TEXTO PAGINA: 2
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de agosto de 2008 377536 PODER EJECUTIVO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen la realización del Concurso Público de Ofertas para seleccionar al operador al que se asignará frecuencias en la banda 821 - 824 MHz y 866 - 869 MHz para la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 580-2008-MTC/03 Lima, 25 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, el artículo 159º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que mediante resolución del titular del Ministerio se podrá encargar a otra entidad la conducción del concurso público de ofertas y el otorgamiento de la Buena Pro; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005- MTC/03 se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico; Que, la Nota P52 del PNAF establece que las bandas 806 – 824 MHz y 851 - 869 MHz están atribuidas a título primario para servicios públicos y/o privados de canales múltiples de selección automática (Troncalizado); Que, el artículo 203º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que la asignación del espectro radioeléctrico en las bandas identifi cadas para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y atribuidas a título primario, se realizará mediante concurso público en la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao; Que, considerando el potencial de la banda que comprende los rangos 821 – 824 MHz y 866 - 869 MHz, para el desarrollo de los servicios públicos de telecomunicaciones, resulta necesario disponer la realización de un concurso público de ofertas para su asignación, encargando a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del proceso; Que, la realización del citado concurso público se enmarca en la política adoptada por la presente Administración de promover la expansión de servicios públicos de telecomunicaciones y consolidar la competencia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos N° 013-93-TCC y N° 020-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la realización del Concurso Público de Ofertas para seleccionar al operador al que se asignará frecuencias en la banda 821 - 824 MHz y 866 – 869 MHz para la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, y de ser el caso, se le otorgará concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las bases del Concurso. Artículo 2º.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del Concurso Público de Ofertas y el otorgamiento de la buena pro, a que hace referencia el artículo precedente. El Concurso Público se regirá por el marco legal aplicable a los procesos de promoción de inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN. Artículo 3º.- El Viceministerio de Comunicaciones realizará las coordinaciones técnicas, económicas y legales con PROINVERSIÓN, respecto del concurso a que se refi ere el artículo precedente de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 233350-1Aprueban transferencia de bienes muebles en la modalidad de donación a favor de la Municipalidad Distrital de Corrales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 581-2008-MTC/01 Lima, 25 de julio de 2008 VISTO:El Memorándum Nº 0735-2008-MTC/10.05, de la Ofi cina General de Administración, por medio del cual solicita que se apruebe la transferencia en la modalidad de donación, de tres (3) bienes muebles, a favor de la Municipalidad Distrital de Corrales, provincia y departamento de Tumbes; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (vigente a la fecha), los procedimientos administrativos iniciados antes de su entrada en vigencia, continuarán con el procedimiento que regía desde su inicio hasta su conclusión; Que, tratándose de la transferencia en la modalidad de donación de bienes muebles, el numeral 3.2.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN: “Procedimiento para la Donación de Bienes Muebles dados de baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes Muebles a favor del Estado”, aprobada mediante Resolución Nº 031-2002-SBN, señala que una vez admitido a trámite el escrito de la oferta de donación a favor del Estado, se entenderá iniciado el procedimiento administrativo; Que, dado que la solicitud efectuada por la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Corrales, provincia y departamento de Tumbes, ha sido realizada el 14 de junio de 2007, se tiene que la norma que resulta aplicable a este caso es el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, en adelante el Reglamento; Que, mediante Resolución Directoral Nº 624-2006- MTC/10, la Ofi cina General de Administración aprobó la baja de los inventarios de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de tres (3) bienes muebles de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ubicados en el Batallón de Ingeniería de Combate Blindado Nº 211 - Tumbes del Ministerio de Defensa, por causal de obsolescencia técnica; Que, mediante Ofi cio Nº 294-2007-MDC-ALC, la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Corrales, provincia y departamento de Tumbes, solicitó la transferencia en la modalidad de donación de los tres (3) bienes muebles que han sido dados de baja mediante la Resolución Directoral Nº 624-2006-MTC/10; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 047-2007- MTC/CGP e Informe Nº 056-2007-MTC/CGP, del Comité de Gestión Patrimonial, e Informe Nº 056-2008-MTC/10.05/ SDAB, de la Ofi cina de Patrimonio, se recomienda la aprobación de la solicitud de transferencia en la modalidad de donación de los tres (3) bienes muebles que han sido dados de baja mediante la Resolución Directoral Nº 624-2006-MTC/10, a favor de la Municipalidad Distrital de Corrales, provincia y departamento de Tumbes, realizando el detalle de las características y valores de dichos bienes; Que, el artículo 173º del Reglamento en concordancia con lo establecido en el numeral 2.1.1 de la Directiva Nº 009-2002/SBN: “Procedimiento para la Donación de Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes Muebles a favor del Estado”, aprobada mediante Resolución Nº 031-2002-SBN, establece que la donación de bienes muebles dados de baja, de una entidad pública a favor de otra entidad pública, debe aprobarse mediante Resolución del titular de la entidad pública donante. Asimismo, en el numeral 2.2.7 de la citada Directiva, se indica que dicha Resolución deberá ser transcrita, sin excepción alguna, a la Superintendencia de Bienes Nacionales (Hoy Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en virtud de lo establecido en la Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales), dentro de los veinte (20) días siguientes a su emisión; Descargado desde www.elperuano.com.pe