Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2008 (05/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

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funciones y, solidariamente, por los acuerdos adoptados contra la ley, a menos que salven expresamente su MORDAZA, dejando MORDAZA de ello en Actas. Ello de acuerdo a lo establecido por el Art. 11º de la Ley Nº 27972. Articulo 7º.- Impedimentos: Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de MORDAZA o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de Directorio, gerente u otro en la misma Municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdiccion. Todos los actos que contravengan esta disposicion son nulos y la infraccion de esta prohibicion es causal de vacancia en el cargo de regidor. Articulo 8º.- De las dietas: Los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial, tienen derecho a la percepcion de dietas fijadas por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion, conforme a ley. Las dietas se MORDAZA por asistencia efectiva a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias en un MORDAZA de dos pagos al mes. Las Sesiones Solemnes estan exentas de remuneracion alguna.

TITULO III DE LA SECRETARIA GENERAL
Articulo 9º.- Funciones: En el Concejo Municipal, el Secretario General desempena las siguientes funciones: a. Citar a las sesiones de Concejo Municipal por encargo del MORDAZA o quien haga a sus veces a los miembros del Concejo Municipal. b. Elaborar la agenda para la Sesion de Concejo Municipal en coordinacion con el MORDAZA o quien haga a sus veces. c. Proporcionar a los regidores que lo soliciten y desde el dia de la convocatoria, los documentos mociones y proyectos relacionados con el objeto de la Sesion, durante el horario de oficina. Los regidores pueden solicitar con anterioridad a la Sesion, o durante el curso de MORDAZA los informes o aclaraciones que estimen necesarios acerca de los asuntos comprendidos en la convocatoria. El MORDAZA, o quien convoque, esta obligado a proporcionarselos, en el termino perentorio de 5 (cinco) dias habiles, bajo responsabilidad. El requerimiento de informacion de los regidores se dirige al MORDAZA o quien convoca la Sesion. d. Entregar la respectiva agenda a cada regidor, en un plazo no mayor de 3 dias ni menor de 1 dia de anticipacion a la fecha programada para la Sesion Ordinaria o Extraordinaria, ya sea por via directa, por correo electronico u otra via autorizada. Las Comisiones de trabajo haran entrega anticipada de sus proyectos o dictamenes a fin de poder cumplir con lo estipulado en la presente. e. Asistir a las Sesiones de Concejo Municipal. f. Llevar las actas de las sesiones de Concejo Municipal y suscribirlas con el MORDAZA, bajo responsabilidad. El acta debe ser entregada a los regidores por la Secretaria General de manera impresa o por algun medio magnetico o electronico que se establezca de manera indubitable el sentido de las decisiones tomadas en cada sesion, plasmando en el acta el desarrollo de la sesion que corresponda. Los regidores deberan hacer llegar sus observaciones de la misma manera, ya sea de manera escrita o por algun medio magnetico a la Secretaria General. La Secretaria General tomara en cuenta las observaciones, las cuales constaran en el acta correspondiente a la sesion en que se produjeron, las mismas que seran remitidas por los miembros del Concejo Municipal hasta 3 (tres) dias MORDAZA de someter el Acta a consideracion del Concejo Municipal. g. Dar forma final a la parte considerativa de las Ordenanza, Acuerdos y Resoluciones de Concejo Municipal, de conformidad con las decisiones del Concejo Municipal y suscribirlos conjuntamente con el alcalde. Dicha forma final debera respetar fielmente lo decidido por el Concejo Municipal, no pudiendo introducir cambios sustanciales en la parte resolutiva en los dispositivos aprobados en virtud de las facultades normativas y fiscalizadoras, de competencia exclusiva del Concejo Municipal, bajo responsabilidad. Los cambios previstos se haran en coordinacion con el presidente de la Comision que presento la propuesta siempre y cuando estos no cambien el fondo de lo aprobado. Los

cambios se requeriran por escrito a la Secretaria General y se MORDAZA cuenta al Concejo Municipal en la estacion de Informes y Pedidos en la Sesion siguiente. h. Tramitar y suscribir el despacho del Concejo Municipal. i. Disponer la atencion de los pedidos votados en las sesiones de Concejo Municipal y solicitudes de informes que formulen los Regidores en las Sesiones de Concejo Municipal debidamente votados, remitiendolos a la instancia municipal correspondiente, para efectos de tomar conocimiento o su fiscalizacion. El funcionario administrativo responsable dispondra su atencion en el mas breve plazo, bajo responsabilidad. j. Controlar el tiempo de participacion de los miembros del Concejo Municipal en las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, dando cuenta al MORDAZA o quien haga a sus veces. k. Solicitar a cada regidor direccion de domicilio real, direccion de centro de trabajo, numeros telefonicos y correo electronico a efectos de las comunicaciones a enviar. l. Derivar los antecedentes y/o expedientes remitidos por la Gerencia Municipal a las Comisiones correspondientes, considerando lo dispuesto en el parrafo MORDAZA del Art. 15º del presente reglamento. Asimismo remitir a las Comisiones de regidores solo los antecedentes o expedientes que cuenten con los debidos informes de las areas involucradas, bajo responsabilidad. m. Brindar el apoyo necesario a las Comisiones y a los regidores segun se requiera.

TITULO IV DE LAS COMISIONES
Articulo 10º.- Definicion Las comisiones de regidores son grupos de trabajo que tienen por finalidad efectuar los estudios y las propuestas, propias en sus competencias, elaboracion de dictamenes, proyectos de Ordenanzas y Acuerdos, asi como dar opinion de sus conclusiones a los estamentos administrativos correspondientes. Articulo 11º.- Conformacion Las comisiones estaran conformadas de acuerdo a la especialidad de cada regidor o desarrollo en la materia, respetando la pluralidad de ideas y la igualdad de genero. Se constituyen con el numero de regidores que se designe aprobadas por Acuerdo de Concejo. Articulo 12º.- Convocatoria Las comisiones, cualquiera sea su MORDAZA, se reunen en las oportunidades que se determine por acuerdo de sus miembros o cuando las convoque su Presidente; la convocatoria se MORDAZA siempre con un MORDAZA de 2 (dos) dias de anticipacion a la fecha programada para la reunion. Cualquiera sea el MORDAZA de reunion, se levantara un acta que sera firmada por los asistentes. Articulo 13º.- Propuestas Los Dictamenes, Informes y Proyectos que formulen las comisiones de regidores a consecuencia de los estudios y/o propuestas que les encomiende el Concejo Municipal, deben ser razonados y fundamentados tecnica y legalmente, debiendo contener conclusiones y recomendaciones claras y precisas, incluyendo los proyectos de Ordenanza o Acuerdos, segun sea el caso. Las comisiones podran pronunciarse solo en los temas de su competencia sin interferir con el trabajo de las demas Comisiones. Los Dictamenes, Informes y Proyectos seran firmados por todos los regidores miembros de la comision que esten de acuerdo y que participaron en el debate correspondiente. En caso de discrepancia, los regidores pueden presentar Dictamenes, informes y proyectos por mayoria o con un minimo del 50% de las firmas de los integrantes de la comision. Las comisiones elevaran sus propuestas de agenda debidamente dictaminadas a la Secretaria General, quien MORDAZA de conocimiento al MORDAZA o quien haga a sus veces a efectos de proceder a elaborar la agenda para la Sesion de Concejo Municipal, teniendo en cuenta la premura de cada propuesta. Las comisiones tendran en cuenta al momento de presentar sus propuestas para agenda a la Secretaria General, los tiempos programados en el presente Reglamento para el desarrollo de las sesiones ordinarias, bajo responsabilidad.

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