Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2008 (04/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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documento que constituye una herramienta que permite orientar la ejecucion de los recursos y acciones orientadas al cumplimiento del fin primordial del Estado que es la proteccion de la MORDAZA de sus ciudadanos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-2008-MTC, de fecha de publicacion el 14 de agosto del 2008, se modifican los Decretos Supremos Nº 010-96-MTC y 0242001-MTC referente al Consejo Nacional de Seguridad Vial, los que seran encargados de promover y coordinar las acciones vinculadas a la seguridad vial en el Peru; disponiendo que en los Gobiernos Regionales se deben constituir los Consejo Regionales de Seguridad Vial (CORESEVI); Que, la Seguridad Vial, se MORDAZA en principios, normas y acciones cuya finalidad, es desarrollar en la persona en particular y en la comunidad en general aptitudes que le permitan actuar racional y responsablemente en el uso de las vias y medios de transporte; dentro de la politica de Seguridad Integral surge como respuesta a la problematica actual de la Circulacion Vial condicionado por el crecimiento de la poblacion, el incremento del MORDAZA Automotor y una inadecuada e insuficiente red vial, que genera en forma alarmante el creciente numero de accidentes de MORDAZA en el MORDAZA, con la consecuencia lamentable de perdidas de vidas humanas y bienes materiales; Que, MORDAZA, despues de MORDAZA, es la MORDAZA region mas poblada en nuestro MORDAZA y por ende no es ajena de las graves consecuencias de los accidentes de MORDAZA, siendo necesario la conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial cuyo objetivo es el de promover y difundir la seguridad vial en el ambito de su jurisdiccion, asi como combatir aquellas causas que generan las colisiones de transito; Que, el Consejo Regional de Seguridad Vial, debe estar integrado por la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, Direccion Regional de Educacion, Direccion Regional de Salud, Direccion Regional de trabajo y Promocion del Empleo, I Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru (en representacion del Ministerio del Interior), Municipalidad Provincial de MORDAZA, Municipalidad Provincial de Sechura, Municipalidad Provincial de Sullana, Municipalidad Provincial de Paita, Municipalidad Provincial de Talara, Municipalidad Provincial de Morropon, Municipalidad Provincial de Ayabaca y Municipalidad Provincial de Huancabamba; Que, la conformacion del Consejo Regional de Seguridad Vial propuesto, se enmarca dentro de las competencias Constitucionales de los Gobiernos Regionales de conformidad con el articulo 9º inciso g) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, que establece que los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios entre otras, la viabilidad y comunicacion; Que, asimismo el articulo 56º inciso a) de la Ley MORDAZA citada, establece como funcion especifica de los Gobiernos Regionales en materia de transporte, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la Region en conformidad con las politicas nacionales y de los planes sectoriales; Que, MORDAZA estas consideraciones, resulta imprescindible la conformacion en la Region MORDAZA del Consejo Regional de Seguridad Vial que sera el encargado de elaborar el Plan Regional de Seguridad Vial en MORDAZA con el Plan Nacional de Seguridad Vial y ejecutarlos en el ambito del Gobierno Regional MORDAZA, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por el Consejo Regional de Seguridad Vial; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 011-2008, de fecha 20 de noviembre del 2008, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE CONFORMA EL CONSEJO REGIONAL DE SEGURIDAD VIAL ­ CORESEVI EN EL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- Conformar el Consejo Regional de Seguridad Vial ­ CORESEVI, del Pliego 457 Gobierno

Regional MORDAZA, de conformidad a lo normado en el Decreto Supremo Nº 023-2008-MTC; el mismo que estara integrado por las siguientes entidades miembros: 1. Presidente Regional, quien lo presidira; 2. Director Regional de Transporte y Comunicaciones; 3. Director Regional de Educacion; 4. Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo; 5. Director Regional de Salud; 6. Jefe I Direccion Territorial de la Policia Nacional del Peru Piura; 7. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Piura; 8. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Sechura; 9. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Sullana; 10. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Paita; 11. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Talara; 12. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Ayabaca; 13. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Morropon; 14. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huancabamba; En caso de ausencia del Titular de la Entidad, este designara a su representante mediante la Resolucion correspondiente. Articulo Segundo.- El Consejo Regional de Seguridad Vial ­ CORESEVI, del Pliego 457 Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 023-2008-MTC, contara con una Secretaria Tecnica dependiente del Presidente del Consejo Regional de Seguridad Vial, con autonomia tecnica, economica y financiera, la que sera asumida por el Titular de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones en su calidad de Secretario Tecnico. Articulo Tercero.- La Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Seguridad Vial ­ CORESEVI, tendra las siguientes facultades: a. Ejecutar los acuerdos del Consejo Regional de Seguridad Vial. b. Coordinar con las diversas instituciones publicas y privadas, relacionadas a la problematica de la seguridad vial en la region, a fin de proponer acciones al Consejo Regional de Seguridad Vial. c. Elaborar y proponer el Reglamento Interno del Consejo Regional de Seguridad Vial, para su aprobacion. d. Implementar e Impulsar Programas de Educacion, Sensibilizacion y Difusion, buscando despertar en el publico usuario una cultura vial como medio de instinto de autoproteccion y prevencion ademas de combatir a traves de los medios de difusion masiva las causas que generan las colisiones viales. e. Promover y desarrollar investigaciones en materia de seguridad vial. f. Supervisar el correcto acondicionamiento de la infraestructura vial; semaforizacion y senalizacion vertical y horizontal, dispositivos de contencion y otros. g. Elaborar los Planes Regionales de Seguridad Vial y los Planes Anuales, dando cuenta al Consejo Nacional de Seguridad Vial. h. Celebrar Convenios con entidades publicas y privadas; nacionales y extranjeras, para la realizacion de acciones en los Programas de Seguridad Vial que contribuyan a los fines del Consejo Regional de Seguridad Vial. i. Promover y Organizar eventos de capacitacion en seguridad vial, tales como: talleres, cursos, congresos y otros, asi como la realizacion de campanas que promuevan la seguridad vial. j. Propiciar reuniones participativas con todas las entidades miembros y otras entidades especializadas, para entablar enfoques de analisis y consensos con propuestas para elaborar el Plan Regional de Seguridad Vial y puesta en ejecucion con la coordinacion y asesoramiento del Consejo Nacional de Seguridad Vial. k. Fortalecer el accionar de los inspectores de transportes del servicio interprovincial, MORDAZA e interurbano de transporte terrestre de pasajeros asi como el accionar de los miembros de la Policia Nacional para un mejor control y fiscalizacion en salvaguarda de la integridad fisica de los pasajeros.

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