Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2008 (23/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Nº 6 7 8 Actividad Publicacion de resultados de la Fase I Aplicacion de Prueba Regional - Fase II Fecha Hasta el 30 de marzo 2009 2 de MORDAZA de 2009 3 de MORDAZA de 2009 Hasta el 4 de MORDAZA de 2009 Hasta el 10 de MORDAZA 2009

NORMAS LEGALES
Responsable MED/DESP DRE/Comision Regional DRE/Comision Regional DRE/Comision Regional MED/DRE

El Peruano MORDAZA, martes 23 de diciembre de 2008

Ingreso de los resultados de la Fase II, a la Base de Datos del MED. Envio de los resultados de la Fase II 9 al MED Publicacion de resultados finales de los 10 ingresantes por Institucion Superior de Formacion Docente

Articulo 2º.- Para los postulantes a las Instituciones Superiores de Formacion Docente que se encuentran en contextos interculturales bilingues, el Ministerio de Educacion aplicara una Prueba Nacional de Capacidades y Conocimientos Generales Basicos teniendo en cuenta las caracteristicas especificas de su entorno socio cultural, educativo y geografico. La prueba mantendra el mismo nivel de exigencia academica, en el MORDAZA de los criterios y contenidos establecidos por Resolucion Ministerial Nº 0468-2007-ED. Articulo 3º.- Disponer que las Direcciones Regionales de Educacion, las Escuelas Nacionales Superiores de Formacion Artistica, los Institutos Superiores Pedagogicos, las Escuelas Superiores de Formacion Artistica y los Institutos Superiores que forman en carreras docentes, publicos y privados, den estricto cumplimiento, bajo responsabilidad, al cronograma aprobado por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Educacion Superior y Tecnico Profesional 293969-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Aprueban Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009 - 2018 y conforman Comision Multisectorial Permanente encargada de su monitoreo y seguimiento
DECRETO SUPREMO Nº 007-2008-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006MIMDES, se declaro al periodo 2007-2016, como el "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru"; que, el citado Decreto Supremo establece en su articulo 1º la obligacion de todos los sectores y niveles de gobierno de impulsar programas, proyectos y acciones encaminadas a alcanzar la inclusion y la participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la Sociedad; Que, asimismo, en el Articulo 3º del citado Decreto Supremo se dispuso que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, a traves del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad CONADIS, en coordinacion con los Ministerios de Trabajo y Promocion del Empleo, de Salud y de Educacion, formulara el "Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2007 - 2016", contando con la participacion activa de las organizaciones de personas con discapacidad en el diseno, ejecucion y monitoreo del Plan de Igualdad de Oportunidades mencionado; Que, con Decreto Supremo Nº 007-2007-MIMDES se constituye la Comision Multisectorial encargada de la formulacion del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2007 - 2016; presidida por

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la Viceministra de la Mujer del MIMDES, entidad publica encargada de proponer politicas sociales dirigidas a lograr la igualdad de oportunidades para las poblaciones mas vulnerables y en grave riesgo social; Que, con documento denominado Informe Final, la citada Comision Multisectorial elevo la propuesta del "Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2007 - 2016" para su respectiva aprobacion, a efecto de poder exigir su efectivo cumplimiento a favor de las personas con discapacidad; Que, asimismo, la referida Comision Multisectorial ha propuesto que se conforme una Comision Multisectorial que se encargue del seguimiento y monitoreo de las acciones propuestas en el "Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2007 - 2016", a fin de lograr su implementacion por parte de cada uno de los sectores involucrados; Que, mediante la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad, se ha dispuesto que el CONADIS es la entidad encargada de formular politicas para la prevencion, atencion e integracion social de las personas con discapacidad; Que, en tal sentido, el CONADIS, a traves del INFORME Nº 0164-2008-OAJ/CONADIS, ha emitido opinion favorable respecto a la constitucion de una Comision Multisectorial que se encargue del seguimiento y monitoreo de las acciones propuestas en el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad; precisando, mediante el INFORME Nº 2052008-OAJ/CONADIS, la naturaleza permanente que le corresponde; Que, con la finalidad de dar cumplimiento efectivo al Decenio otorgado por el Poder Ejecutivo para la implementacion del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, mediante INFORME Nº 0215-2008-OAJ/CONADIS, el CONADIS ha emitido opinion favorable respecto a la necesidad de que el referido Plan comprenda el periodo 2009-2018, por lo que resulta necesario aprobar el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009 - 2018; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad; la Ley Nº 27793 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0112004-MIMDES; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- De la aprobacion del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009 - 2018 Apruebase el "Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009 - 2018", orientado a contribuir con la mejora de la calidad de MORDAZA de la poblacion con discapacidad por medio de la prevencion, atencion preferente, adopcion de acciones afirmativas y el fortalecimiento y la ampliacion de los servicios existentes, facilitando su acceso, calidad y cobertura, el mismo que en anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la ejecucion del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009 - 2018 Los sectores que participaron en la elaboracion del Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad y los representantes del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Ministerio de Economia y Finanzas, adoptaran las medidas necesarias para su cumplimiento. Articulo 3º.- De la constitucion de la Comision Multisectorial Permanente Constituyase la Comision Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y monitoreo de las acciones senaladas en el "Plan de Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad 2009 - 2018" con la finalidad de lograr su implementacion por parte de los sectores involucrados. Esta Comision estara adscrita al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.

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