Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2008 (05/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban conformacion del Consejo Distrital de Coordinacion y Concertacion de Lucha contra la Pobreza y Desnutricion Cronica Infantil de MORDAZA MORDAZA del Triunfo
ORDENANZA Nº 050-2008/MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 24 de marzo del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo en Sesion Extraordinaria de la fecha que se indica; y, CONSIDERANDO: Que, los Municipios Distritales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, conforme se establece en el articulo 2º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con lo previsto en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; y en el articulo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, los gobiernos locales tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones y estan facultados para aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, ello de conformidad a lo previsto en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, la mision de los Gobiernos Municipales, es organizar y conducir la gestion publica provincial y/o distrital de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de la politica nacional y sectorial en el proposito de contribuir con el desarrollo integral y sostenible de su ambito, para lo cual debera mantener relaciones de coordinacion, cooperacion y de apoyo mutuo y permanente con el gobierno nacional y los gobiernos locales, articulando el interes nacional con los de las regiones y localidades, conforme lo senalado en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en concordancia con lo senalado en el articulo 49º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, en la estructura organizacional de los municipios, se ha instituido al Consejo Municipal Distrital como el organo normativo y fiscalizador del Municipio, teniendo como una de sus atribuciones, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Municipal, encontrandose plasmadas su facultad, atribuciones, derechos y obligaciones en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, dentro de sus competencias exclusivas del Gobierno Municipal, esta la de Planificar el desarrollo integral de su jurisdiccion y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo; acorde a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades; Que, el Gobierno Nacional ha presentado las MORDAZA prioridades y Politicas del Gobierno, planteando superar la pobreza y reducir las brechas de inequidad y exclusion, orientando las politicas y estrategias en dicho proposito, correspondiendole al Estado asegurar su logro; Que, en el Acuerdo del Milenio celebrado en setiembre del ano 2000, el Estado Peruano se comprometio a lograr los "Objetivos del Desarrollo del Milenio", los cuales comprometen esfuerzos para lograr metas en materia de reduccion de pobreza, el hambre la desnutricion, la

mortalidad MORDAZA e infantil, entre otros, las mismas que deben ser exhibidas entre el ano 2010 y el 2015; Que, mediante el articulo primero del Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM; se aprobaron las "Bases para la Estrategia de Superacion de la Pobreza y Oportunidades Economicas para los Pobres", estableciendo en su articulo 3º la convocatoria a los Ministerios, Organismos Publicos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Locales a una activa participacion en la formulacion de la Estrategia de la Superacion de la Pobreza y Oportunidades Economicas para los mas Pobres. En dicho proposito se senalo que las instituciones del Sector Publico alinearan sus planes estrategicos y presupuestos, de acuerdo a los objetivos y metas que se establezcan en la mencionada Estrategia; Que, mediante el articulo primero del Decreto Supremo Nº 066-2004-PCM; se aprobo la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004-2015, la cual plantea como objetivo general el prevenir los riesgos de deficiencias nutricionales y reducir los niveles de malnutricion, en especial en las familias con ninos y ninas menores de cinco anos y madres gestantes, y en aquellas en situacion de mayor vulnerabilidad; Que, el Plan de Reforma de Programas Sociales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2007-PCM, establece como objetivo general el de contribuir a la mejora de las condiciones de MORDAZA de la poblacion y a la reduccion de los niveles de pobreza extrema; por lo cual plantea que en el caso de la desnutricion, la politica social debe afrontarse de manera multidisciplinaria (desde diversas instancias), pues se senala que los niveles de actividad no deben darse solo a nivel central, sino tambien a nivel de gobierno regional y local, debido a que tienen una participacion determinante en el logro de los objetivos y metas; Que, en el caso de la desnutricion cronica en ninos menores de cinco anos, el gobierno ha establecido su compromiso de reducir este indicador en cinco puntos porcentuales durante el periodo gubernamental. Asimismo, en el MORDAZA del Fondo para la Igualdad el gobierno se ha planteado, como meta para el ano 2011 mejorar las condiciones de MORDAZA en las zonas rurales pobres, dentro de ellas reducir la desnutricion cronica rural en ninos menores de cinco anos (en 2005 era 39%), y reducir la pobreza rural (en 2005 era alrededor del 70%). Es asi que para el logro de las metas propuestas de la politica social se requiere el esfuerzo y dedicacion de todo el Estado en sus diferentes niveles de de gobierno y la accion coordinada entre ellas; Que, la Estrategia Nacional CRECER, aprobada por Decreto Supremo Nº 055-2007-PCM, es una estrategia de intervencion articulada de las entidades publicas que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local y de entidades privadas que se encuentren, directa o indirectamente, vinculadas contra la lucha contra la desnutricion cronica infantil, especialmente en las ninas y ninos menores cinco (5) anos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 055-2007-PCM, la Secretaria Tecnica de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) Secretaria Tecnica es el responsable de la coordinacion y seguimiento nacional de la gestion de la Estrategia Nacional CRECER; Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2007, se aprueba el Plan de Operaciones de la referida Estrategia Nacional, en el que se preve en su capitulo V, sus niveles y actores funcionales, estableciendo a nivel local: la Instancia de Gestion Local, la cual se encargara de la coordinacion y concertacion para organizar y articular en el ambito de su jurisdiccion la oferta de servicios publicos y privados relativa a la Estrategia Nacional CRECER; Que, para reducir la Desnutricion Cronica Infantil del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo hasta el ano 2011, teniendo en cuenta la facultad normativa del Gobierno Local y las consideraciones expuestas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, lo previsto en el articulo 5.3 del Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional, se hace necesario crear la instancia tecnica distrital que permita y facilite la intervencion y coordinacion de las diferentes instancias de gobierno nacional, regional y local, articuladas con la sociedad civil y la comunidad, asi como la implementacion de acciones concertadas orientadas a la lucha contra la Desnutricion Infantil y Pobreza; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el articulo 192º inciso 6 de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, articulo 15º, y la Ley Nº 27972Ley Organica de Municipalidades, y estando a lo acordado

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