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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (03/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de agosto de 2008 377516 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 165 Mediante Ofi cio N° 236-2008-MDLM-SG la Municipalidad de La Molina solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 165, publicada en la edición del día 1 de agosto de 2008. 1. En el Artículo Primero:DICE:“PRORRÓGUESE, hasta el 08 de agosto del 2008, la vigencia de la Ordenanza N° 146”. DEBE DECIR:“PRORRÓGUESE por 15 días hábiles, la vigencia de la Ordenanza N° 146”. 2. En el Artículo Segundo, en lo que respecta a las Disposiciones Finales incorporadas a la Ordenanza N° 146 DICE:Primera.- “... hasta el 08 de agosto del 2008,...”DEBE DECIR:Primera.- “... hasta el plazo establecido en el artículo primero...”. 3. En el Artículo Segundo, en lo que respecta a las Disposiciones Finales incorporadas a la Ordenanza N° 146. DICE:Segunda.- “...hasta el 08 de agosto del 2008...”DEBE DECIR:Segunda.- “...hasta el nuevo vencimiento establecido en la presente Ordenanza...” 233580-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza que crea e incorpora procedimiento al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 29227 y su Reglamento - D.S. Nº 009-2008-JUS ORDENANZA N° 362-MDMM Magdalena del Mar, 11 de julio de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N° 13 de fecha; y,CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 16 de mayo del 2008 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la Ley Nº 29227, la cual regula el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarías, y que menciona en su Única Disposición Complementaria que las municipalidades deberán adecuar sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos – TUPA a fi n de establecer el costo de las tasas correspondientes; Que, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 29227, resulta necesario aprobar la ordenanza distrital correspondiente que regule el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior, así como establecer la tasa respectiva de dicho trámite; Que, en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo Municipal a través del numeral 8) del artículo 9° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha expedido la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Créase e incorpórese al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Municipalidad, el Procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior, y sus respectivos derechos, según lo establecido en la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo publicado en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29091 y su reglamento. Artículo Segundo.- Los derechos contenidos en el Anexo de la presente Ordenanza, serán sometidos a ratifi cación ante la Municipalidad Metropolitana de Lima conforme a lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por tanto tendrán vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que los ratifi que. Artículo Tercero.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 233448-1 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Aprueban Régimen de Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias 2008 ORDENANZA N° 175 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24.07.08; el Informe Nº 102-2008-GRDEL-MDR de fecha 16.07.08 de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local; el Informe Nº Descargado desde www.elperuano.com.pe