Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2008 (04/08/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 4 de agosto de 2008

Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa MORDAZA S.A.C., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa MORDAZA S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones, para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2º de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

la necesidad de adquirir bienes (antena y brujulas) para las estaciones conformantes del Sistema de Gestion y Comprobacion Tecnica del Espectro; Que, el 8 de febrero de 2007, la empresa Thales Communications S.A. presento la Carta Nº N/REF: EXP/ SER/DB/201-c, en la cual senalo que en su calidad de fabricante del Sistema Nacional de Gestion y Control del Espectro Radioelectrico, es la unica que puede suministrar la antena y las brujulas que requiere este Ministerio; Que, mediante Informe Nº 222-2007-MTC/18.01.1, del 9 de marzo de 2007, la entonces Subdireccion de Control ­ MORDAZA de la Direccion General de Control y Supervision en Telecomunicaciones (Hoy Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones) indico lo siguiente: a) Constituye funcion principal de la citada Direccion General el asegurar el correcto uso del espectro radioelectrico, mediante las inspecciones y el monitoreo permanente del espectro. b) A efectos de cumplir con tal funcion, en el ano 1997, se contrato con la empresa Thomson ­ CSF Communications (Hoy Thales Communications S.A.) a fin que entregue un Sistema de Gestion y Comprobacion Tecnica del Espectro, conformado por estaciones fijas y moviles, el cual realiza las siguientes funciones: - Detecta y localiza las estaciones no autorizadas. - Permite efectuar mediciones de los parametros tecnicos de las estaciones autorizadas, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas de su licencia de operacion; asi como de todos los servicios de comunicaciones que hacen uso del espectro radioelectrico y que estan comprendidas en la banda de frecuencias de 9 Khz. ­ 3 Ghz. - Viabiliza la realizacion de los reportes de ocupacion y operatividad del espectro de los diferentes servicios, con el fin de determinar el grado de ocupacion y uso del espectro asi como reasignar los MORDAZA disponibles que no son utilizados. c) Dado que la instalacion y puesta en funcionamiento del Sistema de Gestion y Comprobacion Tecnica del Espectro data de finales del ano 1998, para el caso de las estaciones instaladas en MORDAZA, y del ano 2000, para el caso de las estaciones instaladas en provincias; algunos de sus componentes han tenido que ser cambiados por la presencia de averias, ello como consecuencia de la exposicion al medio ambiente y del uso diario. En ese sentido, resulta necesario adquirir una (1) antena y dos (2) brujulas electronicas para mantener en operacion permanente el referido Sistema. d) Debido a la complejidad y complementariedad de los bienes que se desean adquirir, con el Sistema de Gestion y Comprobacion Tecnica del Espectro, la empresa Thales Communications S.A. es la unica proveedora de los mismos. Asimismo y en calidad de Anexo, adjunto la relacion de equipos que requieren ser adquiridos (caracteristicas). Que, mediante Informes Nº 134, Nº 390 y Nº 4022007-MTC/29.02 e Informe Nº 912-2008-MTC/29.02, del 19 de setiembre y del 13 y 20 de diciembre de 2007 y del 24 de marzo de 2008, respectivamente, el Coordinador de Control ­ MORDAZA de la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones senalo que para el funcionamiento del Sistema de Gestion y Comprobacion Tecnica del Espectro, se requiere adquirir una (1) antena y dos (2) brujulas electronicas para garantizar la correcta operacion del citado Sistema. Asimismo, ratifico el extremo referido a que la empresa Thales Communications S.A. es la unica proveedora de los bienes requeridos; Que, mediante Informes Nº 492 y Nº 0629-2007MTC/10.02 e Informe Nº 468-2008-MTC/10.02, del 16 de noviembre, del 14 de diciembre de 2007 y del 4 de junio de 2008, respectivamente, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion indico que resulta procedente que la adquisicion de los bienes solicitados por la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, se efectue mediante exoneracion de MORDAZA de seleccion, sustentandose en lo siguiente: a) De las consultas formuladas a diferentes empresas, se obtuvo que estas no podian efectuar cotizacion alguna debido a que no fabrican ni comercializan los tipos de bienes requeridos por este Ministerio. b) Los bienes requeridos se caracterizan por su compatibilidad y complementariedad con el Sistema de Gestion

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de bienes para el Sistema Nacional de Gestion y Control del Espectro Radioelectrico
RESOLUCION MINISTERIAL N° 585-2008-MTC/01
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008 VISTOS: El Memorando N° 1872-2008-MTC/10.02, de la Oficina General de Administracion; los Informes Nº 222-2007MTC/18.01.1,Nº134-2007-MTC/29.02,Nº390-2007-MTC/29.02, Nº 402-2007-MTC/29.02, Nº 912-2008-MTC/29.02, Nº 20072008-MTC/29.02 y Nº 2673-2008-MTC/29.02, de la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, los Informes Nº 492-2007-MTC/10.02, Nº 0629-2007-MTC/10.02, Nº 372-2008-MTC/10.02 y Nº 468-2008-MTC/10.02, de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion; asi como el Informe N° 1722-2008-MTC/08, de la Oficina General de Asesoria Juridica, relacionados con la solicitud de exoneracion de MORDAZA de seleccion para la adquisicion de una (1) antena y dos (2) brujulas electronicas para el Sistema Nacional de Gestion y Control del Espectro Radioelectrico; CONSIDERANDO: Que, mediante Informes Nº 1651-2004-MTC/18.01.1, Nº 1998-2005-MTC/18.01.1, Nº 2146-2005-MTC/18.01.1 y Nº 1166-2006-MTC/18.01.1, la entonces Subdireccion de Control MORDAZA de la Direccion de Monitoreo e Inspeccion de Telecomunicaciones (Hoy Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC) informo sobre

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