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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (04/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de agosto de 2008 377556 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de Julio del 2008, Exp. No. 3656-2006, Informe No. 750-2008-SGOPPT/GDU/MDB, Informe No. 056-2008- GDU/MDB, Informe No. 537-2008-GAJ/MDB, referido a Exoneración de pago de Licencia de Obra. CONSIDERANDO: Que, el numeral 9) del Artículo 9º. De la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972 establece que es atribución del Concejo Municipal proyectar Ordenanzas y exonerar sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley. Que mediante Exp. No. 3656-2006, Rec. 04 la Congregación Salesiana del Perú, programa de Reinserción “Comunidad de Acogida Don Bosco”, representada por el p. JORGE ATARAMA sdb, encargado directo, solicita a nuestra Comuna la Exoneración del pago de Licencia de Construcción para ser realidad su Proyecto Ampliación de la Casa de los Niños de la Calle por cuanto si antes eran veinte ahora son más de 100 que se educan, alimentan y viven en su Comunidad hasta que salgan profesionales. Que mediante Informe No. 750-2008-SGOPPT/GDU/ MDB de la Sub Gerencia de Obras Públicas Privadas y Transporte comunica a la Gerencia de Desarrollo Urbano en cuanto al trámite de Licencia de Construcción de la Congregación Salesiana ha anexado copia de la Ordenanza No. 010-09/MDB de fecha 12 de Mayo de 1999 mediante el cual se les exoneró del pago de derechos de licencia de construcción a la Congregación Salesiana Parroquia María Auxiliadora para su Proyecto de Obra Casa de los Niños de la Calle . Que mediante Informe No. 056-2008-GDU/MDB de la Gerencia de Desarrollo Urbano comunica a la Gerencia de Asesoria Jurídica que respecto a lo solicitado por la Congregación Salesiana Parroquial Maria Auxiliadora sobre el Proyecto de Ampliación de la Casa del Niño se anexa la liquidación por un monto de S/ 3.068.18 Nuevos Soles. Que mediante Informe No. 537-2008-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que la Congregación Salesiana del Perú- Albergue “COMUNIDAD DE ACOGIDA DON BOSCO”·, solicitando Licencia de Obra para edifi cación nueva del inmueble ubicado en la Av. Arica No. 265 Urb. Garden City Breña. Que a fojas 84 obra el requerimiento No. 025-07-AT-GDU/MDB de fecha 29 de Enero del 2007 por el cual se comunica al recurrente que deberá efectuar el pago de S/. 3,068.18 Nuevos Soles por concepto de liquidación de derechos para proceder a emitir la licencia de obra para edifi cación nueva correspondiente. Que el recurrente inició el trámite con fecha 18 de Octubre del 2006 solicitando licencia de obra para edifi cación nueva y posteriormente se efectuó la liquidación de derechos por el monto de S/. 3,068.18 Nuevos Soles. Que la Comunidad de Acogida Don Bosco de la Congregación Salesiana del Perú presenta un Recurso el 31 de Enero del 2007 solicitando exoneración del pago de derechos de licencia de obra por el monto de S/ 3.068.18 Nuevos Soles. Que a fojas 89 obra la Ordenanza No. 010-99/MDB de fecha 12 de Mayo de 1999 la cual declara en su Artículo Único EXONERAR del pago de derechos de licencia de construcción a la Congregación Salesiana Parroquia María Auxiliadora para su Proyecto de Obra Casa de los Niños de la Calle, por estas consideraciones opina declarar PROCEDENTE lo solicitado por la Congregación Salesiana del Perú, debiendo elevarse al Concejo Municipal para aprobación. Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) y 9), Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Exoneración de la suma de S/. 3,068.18 Nuevos Soles, por Licencia de Obra para Edifi cación Nueva, a favor de la CONGREGACION SALESIANA DEL PERU, sobre el Proyecto de la “AMPLIACION DE LA COMUNIDAD DE ACOGIDA DON BOSCO” ubicado en la Av. Arica No. 265 Breña. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto su cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General notifi car la presente Ordenanza a los interesados para su conocimiento y fi nes pertinentes. POR TANTOMando se registre, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 232115-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban acumulación de inmuebles ubicados en el distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 057-08-GODU/MDS Surquillo, 1 de julio de 2008 EL GERENTE DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO: Visto, el Expediente Nº 107878-08 organizado por RAUL GARCIA RODRIGUEZ, quien solicita la Acumulación de Dos Lotes en una Unidad Predial. CONSIDERANDO: Que, los dos Lotes signados como Sub – Lote 1 con un área de 677.70 m2, ubicado con frente a la Av. Angamos Este Nº 1715(Partida Nº 11814795) , Sub - Lote 2 con un área de 455.70 m2 ubicado con frente a la calle Prolongación San Fernando(ex calle 1) Nº 106(Partida Nº 11814796) , Urb. El Condor, Jurisdicción Distrital de Surquillo; Provincia y Departamento de Lima, es materia del presente procedimiento. Que, con el Informe aprobatorio de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro N° 008-08/SCHU/GODU del 24/06/2008 en concordancia con el Reglamento Nacional de Construcciones; y cancelado los derechos por el concepto de ACUMULACIÓN DE LOTES con el Recibo N° 912296 de fecha 09/06/2008 pagado en la Tesorería de la Municipalidad. Que, el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el TUPA aprobado por la Ordenanza N° 084/MDS; acompañando las Partidas Registrales N° 49085991 , 41976888 , respectivamente; y los tres juegos de planos de Localización y Ubicación (U-01) y de Acumulación de Lotes (P-01), que obran en autos. Conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Orgánica de Municipalidades No.27972; y demás normas vigentes sobre la materia. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la ACUMULACIÓN del Sub - Lote 1: de 677.70 m2, ubicado con frente a la Av. Angamos Este Nº 1715 , Sub - Lote 2 con un área de 455.70 m2 ubicado con frente a la calle Prolongación San Fernando(ex calle 1) Nº 106 , Urb. El Condor; cuya área total constituye el Lote Acumulado de 1,133.40 m2, de la Urb. El Condor, del Distrito de Surquillo de la Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- Acorde con los Planos de Localización y Ubicación (U-01) y de la Acumulación resultante (P-01), se aprueba la Acumulación presentada cuya área ACUMULADA y/o Lote Matriz merced del Sub - Lote 1 y Sub - Lote 2 con los linderos y medidas perimétricas siguientes: Descargado desde www.elperuano.com.pe