Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2008 (31/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 137

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

387335

Las empresas del sistema financiero y las empresas que realicen operaciones de seguros supervisadas por la SBS podran resumir la informacion de las cuentas por cobrar cuyos saldos MORDAZA menores a tres (3) UIT, debiendo mantener el detalle de dicha informacion en un reporte auxiliar que podra ser legalizado. (...)

(iv) Descripcion de la obligacion. (v) Fecha de emision del comprobante de pago o fecha de inicio de la operacion, salvo que presenten la informacion conforme a lo senalado en el parrafo siguiente. (vi) Monto pendiente de pago al tercero. (vii) Saldo Total pendiente de pago. Cuando la informacion sea resumida por cada uno de los terceros, el deudor tributario debera tener el detalle de dicha informacion en un reporte auxiliar que podra ser legalizado. Las empresas del sistema financiero supervisadas por la SBS podran resumir la informacion de las cuentas por cobrar cuyos saldos MORDAZA menores a tres (3) UIT, debiendo mantener el detalle de dicha informacion en un reporte auxiliar que podra ser legalizado. (...) q) FORMATO 3.17: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES ­ BALANCE DE COMPROBACION" (i) Codigo de la cuenta contable desagregado al nivel de digitos a que se refiere el literal b) del articulo 6° de la presente Resolucion. (ii) Denominacion de la cuenta contable desagregada al nivel de digitos a que se refiere el literal b) del articulo 6° de la presente Resolucion. (...)" Articulo 3°.- Del Libro Diario de Formato Simplificado Incorporase el inciso 5-A al articulo 13° de la Resolucion de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y modificatoria por el texto siguiente: "Articulo 13°.- DE LA INFORMACION MINIMA Y LOS FORMATOS (...) 5-A. LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO a) Se debera incluir mensualmente la siguiente informacion: (i) Numero correlativo o codigo unico de la operacion. (ii) Fecha o periodo de la operacion. (iii) Glosa o descripcion de la operacion. (iv) Cuentas de acuerdo al Plan Contable General vigente. (v) Totales. b) Se empleara el FORMATO 5.2: "LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO". Articulo 4°.- De la descripcion del activo fijo en el Registro de Activos Fijos Sustituyase el acapite (iii) de los incisos a) y b) del numeral 7.3 del articulo 13° de la Resolucion de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT, por los textos siguientes: "Articulo 13°.- DE LA INFORMACION MINIMA Y LOS FORMATOS (...) 7. REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS (...) 7.3 La informacion minima a ser incorporada en cada formato, sera la siguiente: a) FORMATO 7.1: "REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS ­ DETALLE DE LOS ACTIVOS FIJOS" (...) (iii) Descripcion del activo fijo. El deudor tributario opcionalmente podra incluir en este concepto la MORDAZA, el modelo y el numero de serie y/o placa del activo fijo,

f) FORMATO 3.6: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES ­ DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 19 ­ PROVISION PARA CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA" (i) MORDAZA de documento de identidad del deudor (segun tabla 2). (ii) Numero del documento de identidad del deudor. (iii) Apellidos y Nombres, Denominacion o Razon Social del deudor. (iv) Numero del documento que origino la Cuenta por Cobrar provisionada. (v) Fecha de emision del comprobante de pago o fecha de inicio de la operacion. (vi) Monto de cada provision del deudor. (vii) Monto Total provisionado.

Los deudores tributarios que realicen operaciones de seguros supervisados por la SBS podran sustituir el presente formato por los reportes que esten obligados a presentar a la SBS, en la medida que estos contengan toda la informacion requerida en este Formato. (...) k) FORMATO 3.11: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES ­ DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 41 ­ REMUNERACIONES POR PAGAR" (i) Codigo de la cuenta contable desagregado al nivel de digitos a que se refiere el literal b) del articulo 6° de la presente Resolucion. (ii) Denominacion de la cuenta contable desagregada al nivel de digitos a que se refiere el literal b) del articulo 6° de la presente Resolucion. (...) (vii) Saldo final y detalle de la cuenta hasta la cantidad de digitos en que se hubiere desagregado. l) FORMATO 3.12: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES ­ DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 42 ­ PROVEEDORES" (i) MORDAZA de documento de identidad del proveedor (segun tabla 2). (ii) Numero del documento de identidad del proveedor. (iii) Apellidos y Nombres, Denominacion o Razon Social del proveedor. (iv) Monto de cada Cuenta por Pagar al proveedor, salvo que presenten la informacion conforme a lo senalado en el parrafo siguiente. (v) Saldo Final Total de la Cuenta por pagar. (vi) Fecha de emision del comprobante de pago. Cuando la informacion sea resumida en funcion de cada uno de los proveedores, el deudor tributario debera tener el detalle de dicha informacion en un reporte auxiliar que podra ser legalizado. Las empresas del sistema financiero supervisadas por la SBS podran resumir la informacion de la cuenta Proveedores cuyos saldos MORDAZA menores a tres (3) UIT, debiendo mantener el detalle de dicha informacion en un reporte auxiliar que podra ser legalizado. m) FORMATO 3.13: "LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES ­ DETALLE DEL SALDO DE LA CUENTA 46 ­ CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS" (i) MORDAZA de documento de identidad del tercero (segun tabla 2). (ii) Numero del documento de identidad del tercero. (iii) Apellidos y Nombres, Denominacion o Razon Social de terceros.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.