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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de agosto de 2008 378956 Doctor Segismundo León Velasco: Impuesto Aéreo US$ 30.25 Assiscard US$ 59.00Viáticos US$ 150.00Gastos de traslado US$ 50.00 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la O fi cialía Encargada del Servicio de los Órganos de Tratado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a los interesados, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOENRIQUE RODAS RAMÍREZ 244885-2 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Autorizan a procurador formular denuncia penal ampliatoria contra presunto responsable de la comisión de delito de estafa en agravio del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 920-2008-GG-PJ Lima, 21 de agosto de 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 2672- 2008- PP/PJ, de fecha 13 de Agosto del 2008; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el ver Ofi cio Nº 272-2008-J-OCMA/ PJ, la Vocal Supremo Jefe de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, puso en conocimiento de la Procuraduría Pública de este Poder del Estado, las denuncias interpuestas por los ciudadanos Mary Luz San Juan Bravo, José Antonio Quispe Quispe y Euder Gil Torres, quienes re fi eren haber sido víctimas del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa por parte del ciudadano señor Luis Alberto Espinoza Vidal, el mismo que venía, haciéndose pasar como integrante de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Que, el mencionado señor Luís Alberto Espinoza Vidal no ha tenido ni tiene vínculo laboral con la O fi cina de Control de la Magistratura, sin embargo para bene fi ciarse económicamente ha venido presentándose como funcionario de este Órgano de Control haciendo uso de una tarjeta personal; Que, al iniciarse ante la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, la Queja Nº 305-2008- OCMA-GD-EAM-MZ se remitieron los antecedentes al Ministerio Público a fi n de que se inicien las investigaciones correspondientes, investigación que lleva por número 255-08 y se tramita ante la Vigésima Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima; Que, al ser el Poder Judicial agraviado en los presuntos ilícitos penales denunciados ante el Ministerio Público, al haberse dañado el buen nombre y prestigio de este Poder del Estado tomándose el nombre de la O fi cina de Control de la Magistratura en un presunto delito de Estafa, corresponde autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que intervenga en su defensa y representación de acuerdo a sus atribuciones; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio, modi fi cado por el Decreto Ley Nº 17667 y en uso de las facultades conferidas por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 137-2008-P-PJ de fecha 1º de Julio del presente año; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para formular denuncia penal ampliatoria por los hechos cometidos en agravio de este Poder del Estado, denuncia comprendida en la Investigación Nº 255-08 que se tramita ante la Vigésima Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, la notifi cación de la presente resolución y la remisión de los actuados del caso a la Procuraduría Pública del Poder Judicial para las acciones correspondientes, con conocimiento de la O fi cina de Inspectoría General de este Poder del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General Poder Judicial 245428-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen que magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima que conocerán de casos aplicados con el Nuevo Código Procesal Penal, serán los que tengan la máxima capacitación en la materia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 323-2008-P-CSJLI-PJ Lima, 28 de agosto del 2008 VISTO Y CONSIDERANDO:Que la Comisión Distrital de Magistrados para la implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; designada mediante las Resoluciones Administrativas Nºs. 215 y 253-2008-P-CSJLI/PJ. de fechas 9 de julio y 7 de agosto del año en curso, acordó en reunión convocada en la fecha y presidida por el suscrito, establecer como política direccional en esta Corte Superior de Justicia, la máxima capacitación por parte de los Jueces y Vocales Superiores, para conocer los casos aplicados con el Nuevo Código Procesal Penal; en consecuencia, corresponde a este Despacho, o fi cializar el referido acuerdo, para los fi nes de su propósito. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OFICIALIZAR el acuerdo adoptado en la reunión de la fecha, por la Comisión Distrital de Magistrados para la implementación del Código Procesal