NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (15/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 116
TEXTO PAGINA: 45
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de setiembre de 2007 353403 pequeña minería, la minería artesanal y otras industrias, que ponen en riesgo la salud pública y el medio ambiente, es que el Ministerio de Salud ha decidido proponer la conformación de una Comisión Intrasectorial integrada por las diferentes dependencias del Ministerio de Salud de nivel nacional; Que, por Resolución Ministerial N° 509-2005/MINSA del 5 de julio de 2005, se o fi cializó la conformación de la Comisión Intrasectorial para la Prevención y Mitigación de la Contaminación por Plomo y Otros Metales Pesados, con lafi nalidad de elaborar el “Plan Nacional de Participación Social y Compromiso Multisectorial para Fortalecer la Gestión Ambiental y Reducir la Morbi-Mortalidad relacionada a la contaminación por plomo y otros metales pesados”; Que, dentro de este contexto, y con la fi nalidad de prevenir y manejar integralmente este problema, es necesario o fi cializar la continuación de las actividades de la Comisión Intrasectorial para la Prevención y Mitigación de la Contaminación Ambiental, en aspectos de su competencia frente a la contaminación ambiental; Con las visaciones del Viceministro de Salud, de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657-Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ofi cializar la conformación de la Comisión Intrasectorial para recomendar las acciones tendientes a la Prevención y Mitigación de la Contaminación Ambiental, como una instancia permanente de coordinación y concertación de las acciones en aspectos de su competencia frente a la contaminación ambiental y su protección. Estará integrado por los siguientes representantes: • Despacho Ministerial de Salud, quien la presidirá; • Dirección General de Salud Ambiental, quien actuará como Secretaría Técnica; • Dirección General de Salud de las Personas;• Dirección General de Promoción de la Salud;• Dirección General de Epidemiología;• Ofi cina General de Estadística e Informática; • Ofi cina General de Comunicaciones; • Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, • Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS) del Instituto Nacional de Salud. Estos representantes que serán titular y alterno, deberán ser propuestos en un plazo no mayor a tres (3) días, mediante documento o fi cial dirigido al Despacho Ministerial y suscrito por los titulares de cada Dirección u Ofi cina General que conforman la Comisión. Artículo 2º.- La citada Comisión se instalará en un plazo de siete (7) días contados a partir de la noti fi cación de la presente Resolución. Artículo 3º.- La Comisión puede conformar subcomisiones técnicas para asuntos especí fi cos que se relacionen con el referido problema de contaminación, para lo cual, los órganos del Ministerio de Salud y las entidades públicas o privadas vinculadas con dicho problema brindarán la asistencia técnica y el apoyo que sea necesario, así como convocar la participación de representantes de otras instituciones del Estado, de los Gobiernos Regionales y Locales, representantes de la población, organismos descentralizados, universidades, actividad privada y otros vinculados con la problemática de la contaminación ambiental. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 107747-1TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ucrania, Canadá y Uruguay, sin irrogar gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 070-2007-MTC Lima, 14 de setiembre de 2007CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, los explotadores aéreos han presentado ante la autoridad aeronáutica civil distintas solicitudes para ser atendidas durante el mes de setiembre de 2007, acompañando los requisitos establecidos en el marco de los Procedimientos Nº 05, 11, 12 y 13 correspondientes a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, los solicitantes han cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente a los Procedimientos a que se re fi ere el considerando anterior, ante la O fi cina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes de los servicios, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido cali fi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas órdenes de inspección, y referidas en el Informe Nº 0450-2007-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes en comisión de servicios de los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 15 al 26 de setiembre de 2007, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 261-2007-MTC/12.04 y Nº 0450-2007-MTC/12.