Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2008 (30/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES

378951

CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 777-2007MTC/28, modificada por Resolucion Directoral Nº 08012007-MTC/28, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 03-2007-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora y por television, en las modalidades educativa y comercial en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra la banda de UHF en la localidad de MORDAZA, departamento de Cajamarca; Que, los dias 19 de marzo y 01 de MORDAZA de 2008, se llevaron a cabo los Actos Publicos de MORDAZA de Sobres Nºs. 1, 2, 3 y 4, y Apertura de Sobres Nºs. 1 y 2, asi como de Apertura de los Sobres Nºs. 3 y 4, y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 03-2007-MTC/28, otorgandose la Buena Pro para la autorizacion del servicio de radiodifusion educativa por television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, a la empresa RADIO TV. REAL E.I.R.L., conforme se verifica del Acta de los referidos Actos Publicos; Que, el articulo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 2329-2008-MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que la empresa RADIO TV. REAL E.I.R.L. ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 03-2007MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 03-2007-MTC/28, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 209-2004-MTC/03 y la Resolucion Ministerial Nº 3582003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa RADIO TV. REAL E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion educativa por television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Cajamarca; de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad : RADIODIFUSION POR TELEVISION EN UHF MORDAZA : 51 BANDA: V Frecuencia : EN VIDEO: 693.25 MHz EN AUDIO: 697.75 MHz Finalidad : EDUCATIVA

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 78º 31' 16.22'' Latitud Sur : 07º 09' 08.11'' Planta Transmisora : MORDAZA Rural Alta (Oeste de Lucmacucho), distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 78º 32' 00.27'' Latitud Sur : 07º 08' 55.00'' MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 74 dBV/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares, se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y del permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 2°.- En caso que, con posterioridad al otorgamiento de la presente autorizacion, se verifique que la planta transmisora de la respectiva estacion radiodifusora, se encuentre dentro de las zonas de restriccion establecidas en el articulo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, la titular procedera a su reubicacion, salvo que cuente con el permiso de la autoridad competente de tratarse de los supuestos previstos en los numerales 1), 4), 5) y 6) del referido articulo. Articulo 3°.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual la titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (03) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, la titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente mencionadas y a merito del informe tecnico favorable, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a la expedicion de la respectiva Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorizacion, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica aprobado por el Ministerio. Articulo 5º.- Dentro de los tres (03) meses de entrada en vigencia de la presente autorizacion, la titular debera presentar los Estudios Teoricos de Radiaciones No Ionizantes, los cuales seran elaborados por persona inscrita en el Registro de Personas Habilitadas para elaborar dichos estudios, de acuerdo con las normas emitidas para tal efecto. Corresponde a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones aprobar los Estudios Teoricos de Radiaciones No Ionizantes que presente la titular de la presente autorizacion.

Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : OAS ­ 2V Emision : EN VIDEO: 5M45C3F EN AUDIO: 50K0F3E Potencia Nominal del : EN VIDEO: 500 W Transmisor EN AUDIO: 50 W Ubicacion de la Estacion: Estudio : Jr. El Comercio Nº 408, distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.