Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2008 (05/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

370117

Que, la Ordenanza en mencion, establece en la MORDAZA Disposicion Final la aprobacion del Informe Tecnico y las Estructuras de Costos, los mismos que obran en el Anexo 1 y 2, y que forman parte integrante de la referida Ordenanza; Que, en el Anexo 1 del Informe Tecnico sustentatorio de la Ordenanza que establece las Tasas de los Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008", que obra en la pagina Nº 362045 del Diario Oficial El Peruano publicado el 30 de diciembre de 2008, se advierte el error material en la sumatoria del costo anual por concepto de recojo de Residuos Solidos al omitirse la suma de los "costos fijos" (S/. 96,058.08 nuevos soles), haciendo un total por este concepto de S/. 10'733,942.28 nuevos soles, tal como se senala en la explicacion de costos; Que, mediante Memorandum Nº 084-2008/MDLV-GR, la Gerencia de Rentas informa a la Secretaria General y Gerencia Municipal del error de trascripcion incurrido, el mismo que ha provenido de trasladar la informacion al formato Excel solicitado por la empresa editora de las normas legales; sin embargo, se precisa que los costos del servicio de recojo de residuos solidos se mantienen en los mismos montos que han sido aprobados por Acuerdo de Concejo Nº 509 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, asimismo, en el cuadro denominado "Cobertura del Servicio por Zonas" del servicio de Barrido de Calles, en la penultima columna se consigno M2, cuando lo correcto es ML, ya que en este MORDAZA de servicio, el costeo se hace en metros lineales; Que, el articulo 201º, numeral 201.1 de la Ley Nº 27444, aplicable supletoriamente al presente caso, senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados siempre que no se altere, lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N°27972, con la dispensa del tramite de aprobacion de acta, el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente:

Modifican vigencia de la Ordenanza Nº 039-2008/MDLV
ORDENANZA Nº 046-2008/MDLV
La MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO; en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 009-2008-CPPPAL-CPRDE/MDLV de las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, Rentas y Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 039-2008-ALC/MDLV de fecha 16 de enero de 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldia Nº 006-2008- ALC/MDLV de fecha 15 de febrero de 2008 y Decreto de Alcaldia Nº 007-2008ALC/MDLV de fechas 15 de febrero y 5 de Marzo de 2008, respectivamente, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, establecio el tope al incremento de arbitrios para predios con uso MORDAZA habitacion respecto de obligaciones correspondientes al ejercicio 2006, cuyo plazo culmina el 31 de marzo del 2008; Que, de acuerdo al Memorandum Nº 177-2008-GRMDLV de fecha 12 marzo de 2008, la Gerencia de Rentas senala que, los montos altos de las tasas de arbitrios del ejercicio 2006, en comparacion al ano 2007, constituyen una distorsion que genera impactos en la economia de los contribuyentes, entendiendo que dichos servicios ya fueron subvencionados en la prestacion efectuada en el referido ano, proponiendo al Pleno del Concejo Municipal, aplicar el plazo MORDAZA de ley a la vigencia y alcances de la Ordenanza 039-2008/MDLV, en los mismos terminos alli establecidos; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 977 publicado el 15 de marzo de 2007, se derogo la MORDAZA VII del Titulo Preliminar del Texto Unico del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, senalando en el articulo 2º inciso c) que "en la dacion de normas legales que contengan exoneraciones o beneficios tributarios debera sujetarse a las siguientes reglas:" "(...) el plazo de vigencia del beneficio, el cual no podra exceder de seis (6) anos. Toda exoneracion, incentivo o beneficio tributario concedido sin senalar plazo de vigencia, se entendera otorgado por un plazo MORDAZA de seis (6) anos"; Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica, administrativa, en los asuntos de su competencia, correspondiendole al Concejo la funcion normativa, la que se ejerce a traves de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme se establece en el numeral 4) del articulo 200° de la Constitucion Politica del Peru; En merito a los fundamentos expuestos y en uso de facultades otorgadas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Distrital de La MORDAZA, por unanimidad y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente:

ORDENANZA RECTIFICAN ERROR MATERIAL CONTENIDO EN LA ORDENANZA N° 024-2007/MDLV
Articulo Unico.- Rectificar el error material incurrido en la Ordenanza Nº 024-07/MDLV, publicada en la Separata Especial del Diario Oficial El Peruano de fecha 30 de diciembre de 2007, pagina 362045, conforme a continuacion se detalla: En el cuadro denominado COBERTURA DEL SERVICIO POR ZONAS DICE: SUMATORIA TOTAL DEL FRONTIS M2 DEBE DECIR: SUMATORIA TOTAL DEL FRONTIS ML En el cuadro denominado SERVICIO DE RECOJO DE RESIDUOS SOLIDOS DICE: COSTO ANUAL 10,637,884.20 DEBE DECIR: COSTO ANUAL 10,733,942.28 Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA TAN KUONG MORDAZA MORDAZA Encargado del Despacho de Alcaldia

ORDENANZA QUE MODIFICA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 039-2008/MDLV
Articulo 1°.- Modifiquese el articulo 7º de la Ordenanza Nº 039-2008/MDLV que establece su vigencia, con el texto que a continuacion se detalla: "Articulo 7º.- DE LA VIGENCIA La presente Ordenanza tendra una vigencia de seis (6) anos desde el dia siguiente de su publicacion". Articulo 2º.- Dejese sin efecto toda MORDAZA que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA TAN KUONG MORDAZA MORDAZA Encargado del Despacho de Alcaldia

183559-1

184420-1

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