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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de abril de 2008 370120 Artículo 14º.- Solicitud de información Las comisiones de regidores a través de la Secretaría General, pueden solicitar por escrito las informaciones que requieran tanto del sector público o privado, para el cumplimiento de sus fi nes. La solicitud la harán a través de su Presidente. Artículo 15º. - De los Funcionarios Las comisiones pueden solicitar la presencia de los funcionarios en las reuniones de trabajo, a fi n de brindar apoyo técnico o legal y así poder dilucidar cualquier inquietud sobre algún tema en estudio. La Gerencia Municipal deberá remitir los antecedentes y/ o expedientes a la Secretaría General indicando la comisión que deberá ventilar el caso respetando estrictamente la competencia de cada Comisión, bajo responsabilidad. Artículo 16º.- Obligatoriedad de la Asistencia La asistencia a las reuniones de trabajo de las comisiones es de carácter obligatorio. La inasistencia injustifi cada a más de 3 (tres) sesiones consecutivas u 8 (ocho) no consecutivas en un año, conllevará a una sanción económica equivalente al veinticinco por ciento (25%) de una dieta que será retenida y destinada al apoyo de sectores necesitados del distrito. La comisión comunicará lo sucedido mediante documento fi rmado por sus integrantes a la Secretaría General quien comunicará a la Gerencia Municipal y atenderá el pedido realizando las coordinaciones necesarias para la retención en un tiempo máximo de 5 (cinco) días hábiles. Asimismo será la comisión quien elija el sector a apoyar considerando la información proporcionada por la Gerencia Municipal. Artículo 17º.- Tipos de Comisiones Las comisiones de regidores pueden ser: permanentes, mixtas y especiales. CAPÍTULO I COMISIONES PERMANENTES Artículo 18º.- Defi nición Las comisiones permanentes son aprobadas por acuerdo de Concejo Municipal y a propuesta del alcalde, en la primera Sesión de Concejo Municipal de cada año, sucediendo lo mismo para cada presidente de comisión. Están integradas por 4 (cuatro) regidores, pudiendo un regidor integrar un máximo de cuatro comisiones permanentes y presidiendo sólo una de ellas. Tiene un tiempo de vigencia de un año. Artículo 19º.- Conformación Las comisiones están conformadas por un presidente, un vicepresidente, un secretario y un vocal. La comisión designará determinados cargos en un lapso de diez días a partir del primer día de su conformación y aprobación, exceptuando el cargo presidente; dejando constancia de la elección en el libro de actas. Artículo 20º.- Del Presidente Son funciones del Presidente: a. Convocar y presidir las sesiones de la comisión; b. Suscribir el despacho de la comisión;c. Suscribir con el Secretario de la comisión las actas de las Sesiones de la comisión; d. Informar al Concejo Municipal sobre las actividades de la comisión; e. Fundamentar los dictámenes informes y proyectos elaborados por la comisión; f. Solicitar informes en representación de su comisión al área administrativa por intermedio de la Secretaria General en temas relacionados con las competencias que tiene su comisión a cargo; g. Emitir su informe anual al despacho de Alcaldía en el mes de diciembre de cada año, detallando el recuento de los dictámenes propuestos y aprobados, a efectos de consignarlos en la Memoria Anual Institucional; h. Tener al día las actas de las sesiones de comisión y remitir el libro de actas en el mes de diciembre de cada año a la Sub Gerencia de Administración documentaria y archivo, para su custodia y archivamiento. Artículo 21º.- Funciones de las Comisiones Permanentes Las Comisiones Permanentes tienen las siguientes funciones:a) Elaborar, actualizar y revisar las políticas generales en su ámbito y proponer las normas necesarias al Concejo Municipal; b) Dictaminar los proyectos de ordenanzas o acuerdos que se pongan a su consideración; c) Atender los informes de los regidores que la integran, que correspondan a sus funciones; d) Acoger, evaluar y dictaminar, si se requiere, las propuestas de los regidores, juntas de vecinos y otros organismos vecinales: e) Evaluar y dictaminar, si se requiere, las propuestas del área administrativa; f) Efectuar investigaciones y estudios;g) Las demás que prevea el Reglamento o que les encargue el Concejo Municipal. Artículo 22º.- Las Actas Las actas de las comisiones permanentes deberán constar en un libro especial o en hojas sueltas pre-numeradas que al cierre de cada año serán empastadas. Tanto la apertura como el cierre del libro o de las hojas pre-numeradas, serán autorizadas por el Secretario General del Concejo Municipal. Artículo 23º.- Número de Comisiones Permanentes El Concejo Municipal de Los Olivos cuenta con 11 (once) comisiones permanentes que son: 1. Comisión Permanente de Economía y Presupuesto 2. Comisión Permanente de Desarrollo Urbano 3. Comisión Permanente de Seguridad Ciudadana4. Comisión Permanente de Asuntos Legales5. Comisión Permanente de Servicios a la Ciudad6. Comisión Permanente de Educación y Juventudes7. Comisión Permanente de Desarrollo Económico8. Comisión Permanente de Participación Ciudadana9. Comisión Permanente de Promoción de la Mujer10. Comisión Permanente de Salud11. Comisión Permanente de Programas Sociales. a. Comisión Permanente de Economía y Presupuesto, Es de competencia de la comisión los siguientes temas: 1. La Formulación, aprobación, ampliación, modifi cación, ejecución, evaluación y control del Plan de Acción y Presupuesto de la Municipalidad. 2. La Cuenta General del Ejercicio Anual.3. La propuesta de creación, modifi cación, supresión, exoneración o inafectación de tributos municipales. 4. Empréstitos internos y externos5. Propuestas que impliquen gastos no presupuestados 6. Los planes y proyectos de desarrollo distrital7. Las inversiones y egresos de la Municipalidad8. Empresas y organismos desconcentrados de la Municipalidad 9. La Estructura Orgánica y la Organización de la Municipalidad 10. Creación de empresas municipales para la prestación de servicios públicos municipales. 11. Convenios de Cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales, propios de su competencia. 12. Otros que le encomiende el Concejo Municipal. b. Comisión Permanente de Desarrollo Urbano Es de competencia de la comisión los siguientes temas: 1. Urbanismo y edifi cación 2. Ornato y Monumentos3. Uso del suelo4. Catastro5. Plan de Desarrollo Distrital6. Señalización y semaforización7. Nomenclatura de vías, parques y plazas8. Actividad comercial, industrial, de servicios,9. Convenios de Cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales, propios de su competencia. 10. Otros que le encomiende el Concejo Municipal. c. Comisión Permanente de Seguridad Ciudadana, Es de competencia de la comisión los siguientes temas: 1. Seguridad Ciudadana 2. Vigilancia y Control