Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2007 (15/09/2007)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de setiembre de 2007

y/o distribuir juguetes y utiles de escritorio, estan obligadas a enviar, en los proximos siete (7) dias habiles de otorgado este, a la DIGESA MORDAZA fedateada de los Registros realizados, para que la Autoridad Nacional proceda a su incorporacion en el Registro Nacional. Articulo 16º.- Requisitos para el Registro El Registro tiene por finalidad identificar a todas las personas naturales o juridicas que podran desarrollar las actividades de fabricacion, importacion, comercializacion y distribucion, incluyendo dentro de estas actividades el almacenamiento de juguetes y utiles de escritorio. Los requisitos para el Registro son los siguientes: 1. Solicitud dirigida al Director General de la DIGESA con caracter de declaracion jurada, indicando nombre del titular, documento de identidad, Registro Unico del Contribuyente - RUC, y direccion domiciliaria tratandose de persona natural. Para el caso de personas juridicas, se debera indicar razon social de la empresa, nombre del representante legal, domicilio legal y Registro Unico del Contribuyente - RUC de la empresa. 2. Memoria descriptiva, indicando las actividades a realizar por el importador, fabricante, distribuidor y/ o comercializador de juguetes y utiles de escritorio. Asimismo, debera indicarse el lugar donde se realiza cada una de las actividades desarrolladas por el administrado, incluyendo el lugar de almacenamiento. 3. Para el caso de personas juridicas, se debera adjuntar la licencia de funcionamiento de las instalaciones, expedida por la autoridad municipal; y, para el caso de personas naturales que arrienden instalaciones para las actividades de almacenamiento, presentaran la licencia de funcionamiento del arrendatario. TITULO VI DE LA FABRICACION DE JUGUETES Y UTILES DE ESCRITORIO Articulo 17º.- Autorizacion Sanitaria para la fabricacion de juguetes y/o Utiles de Escritorio La Autorizacion Sanitaria para la fabricacion de juguetes y/o utiles de escritorio se expedira mediante documento oficial emitido por la DIGESA. El procedimiento de Autorizacion Sanitaria durara quince (15) dias habiles debiendo la empresa presentar, a traves de la Mesa de Partes de la Direccion General de Salud Ambiental ­ DIGESA, la siguiente documentacion: · Original y MORDAZA simple de la solicitud de fabricacion, con caracter de Declaracion Jurada, dirigida al Director General, indicando nombre y razon social, Registro Unico de Contribuyente -R.U.C. y domicilio legal del fabricante, descripcion del producto, MORDAZA, modelo, codigos, lote y el volumen o cantidad del producto a fabricar y comercializar. · MORDAZA simple del Registro vigente como fabricante de juguetes y/o utiles de escritorio. · Original o MORDAZA legalizada del Certificado o Informe de Ensayo de composicion correspondiente con traduccion libre, otorgado por un Laboratorio acreditado por INDECOPI; Laboratorios acreditados por entidades internacionales, Laboratorio de la Autoridad competente ­ DIGESA, o Laboratorio acreditado ante la autoridad sanitaria u otra entidad acreditadora del MORDAZA donde se realizo el ensayo, debiendo contener lo siguiente: - Titulo del Ensayo. - Nombre y direccion del Laboratorio que realiza el Ensayo. - Nombre y direccion del que solicita el Ensayo. - Identificacion del metodo realizado. - Descripcion, estado, e identificacion sin ambiguedades del objeto u objetos sometidos a Ensayo. - Fecha de recepcion de las muestras a ensayar. - Resultados del Ensayo con sus unidades de medida. - Firma del profesional que realizo el ensayo. - Declaracion de que los resultados se refieren solo al objeto (s) ensayados. - Condiciones ambientales que puedan influir en los resultados.

· MORDAZA del rotulado y etiquetado del producto a fabricar, la misma que debera contener el numero de Registro de fabricante. · MORDAZA de pago por derecho de tramite. TITULO VII DE LA IMPORTACION DE JUGUETES Y UTILES DE ESCRITORIO Articulo 18º.- Autorizacion Sanitaria para la importacion de juguetes y/o Utiles de Escritorio El procedimiento de Autorizacion Sanitaria de juguetes y utiles de escritorio, por parte de la autoridad competente, durara quince (15) dias habiles. La importacion de juguetes y utiles de escritorio se podra realizar en cantidades parciales, siempre que se demuestre que forma parte de la cantidad total solicitada y autorizada. Cuando se realice un internamiento parcial, el importador presentara a la SUNAT la Autorizacion Sanitaria otorgada por la DIGESA. Por su parte, el importador, una vez realizada la importacion, comunicara a la DIGESA los internamientos parciales, adjuntando, la declaracion Unica de Aduanas y Factura Comercial. Articulo 19º.- Requisitos para la Autorizacion Sanitaria de importacion Los requisitos necesarios para autorizar la importacion de juguetes y utiles de escritorio se presentaran a la Mesa de Partes de la Direccion General de Salud Ambiental ­ DIGESA, siendo los siguientes: · Original y MORDAZA simple de la solicitud del importador con caracter de Declaracion Jurada, dirigida al Director General, indicando nombre y razon social, Registro Unico de Contribuyente - R.U.C. y domicilio legal del importador, descripcion del producto, MORDAZA, modelo, codigos, nombre del fabricante, MORDAZA de procedencia, factura, lote y el volumen o cantidad del producto a importar. · MORDAZA simple del Registro como importador de juguetes y/o utiles de escritorio. · Original o MORDAZA legalizada del Certificado o Informe de Ensayo de Composicion correspondiente con traduccion libre, otorgado por un Laboratorio acreditado por INDECOPI, Laboratorios acreditados por entidades internacionales, Laboratorio de la Autoridad competenteDIGESA, o Laboratorio acreditado ante la Autoridad sanitaria u otra entidad acreditadora del MORDAZA donde se realizo el Ensayo, debiendo contener lo siguiente: - Titulo del Ensayo. - Nombre y Direccion del Laboratorio que realiza el Ensayo. - Nombre y direccion del que solicita el ensayo. - Identificacion del metodo realizado. - Descripcion, estado, e identificacion sin ambiguedades del objeto u objetos sometidos a ensayo. - Fecha de recepcion de muestras a ensayar. - Resultados del Ensayo con sus unidades de medida. - Firma del profesional que ha realizado el Ensayo. - Declaracion de que los resultados se refieren solo al objeto (s) ensayados. - Condiciones ambientales que puedan influir en los resultados. · MORDAZA simple del rotulado y etiquetado del producto a importar, la misma que debera contener el numero de Registro de importador. · MORDAZA de pago por derecho de tramite. TITULO VIII DE LA DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE JUGUETES Y UTILES DE ESCRITORIO Articulo 20º.- Autorizacion Sanitaria para la distribucion y comercializacion de juguetes y utiles de escritorio El almacenamiento de juguetes y utiles de escritorio es una actividad controlada por el Reglamento, por lo que su funcionamiento y operacion deben estar autorizados por la Autoridad Sanitaria siguiendo los requerimientos indicados en el presente articulo. Requerira de autorizacion aquel

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