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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de enero de 2008 363670 Encárgase al Tribunal Supremo Militar Policial, dentro de los ciento veinte (120) días siguientes a su instalación, aprobar los reglamentos que requiera el funcionamiento del Fuero Militar Policial. Éstos serán aprobados por acuerdo de Sala Plena. CUARTA.- Norma transitoria para ascensosEn tanto se apruebe el reglamento a que se refi ere el artículo 39º, se aplican las normas vigentes sobre ascensos de ofi ciales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. TÍTULO XIII DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA ÚNICA.- Centro de Altos Estudios de Justicia Militar El Centro de Altos Estudios de Justicia Militar, creado por la Ley Nº 26677, es un órgano desconcentrado del Fuero Militar Policial. Depende del Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial. Capacita y perfecciona a los miembros del Cuerpo Jurídico Militar Policial. Su reglamento será aprobado por acuerdo de Sala Plena. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.- Derogación de la Ley Nº 28665Deróganse la Ley Nº 28665 y las normas legales y administrativas que se oponen a la presente Ley o limitan su aplicación. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Vigencia de la LeyLa presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil siete. LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRREPresidente del Congreso de la República MARTHA MOYANO DELGADO Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de enero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 150764-2 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 29183 LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 24837, QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DOÑA BERTHA ALFARO ROSAS Artículo único.- Corrección de error material El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1) del artículo 102º de la Constitución Política del Perú y en el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, ha resuelto rectifi car el error material contenido en el numeral 1 de la Resolución Legislativa Nº 24837, que Concede Pensión de Gracia a doña Bertha Alfaro Rosas, en los siguientes términos: “1.-A doña BERTHA LILA ALFARO ROSAS, en su condición de madre de quien en vida fue don Rodolfo Lazo Alfaro, integrante de la delegación del Club Alianza Lima, quien falleciera en el lamentable accidente aéreo ocurrido el día 8 de diciembre de 1987 (...)” Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de enero de dos mil ocho. LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la República MARTHA MOYANO DELGADO Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 10 de enero de 2008.Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 150764-3 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 29184 LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 24853, QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DOÑA MARÍA LIMO DE ALARCÓN Artículo único.- Corrección de error material El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el numeral 1) del artículo 102º de la Constitución Política del Perú y en el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, ha resuelto rectifi car el error material contenido en el numeral 1 de la Resolución Legislativa Nº 24853, que Concede Pensión de Gracia a doña María Limo de Alarcón, en los siguientes términos: “1.-A doña MARÍA LUISA LIMO RODRÍGUEZ VDA. DE ALARCÓN, cónyuge supérstite de quien en vida fue don Samuel Alarcón Valverde, árbitro de fútbol, que falleciera en el lamentable accidente aéreo ocurrido el día 8 de diciembre de 1987 (...)” Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de enero de dos mil ocho.