derechos administrativos conforme a lo previsto en el Articulo 5° de la presente Ordenanza. b. Establecimientos mayores de 100.00 m2 y hasta 500 m2: Requisitos: - Formulario - Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de Declaracion Jurada. - Vigencia de poder del representante legal en caso se trate de persona juridica o ente colectivo. Si es persona natural representada se requerira carta poder con firma legalizada. - Certificado de Defensa Civil de Observancia de Condiciones de Seguridad, sujeta a Inspeccion Tecnica Ex ­ Ante. - Pago por derechos administrativos conforme a lo previsto en el Articulo 5° de la presente Ordenanza. c. Establecimientos con area mayor a los 500.00 m2 o que desarrollen giros que requieran una Inspeccion Tecnica de Detalle o Multidisciplinaria conforme al Decreto Supremo N° 066-2007- PCM, Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil. Requisitos: - Formulario - Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con caracter de Declaracion Jurada. - Vigencia de poder de la representanta legal en caso se trate de persona juridica o ente colectivo. Si es persona natural representada se requerira carta poder con firma legalizada. - Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria expedida por el INDECI. - Pago por derechos administrativos conforme a lo previsto en el Articulo 5° de la presente Ordenanza, con excepcion de la parte correspondiente a la Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria que sera abonado a favor del INDECI, como lo establece el Articulo 8º ­ numeral 3 de la Ley Nº 28976. Articulo 3°.- Requisitos adicionales para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento: Conforme a lo previsto en el Articulo 7º literal d) de la Ley N° 28976 y su Septima Disposicion Final, Transitoria y Complementaria, constituyen requisitos adicionales para el otorgamiento de una licencia de funcionamiento los que se indican a continuacion, atendiendo al giro a desarrollarse: Requisitos: - MORDAZA simple del titulo profesional en el caso de servicios relacionados con la salud. - MORDAZA de la autorizacion sectorial respectiva en el caso de actividades que conforme a Ley lo requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento. - MORDAZA simple de la autorizacion expedida por el INC. Articulo 4°.- Calificacion del Procedimiento.De acuerdo a lo previsto en el Articulo 8° de la Ley N° 28976, el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento se encuentra calificado como un procedimiento de evaluacion previa sujeto al silencio administrativo positivo si en el plazo de 15 dias habiles no existe pronunciamiento expreso por parte de la Administracion Municipal. Para los efectos del computo del plazo, este se entiende iniciado unicamente cuando el administrado cumpla con

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