Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2008 (03/08/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de agosto de 2008

5. Disponer de formas de capacitacion tendientes al desarrollo de capacidades, conocimientos, actividades, practicas, habilidades, destrezas y valores del trabajador a fin de garantizar la prestacion adecuada de los servicios publicos municipales, mejorar el desempeno y productividad laboral, y propiciar la realizacion y bienestar del trabajador. 6. Autorizar permisos y licencias de los trabajadores. 7. Llevar un registro actualizado de los datos personales y de las actividades del trabajador incluyendo meritos y demeritos. 8. Brindar las orientaciones y prestaciones necesarias en materia de bienestar social , salud y seguridad laboral. 9. Fijar la oportunidad de los descansos semanales y vacacionales correspondientes, asi como los turnos y horarios de trabajo respectivos. 10. Evaluar el rendimiento laboral de los trabajadores, a fin de realizar acciones destinadas a incentivar, capacitar, promover, corregir o sancionar segun sea el caso. 11. Prevenir, investigar y resolver los asuntos laborales, buscando el cumplimiento de las obligaciones del servicio, la MORDAZA y la paz laboral 12. Organizar el sistema de control de la asistencia y permanencia de los trabajadores. Articulo 13º.CORPORACION: Son obligaciones de LA

8. A integrarse al sindicato. 9. A participar en programas de capacitacion. 10. A ser promovido a otro puesto de igual categoria, en caso MORDAZA sufrido incapacidad para la funcion que venia ejerciendo. Articulo 15º.- Queda claramente establecido que los numerales que citamos, tienen caracter eminentemente enunciativo, mas no limitativo, en este contexto, EL TRABAJADOR de la Municipalidad de la MORDAZA tiene las siguientes obligaciones:

1. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Interno de Trabajo y las disposiciones internas, las Leyes vigentes y las disposiciones en seguridad e higiene ocupacional. 2. Propiciar y fomentar el desarrollo social, cultural, Profesional, Tecnico y etico de los trabajadores. 3. Crear mecanismos apropiados a fin de prestar debida y oportuna atencion a las quejas y sugerencias de los trabajadores. 4. Proporcionar a los trabajadores ambientes adecuados y el material e implementos necesarios para el cumplimiento de la funcion y las tareas encomendadas. 5. Supervisar las labores de los trabajadores, senalandose los objetivos concretos y analizando resultados. 6. Formular Directivas, normas y reglamentos que se requieran para la seguridad, proteccion e higiene del personal. 7. Administrar las relaciones laborales, de acuerdo a la legislacion vigente y a su politica de recursos humanos 8. Establecer politicas y promover planes y programas destinados al desarrollo, capacitacion y perfeccionamiento de sus trabajadores, a fin de mejorar el desempeno de sus funciones. 9. Complementar los esfuerzos personales de sus trabajadores para perfeccionar sus conocimientos en las especialidades afines al quehacer de LA CORPORACION. CAPITULO IV DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR Articulo 14º.- Son derechos del trabajador ademas de lo establecido en la Constitucion, la Ley y los Tratados Internacionales, los siguientes: 1. A ser tratado con respeto por sus superiores como del personal de igual nivel. 2. A prestar servicios en condiciones de trabajo dignos. 3. A recibir uniforme y otros implementos de trabajo a fin de lograr mejores resultados en sus labores. 4. A percibir una remuneracion MORDAZA y equitativa por los servicios prestados. 5. A solicitar audiencia con el personal jerarquico. 6. A solicitar licencia o permiso con o sin goce de remuneraciones segun corresponda. 7. A la lactancia materna, en caso de MORDAZA trabajadora.

1. Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone la prestacion de los servicios publicos municipales. 2. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales del regimen laboral de la actividad privada que le MORDAZA inherentes, los acuerdos adoptados en negociacion colectiva, lo establecido en el presente Reglamento, asi como las demas disposiciones administrativas vigentes. 3. Percibir en contraprestacion de sus servicios solo lo determinado en el contrato individual de trabajo estando prohibido de recibir dadivas, promesas, donativos o retribuciones de terceros para realizar u omitir actos de servicio. 4. Concurrir puntualmente y cumplir a cabalidad los horarios establecidos, el registro de su ingreso y salida y la permanencia en su puesto de trabajo. 5. Respetar las disposiciones que se dicten sobre uso, proteccion, cuidado, conservacion de los bienes de la institucion, destinandolos solo para la prestacion de los servicios institucionales, y salvaguardando los intereses de la entidad. 6. Cumplir con las medidas de seguridad y salud que se emitan, asi como utilizar y conservar el uniforme, implementos y materiales que para su proteccion le MORDAZA entregados. 7. Guardar reserva y confidencialidad respecto de las operaciones y actividades de LA CORPORACION; asi como de la informacion que pueda afectar el derecho a la intimidad o demas derechos fundamentales de los servidores ediles o de contribuyentes del distrito. 8. Proporcionar oportunamente a la entidad la informacion necesaria para el desarrollo de sus actividades, asi como la informacion personal y variacion o actualizacion de su legajo personal. 9. Informar a sus superiores o denunciar ante la autoridad correspondiente, los actos delictivos o de inmoralidad de los que tenga conocimiento durante el desarrollo del servicio publico. 10. No practicar proselitismo politico-partidario en su centro de trabajo.

Articulo 16º.- Cualquier bien material o informacion, en cualquiera de sus formas, perteneciente a LA CORPORACION solo podra ser extraido de sus instalaciones, previa autorizacion de la Gerencia respectiva, debiendo entregar al personal responsable de la seguridad del local, el documento que autorice la movilizacion del bien o informacion. Articulo 17º.- Todo cambio de datos personales, como: domicilio, estado civil, nacimiento de hijos, numero telefonico, debera ser comunicado por el trabajador ante la Sub Gerencia de Personal y/o quien haga sus veces, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producido este o estos hechos, para el respectivo conocimiento y registro de los mismos. Articulo 18º.- Es obligatorio el uso del fotocheck, dentro de las instalaciones de la Municipalidad, por ser este el unico documento de identificacion que otorga LA CORPORACION a EL TRABAJADOR; en caso de extravio o robo, el servidor inmediatamente debera sentar la denuncia policial respectiva; posteriormente, acercandose a la Subgerencia de Personal y/o quien haga sus veces, con MORDAZA de la denuncia a efectos de obtener el duplicado respectivo, asumiendo EL TRABAJADOR el costo de reposicion del foto check. Articulo 19º.- El mal uso del fotocheck, dentro o fuera de LA CORPORACION MORDAZA lugar a las sanciones que correspondan, segun el presente reglamento y la legislacion vigente.

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