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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de diciembre de 2008 384498 En el artículo 4º DICE: Artículo 4º.- El regidor en mención deberá presentar un informe escrito y la rendición de cuentas correspondiente, dentro del plazo y bajo las reglas establecidas en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. En la rendición de cuentas, el monto de viáticos no deberá exceder los US$ 880.00, incluyendo gastos de instalación y traslado. DEBE DECIR: Artículo 4º.- El regidor en mención deberá presentar un informe escrito y la rendición de cuentas correspondiente, dentro del plazo y bajo las reglas establecidas en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. 286419-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de “Procedimiento para la supervisión de las instalaciones de distribución eléctrica por seguridad básica” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 657-2008-OS/CD Lima, 14 de noviembre de 2008 VISTO: El Memorando Nº GFE-1240-2008 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, la aprobación de la prepublicación del “Procedimiento para la supervisión de las instalaciones de distribucion eléctrica por seguridad pública”; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de carácter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a través de resoluciones; Que según lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 27699 – Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora; Que, el inciso e) del artículo 5º de la Ley Nº 26734 establece que OSINERGMIN tiene como función el fi scalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos eléctricos, por parte de empresas de otros sectores, así como de toda persona natural o jurídica de derecho público o privado; Que, OSINERGMIN mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2004-O/CD aprobó el “Procedimiento de fi scalización y Subsanación de defi ciencias en instalaciones de Media Tensión y Subestaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública”, el cual permitía identifi car las defi ciencias en las instalaciones de las redes de media tensión y subestaciones de distribución para su subsanación por parte de las concesionarias. Que, posteriormente, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 377-2006-OS/CD se aprobó el “Procedimiento para la supervisión y fi scalización de las instalaciones de baja tensión y de conexiones eléctricas por seguridad pública”, el cual tenía como objetivo identifi car las defi ciencias en las instalaciones de las redes de baja tensión y conexiones eléctricas para su subsanación por parte de las concesionarias.Que, si bien estos procedimientos han logrado reducir las situaciones de peligro en las instalaciones eléctricas, este organismo ha considerado conveniente unifi carlos a fi n de lograr una mejor labor de supervisión y fi scalización de la seguridad pública en las referidas instalaciones de distribución eléctrica; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8º y artículo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobación del Procedimiento antes mencionado se requiere su prepublicación en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalización Eléctrica. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la prepublicación del proyecto “Procedimiento para la supervisión de las instalaciones de distribucion eléctrica por seguridad pública”, cuyo texto forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Las sugerencias y observaciones serán recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o vía correo electrónico a seguridadpublica@osinerg.gob.pe, dentro de los quince (15) días calendario contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo PROYECTO PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LAS INSTALACIONES DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA POR SEGURIDAD PÚBLICA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS OSINERGMIN mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2004-O/CD aprobó el “Procedimiento de fi scalización y Subsanación de defi ciencias en instalaciones de Media Tensión y Subestaciones de Distribución Eléctrica por Seguridad Pública”, el cual permitía identifi car las defi ciencias en las instalaciones de las redes de media tensión y subestaciones de distribución para su subsanación por parte de las concesionarias. Posteriormente, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 377-2006-OS/CD se aprobó el “Procedimiento para la supervisión y fi scalización de las instalaciones de baja tensión y de conexiones eléctricas por seguridad pública”, el cual tenía como objetivo identifi car las defi ciencias en las instalaciones de las redes de baja tensión y conexiones eléctricas para su subsanación por parte de las concesionarias. Si bien es cierto que con estos procedimientos, OSINERGMIN ha logrado reducir las situaciones de peligro, se ha visto la conveniencia que, en uso de la Facultad Descargado desde www.elperuano.com.pe