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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de diciembre de 2008 385763 - Complementariamente se abrió un formulación mediante la página web del MIMDES para recibir los aportes a nivel nacional - Asimismo se envió a las 200 organizaciones invitadas la matriz elaborada como resultado de los seis talleres naciones efectuado durante el primer semestre del 2007. - La Dirección General de la Persona con Discapacidad dispuso un equipo de tres especialistas dedicados para la asesoría de los representantes electos a fi n de que los apoye para la elaboración de su propuesta. - Se ha prestado apoyo logístico para el traslado de los representes a la ciudad de Lima. Finalmente el 18 de diciembre se realizó el último taller Plan de Igualdad de Oportunidades Compromiso de Todos el día 18 de diciembre en el Provincia Constitucional del Callao con la asistencia de 125 personas, entre ellos muchos dirigentes de federaciones y asociaciones de personas con discapacidad. IV. POLÍTICAS PÚBLICAS NACIONALES EN DISCAPACIDAD La formulación de políticas públicas en discapacidad debe considerar el conocimiento de las diferentes tipologías de discapacidad conocidas: locomoción, mental e intelectual, sordoceguera, visual, auditiva, multidiscapacidad, entre otras con la fi nalidad de establecer efi cientes alternativas consensuadas en su benefi cio. Por otra parte, para plantear alternativas desde el enfoque normativo, el Estado Peruano debe ser coherente con todos sus compromisos asumidos a nivel internacional. Asimismo, el Estado, en el marco del proceso de descentralización, viene diseñando políticas focalizadas y adaptadas a realidades contextualizadas. Los Gobiernos Regionales y Locales, al asumir las competencias delegadas por los diferentes sectores, adquieren protagonismo a través del diseño, ejecución y monitoreo de sus Políticas de desarrollo regional y local que incluyan transversalmente la temática discapacidad. V. DISCAPACIDAD EN CIFRAS Para el diseño e implementación de políticas públicas y el desarrollo de programas que buscan lograr equidad de oportunidades y cerrar las brechas de la exclusión, se hace necesaria información estadística del tema planteado, no obstante los problemas en el levantamiento de la información en el tema discapacidad, el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, a través de la Encuesta Nacional Continua (ENCO) para el año 2006, reveló cuántos peruanos con discapacidad hay en el país, que tipo de discapacidad los afecta, así como las diferencias debidas a la edad, género, lugar de residencia, nivel educativo entre otros. Los resultados anuales de la Encuesta Nacional Continua (ENCO) para el año 2006, muestran que en el Perú el 8,4% de la población presenta algún tipo de discapacidad, esto signifi ca que ocho de cada 100 personas a nivel nacional declaran tener al menos una discapacidad. Según la ENCO, la presencia de alguna discapacidad es mayor en el área urbana con 8,9% que en el área rural con 6,9%, siendo en general las mujeres, tanto del área urbana como de la rural las que reportan mayores tasas de discapacidad. Tomando en cuenta el tipo de discapacidad, la de mayor prevalencia es la visual con 4,5%, seguida de la motora con 2,7% y la auditiva con 2,2%. La discapacidad menos prevalente se da en la del habla y de la comunicación que reportan 0,7% y 0,6%, respectivamente. A nivel nacional los departamentos que muestran mayor prevalencia de personas con discapacidad son Lima Metropolitana y Lima Provincias con 11,7% cada uno, Arequipa con 10,4% y Pasco con 10,3%. Entre los que tienen menor tasa de discapacidad se encuentran Tumbes con 3,4%, Madre de Dios con 2,6% y Lambayeque con 2,2%. Analizando por tipo de discapacidad, tenemos que en el caso de la discapacidad visual los departamentos que presentan las mayores tasas son Lima Provincias, Lima Metropolitana, Pasco y Ucayali con tasas de prevalencia de 7,4%, 6,7%, 5,8% y 5,7%, respectivamente. Muy por el contrario los departamentos cuyas poblaciones reportan menores problemas de visión son Lambayeque, Madre de Dios y Tumbes, con tasas de 0,5%, 0,8% y 1,1%, respectivamente. En la discapacidad auditiva, los departamentos que albergan mayor número de personas con esta discapacidad son Arequipa con 4,0%, Cusco con 3,7%, Moquegua con 3,0% y Lima Metropolitana con 2,9%. Los departamentos de Lambayeque con 0,4%, Madre de Dios con 0,5% y Loreto con 0,6% son los que tienen una discapacidad auditiva. La discapacidad motora o la limitación en el uso de extremidades superiores e inferiores se da en mayor medida en los departamentos de Moquegua con 4,9%, Arequipa con 4,1% y Cusco con 3,5%. En contraposición, los departamentos de Lambayeque, Madre de Dios y Loreto muestran las tasas más bajas 0,9%, 1,0% y 1,3%, respectivamente. Cabe resaltar que para el caso de la discapacidad mental, que se refl eja en la limitación para el aprendizaje y entendimiento, los departamentos de Pasco con 2,3%, Moquegua con 1,9%, Lima Provincias con 1,7% e Ica con 1,6%, presentan tasas por encima del promedio que es 1,1%. En la discapacidad del habla y de la comunicación se observa una distribución más homogénea donde las tasas fl uctúan entre 0,3% y 1,0% Estas estadísticas contribuyen a identifi car problemas y priorizar acciones orientadas a la satisfacción de necesidades defi nidas en el presente Plan de Igualdad de Oportunidades. VI. MARCO NORMATIVOLos derechos de las personas con discapacidad son reconocidos en el sistema universal de protección de los derechos humanos mediante instrumentos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1969), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), la Convención contra la Tortura y Otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes (1987), y la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006). La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por el Estado Peruano, a través de la Resolución Legislativa N° 29127, deja de lado la tradicional visión médica e individualista de la discapacidad y promueve el cambio en la comprensión y percepción de su naturaleza, promoviendo un enfoque social y de derechos. Una vez en vigor, la citada convención dotará al derecho internacional de un instrumento jurídicamente vinculante para que los gobiernos introduzcan gradualmente cambios en sus legislaciones para el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad; sin embargo, esta convención no sólo implica la elaboración de leyes y medidas sino, que promueve un cambio cultural en el medio social, respecto del trato para con ellos, por lo que nuestra sociedad debe reconocer a la persona con discapacidad en condiciones igualitarias de derechos reemplazando enfoques asistencialistas. Otros instrumentos normativos, como la Carta Andina para la promoción y Protección de los Derechos Humanos mediante la cual el Perú expresa su compromiso de respetar los derechos contenidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Impedidos (1975), la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con Discapacidad (1999), entre otros, tienen como objetivo proteger los derechos de las personas con discapacidad y promover la adopción de medidas que garanticen el goce de sus derechos humanos y la responsabilidad de los Estados de garantizar el ejercicio de los mismos. Nuestra legislación nacional ha recogido los principios expresados en los instrumentos internacionales acotados, así tenemos que la Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 7 el derecho de la persona con discapacidad al respeto de su dignidad y al goce de un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Igualmente los artículos 2 (inc.2), 23, 26 (inc.1) Descargado desde www.elperuano.com.pe