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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de agosto de 2008 377533 b) Ningún trabajador podrá hacer ingresar al centro laboral a personas ajenas a la prestación de servicios o que carezcan del contrato laboral correspondiente. c) Todo trabajador deberá usar permanentemente el uniforme, implementos o equipos de seguridad que le sean otorgados según la naturaleza de su trabajo. d) Todo trabajador debe participar de campañas o programas de capacitación o formación de brigadas de salud, primeros auxilios o seguridad. e) Todo trabajador deberá acatar las disposiciones que le indique el personal de seguridad durante las labores habituales, así como en casos de siniestro o riesgo inminente que pueda afectar la salud e integridad física o los bienes de LA CORPORACIÓN. f) Todo trabajador que sea chofer deberá conocer y cumplir las normas del Reglamento General de Tránsito, velando por un manejo a la defensiva y de seguridad vial. g) Todo trabajador deberá velar por el uso adecuado de los servicios higiénicos, instalaciones o equipamiento teniendo como orientación la búsqueda de un trabajo seguro y saludable. Artículo 74º.- Incumplimiento de las medidas de seguridad y salud El incumplimiento de las medidas de seguridad y salud dará lugar a la aplicación de las disposiciones disciplinarias contenidas en la legislación vigente y en el Reglamento Las sanciones disciplinarias por incumplimiento de las medidas de seguridad y salud se aplicarán sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar CAPÍTULO XII RÉGIMEN DE ESTÍMULOS Artículo 75º.- Finalidad de los estímulos Los estímulos son medidas que adopta la Municipalidad y tienen por fi nalidad: a) Premiar la laboriosidad demostrada en el cumplimiento permanente de las labores del trabajador. b) Premiar conductas y actitudes excepcionales cuyo desenvolvimiento permiten el mejoramiento continuo, así como el desarrollo productivo, efi caz, competitivo y creativo de las labores institucionales. c) Promover el desarrollo de la identifi cación con la institución edil, así como con los objetivos, misión y visión adoptados. Artículo 76.- CLASES DE ESTÍMULOS Los estímulos que reconocerá y otorgará la Corporación son los siguientes: a) Resolución de Alcaldía y entrega de Medalla Institucional, en mérito al cumplimiento permanente de los deberes asignados. b) Resolución de Alcaldía, entrega de Medalla Institucional y otorgamiento de un premio pecuniario, en mérito al comportamiento y actitud excepcional cuyo desenvolvimiento ha permitido el mejoramiento continuo, o el desarrollo productivo, efi caz, competitivo y creativo de las labores institucionales. c) Otros estímulos que se acuerde otorgar vía negociación colectiva. Artículo 77º.- Procedimiento para el otorgamiento de estímulos. a) Cada Gerencia, a propuesta suya o de las Subgerencias a su cargo, remitirá a la Subgerencia de Personal, hasta la primera quincena del mes de octubre de cada año, una relación propuesta de reconocimiento de estímulos según la disposición específi ca que regule el otorgamiento anual de estímulos. b) La información remitida será evaluada por la Sub. Gerencia de Personal y según la disposición vigente que regule tales estímulos, elevará a la Gerencia Municipal la terna respectiva para su otorgamiento. c) El otorgamiento de estímulos se efectuará con ocasión del Día del Trabajador Edil.d) Para el otorgamiento de premios pecuniarios se requerirá la conformidad de disponibilidad fi nanciera a cargo de la Gerencia de Administración. e) Las Resoluciones de Reconocimiento de Estímulos constituirán méritos que ingresarán en los legajos de cada trabajador. f) A través de la Subgerencia de Relaciones Públicas se difundirá los efectos e impactos de las acciones distinguidas mediante el otorgamiento de estímulos. CAPÍTULO XIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Todas y cada una de las normas contenidas en el presente Reglamento Interno de Trabajo, tienen carácter enunciativo, mas no limitativo; en tal virtud, LA CORPORACION con arreglo a Ley y en uso de su facultad directriz, por intermedio de la Subgerencia de Personal y/o quien haga sus veces, resolverá cualquier situación excepcional no contemplada en este reglamento, informando lo pertinente a la Gerencia de Administración. Segunda.- LA CORPORACIÓN, por intermedio de la Subgerencia de Personal y/o quien haga sus veces, materializará la entrega de acuerdo a Ley, de un Ejemplar gratuito a cada trabajador obrero. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 233195-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANANTAY Autorizan viaje de Regidor para asistir a evento de capacitación en Brasil RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 272-2008-MDM-ALC. Manantay, 31 de julio del 2008Vistas, el Acuerdo de Concejo No. 053-2008-MDM, tomado en Sesión Extraordinaria de Concejo No. 010-2008 que autoriza el viaje en comisión de servicios a la República Federativa de Brasil al Regidor Saúl Huatangari Vásquez. CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27619, se regulan la autorización de viajes al exterior de servidores y Funcionarios públicos, la misma que se reglamenta mediante Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, encontrándose los Gobiernos Locales dentro de los alcances de esta norma. Que, atendiendo a los dispositivos legales es necesario determinar que el evento es de interés público e institucional para que el regidor contribuya con los miembros del Concejo y demás funcionarios en la tomas de decisiones políticas en torno a los temas de medio ambiente y demás actividades relacionadas con el. Que, los gastos de pasajes, tasas y viáticos se otorgan teniendo en cuenta el apoyo que recibirá el funcionario por la organizadora del evento, por lo que el alcalde teniendo en cuenta los considerándoos de la presente resolución, y las visaciones de las Sub Gerencias de: Asesoría Legal, Planifi cación y Presupuesto y Gerencia Municipal en ejercicio de lo dispuesto por el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, el viaje del Señor Regidor de la Municipalidad Distrital de Manantay Señor Saúl Huatangari Vásquez; para que viaje a la República Federal de Brasil, por espacio de 6 días para asistir a una capacitación de La Misión Técnica Internacional: Descargado desde www.elperuano.com.pe