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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de agosto de 2008 377725 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Declaran improcedente recurso de revisión interpuesto por ex Jefe de la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia del Cusco contra la Res. Adm. Nº 135-2008-P/PJ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. 164-2008-P-PJ Lima, 1 de agosto de 2008 VISTO:El Recurso de Revisión interpuesto por don CARLOS ALBERTO CARPIO TAPIA, ex Jefe de la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia del Cusco, contra la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 135-2008-P/PJ, de fecha 26 de junio de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 135-2008-P/PJ, de fecha 26 de junio de 2008, se declaró improcedente el Recurso de Apelación interpuesto por don CARLOS ALBERTO CARPIO TAPIA, contra la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 104-2008-P/PJ, de fecha 05 de mayo de 2008, que declaró, a su vez, improcedente el Recurso de Reconsideración interpuesto por el recurrente contra la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 041-2008-P/PJ, de fecha 13 de febrero de 2008, que resolvió dar por concluida su designación en el cargo de confi anza de Jefe de la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia del Cusco; Que, mediante escrito de fecha 7 de julio de 2008, don CARLOS ALBERTO CARPIO TAPIA, interpone Recurso de Revisión contra la resolución indicada en Visto, a través del cual manifi esta que su recurso de apelación debió ser resuelta por la instancia superior a la Presidencia de la Corte Suprema; por cuyo motivo sostiene que la resolución materia de impugnación deviene en nula de pleno derecho; Que, el Artículo 210º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que excepcionalmente hay lugar a recurso de revisión, ante una tercera instancia de competencia nacional, si las dos anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico; Que, así los hechos, con la resolución materia de impugnación ha quedado establecido que la Presidencia del Poder Judicial es la máxima instancia del Poder Judicial, y que contra ella no cabe recurso alguno en sede administrativa; entendiéndose, por lo tanto, que, estando al carácter nacional de su competencia, contra las resoluciones administrativas emitidas por la Presidencia del Poder Judicial, no cabe interposición de recurso administrativo alguno; Que, asimismo, de una prolija lectura realizada a la resolución materia de cuestionamiento se advierte que, con la expedición de esta última ha quedado agotada la vía administrativa; por tal motivo, carece de objeto emitir pronunciamiento alguno en torno al recurso de revisión interpuesto por el recurrente; por lo que, siendo así, debe declararse improcedente el recurso administrativo interpuesto por el actor; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente el Recurso de Revisión interpuesto por don CARLOS ALBERTO CARPIO TAPIA, ex Jefe de la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia del Cusco, contra la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 135-2008-P/PJ, de fecha 26 de junio de 2008, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.Artículo Segundo.- Poner la presente Resolución en conocimiento del interesado y de las dependencias que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Judicial 235387-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan incorporación de Vocal Titular como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 250-2008-P-CSJLI-PJ Lima, 5 de agosto de 2008 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 215-2008-CE-PJ., emitida en la fecha por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución Administrativa de Vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso que en el día el suscrito, en su calidad de Presidente encargado de la Corte Superior de Justicia de Lima, entregue el cargo en el modo y forma de ley al Presidente titular, Doctor Angel Henry Romero Díaz. Que estando a lo precedentemente dispuesto, corresponde a este Despacho, dar estricto cumplimiento a lo ordenado por el Superior Jerárquico, en la forma y modo indicados; por lo que en aplicación de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OFICIALIZAR la incorporación del Señor Vocal Superior Titular ANGEL HENRY ROMERO DIAZ como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Fiscal de la Nación, de la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal y del referido Magistrado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 234861-1 Conforman la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima, de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 251-2008- P- CSJLI/PJ Lima, 6 de agosto del 2008 Descargado desde www.elperuano.com.pe