Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2008 (07/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

377725

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Declaran improcedente recurso de revision interpuesto por ex Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA contra la Res. Adm. Nº 135-2008-P/PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. 164-2008-P-PJ MORDAZA, 1 de agosto de 2008 VISTO: El Recurso de Revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, contra la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 135-2008-P/PJ, de fecha 26 de junio de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 135-2008-P/PJ, de fecha 26 de junio de 2008, se declaro improcedente el Recurso de Apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 104-2008-P/PJ, de fecha 05 de MORDAZA de 2008, que declaro, a su vez, improcedente el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el recurrente contra la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 041-2008-P/PJ, de fecha 13 de febrero de 2008, que resolvio dar por concluida su designacion en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia del Cusco; Que, mediante escrito de fecha 7 de MORDAZA de 2008, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone Recurso de Revision contra la resolucion indicada en Visto, a traves del cual manifiesta que su recurso de apelacion debio ser resuelta por la instancia superior a la Presidencia de la Corte Suprema; por cuyo motivo sostiene que la resolucion materia de impugnacion deviene en nula de pleno derecho; Que, el Articulo 210º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que excepcionalmente hay lugar a recurso de revision, ante una tercera instancia de competencia nacional, si las dos anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidio el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerarquico; Que, asi los hechos, con la resolucion materia de impugnacion ha quedado establecido que la Presidencia del Poder Judicial es la MORDAZA instancia del Poder Judicial, y que contra MORDAZA no cabe recurso alguno en sede administrativa; entendiendose, por lo tanto, que, estando al caracter nacional de su competencia, contra las resoluciones administrativas emitidas por la Presidencia del Poder Judicial, no cabe interposicion de recurso administrativo alguno; Que, asimismo, de una prolija lectura realizada a la resolucion materia de cuestionamiento se advierte que, con la expedicion de esta MORDAZA ha quedado agotada la via administrativa; por tal motivo, carece de objeto emitir pronunciamiento alguno en torno al recurso de revision interpuesto por el recurrente; por lo que, siendo asi, debe declararse improcedente el recurso administrativo interpuesto por el actor; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente el Recurso de Revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, contra la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 135-2008-P/PJ, de fecha 26 de junio de 2008, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion.

Articulo Segundo.- Poner la presente Resolucion en conocimiento del interesado y de las dependencias que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 235387-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Oficializan incorporacion de Vocal Titular como Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 250-2008-P-CSJLI-PJ MORDAZA, 5 de agosto de 2008 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 215-2008-CE-PJ., emitida en la fecha por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolucion Administrativa de Vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso que en el dia el suscrito, en su calidad de Presidente encargado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, entregue el cargo en el modo y forma de ley al Presidente titular, Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz. Que estando a lo precedentemente dispuesto, corresponde a este Despacho, dar estricto cumplimiento a lo ordenado por el Superior Jerarquico, en la forma y modo indicados; por lo que en aplicacion de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OFICIALIZAR la incorporacion del Senor Vocal Superior Titular MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Fiscal de la Nacion, de la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, de la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal y del referido Magistrado, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 234861-1

Conforman la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de MORDAZA, de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 251-2008- P- CSJLI/PJ MORDAZA, 6 de agosto del 2008

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.