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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de octubre de 2007 356271 la circunstancia que la motiva, siendo necesario, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; De conformidad con la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 28927 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN, el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud para el Personal de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1472-2006-IN/PNP del 9 de junio de 2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de permanencia en el extranjero, con efectividad a partir del 6 de mayo de 2006 hasta el 4 de junio de 2006, al Subofi cial de Tercera PNP (R) Ciro PECHE HORNA, para continuar con el tratamiento médico especializado de oftalmología para su control postoperatorio, período en el cual se le realizó Drenaje Externo de Hemorragia Supracoroidea, Vitreomia para Plana e Inyección de Aceite de Silicona Ojo Izquierdo, en la Clínica Barraquer de Bogotá - Colombia, por un período de treinta (30) días. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al mencionado servidor PNP la cantidad de US$ 3 696.00 (Tres Mil Seiscientos Noventa y Seis con 00/100 Dólares Americanos), por concepto de remuneración por tratamiento médico en el extranjero. Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, cubrirá los gastos del Subofi cial de Tercera PNP (R) Ciro PECHE HORNA, que demande la ampliación del tratamiento médico especializado de oftalmología en la Clínica Barraquer de Bogotá - Colombia, por la suma de US$ 3 000.00 (Tres Mil con 00/100 Dólares Americanos). Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario de expedida la Resolución Suprema, el Subofi cial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a solicitar liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 126150-22 Cesan a oficial de la PNP en el cargo de Agregado Policial de la Embajada del Perú en la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 075-2007-IN/PNP Lima, 29 de noviembre del 2007VISTO, la Hoja de Recomendación N° 16-DIRGEN- PNP-DIRREHUM-DIVPAD-DEPNIB-A-B del 2 de febrero de 2007, formulada por la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, mediante la cual se recomienda cesar al Coronel Policía Nacional del Perú Calancio Lázaro HENOSTROZA SOTO, en Misión Diplomática. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 0689-2004- IN/PNP del 31 de diciembre de 2004, el Coronel Policía Nacional del Perú Calancio Lázaro HENOSTROZA SOTO, fue nombrado con fecha 31 de enero de 2005, en el cargo de Agregado Policial de la Embajada del Perú en la República del Ecuador; Que, el Artículo 20° numeral 8 de la Ley N° 28857 - Ley del Régimen del Personal de la Policía Nacional del Perú, y el Artículo 30°, del Reglamento de Personal Policial en Misión Diplomática (Agregadurías, Enlaces y Otras Misiones), aprobado por Resolución Ministerial N° 1105-2005-IN/PNP del 3 de mayo de 2005, señala que los cargos del personal de la Policía Nacional del Perú en las Agregadurías Policiales, son a dedicación exclusiva y tendrán una vigencia máxima de DOS (2) años, a partir de su nombramiento; de lo cual se establece que el 31 de enero de 2007, el mencionado Ofi cial Superior Policía Nacional del Perú cumplió el tiempo límite de permanencia en dicha Misión Diplomática; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretende retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Cesar en la Misión Diplomática, al Coronel Policial Nacional del Perú Calancio Lázaro HENOSTROZA SOTO, en el cargo de Agregado Policial de la Embaja del Perú en la República del Ecuador, con efi cacia al 31 de enero de 2007, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2°.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al indicado Ofi cial Superior Policía Nacional del Perú los conceptos económicos que le corresponda, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. Artículo 3°.- La presente Resolución será refrendada por el señor Ministro del Interior y por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional del Perú LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior JOSE ANTONIO GARCIA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 126150-23 Dan por concluida designación de Secretaria Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0862-2007-IN Lima, 25de octubre del 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0316-2007-IN del 10 de mayo de 2007, se designó a la señora abogada Gisselle Emperatriz CANALES BECERRA, en el cargo público de confi anza de Secretaria Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Nivel F-5;