Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2008 (11/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de enero de 2008

Pliegos Presupuestarios aprueben las modificaciones presupuestarias, en el nivel funcional programatico del mes de enero a que hace referencia el numeral 9.1 del articulo 9° de la Ley N° 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008. Articulo 2°.- Establecer el veintiuno (21) de enero de 2008 como plazo MORDAZA para la MORDAZA a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico de las solicitudes de informe favorable a que hace referencia el numeral 9.1 del articulo 9° de la Ley N° 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008. Articulo 3º.- Los Pliegos para sustentar sus requerimientos de informe favorable que corresponde emitir a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico para la habilitacion del Grupo Generico de Gasto 1. Personal y Obligaciones Sociales, deben emitir obligatoriamente la documentacion sustentatoria siguiente: · Informe Tecnico de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, que precise el motivo y sustento por el cual se solicita dicha habilitacion, conteniendo la opinion favorable expresa de la mencionada oficina. · La proyeccion de gasto mensual del Grupo Generico de Gasto 1. Personal y Obligaciones Sociales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico 150321-1

EDUCACION
Aprueban donacion que sera destinada a la reconstruccion de escuelas y planteles educativos afectados por terremoto ocurrido el 15 de agosto de 2007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0553-2007-ED MORDAZA, 28 de diciembre de 2007 Visto, el Memorando Nº 419-2007-DM/SG, el Informe Nº 499-2007-ME/SPE-UP, el Memorando Nº 1063-2007/ ME/SG-OAJ y demas documentos que se acompanan y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 69º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad, debiendo consignar la fuente donante y el destino de estos fondos publicos, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano cuando el monto de la donacion supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Memorando Nº 1047-2007-ME/SG-OGA/ UAF, el Jefe de la Oficina de Administracion remite al Jefe del Area de Tesoreria, el giro Nº 5047433 del Banco Santander Serfin S.A. por un monto ascendente a US $ 700.000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Dolares Americanos), emitido por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion Secretaria de Finanzas de Mexico D.F. Que, mediante Recibo de Ingresos Nº 0170 de fecha veintisiete de agosto de 2007, se registra en MORDAZA la recepcion del giro Nº 5047433 del Banco Santander Serfin S.A. por US $ 700.000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Dolares Americanos); Que, mediante Informe Nº 814-2007-T, el Director del Sistema Administrativo I, en su calidad de Tesorero

comunica el deposito efectuado en la Cuenta Corriente del Banco de Credito Nº 193-1622580-0-96 correspondiente a la Unidad Ejecutora 108, equivalente a S/ 2'106,804.35 (Dos Millones Ciento Seis mil ochocientos cuatro y 35/100 Nuevos Soles) correspondiente a la donacion de US $ 700.000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Dolares Americanos) efectuada por Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion - Secretaria de Finanzas de Mexico D.F.; Que, la aceptacion de dicha donacion debe ser formalizada mediante la expedicion de la Resolucion Ministerial correspondiente, a fin de destinar el monto donado a la reconstruccion de escuelas y planteles educativos de los ninos afectados por el terremoto ocurrido el 15 de agosto del presente ano; Que, el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto Inicial, son aprobados mediante resolucion del Titular de la Entidad cuando provienen de las MORDAZA de financiamiento distintas a los Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Credito que se produzcan durante el ano fiscal; Que, es necesario incorporar un Credito Suplementario en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion correspondiente a la citada donacion dineraria, hasta por la suma de DOS MILLONES CIENTO SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'106,805.00) en la fuente de financiamiento 4: Donaciones y Transferencias, segun se detalla en el Anexo Nº 2 que forma parte de la presente Resolucion; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y normas modificatorias, y el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la donacion dineraria ascendente a US $ 700.000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Dolares Americanos), efectuada por Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion - Secretaria de Finanzas de Mexico D.F. a favor del Ministerio de Educacion, monto equivalente a S/ 2'106,804.35 (Dos Millones Ciento Seis mil ochocientos cuatro y 35/100 Nuevos Soles), que sera destinado a la reconstruccion de escuelas y planteles educativos de los ninos afectados por el terremoto ocurrido el 15 de agosto del presente ano. Articulo 2º.- Agradecer al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion - Secretaria de Finanzas de Mexico D.F, la importante contribucion efectuada al Ministerio de Educacion. Articulo 3º.- El Viceministro de Gestion Institucional suscribira el Acta de Entrega Recepcion de la donacion dineraria que se acepta mediante la presente Resolucion y que hace entrega el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion - Secretaria de Finanzas de Mexico D.F. Articulo 4º.- Autorizar la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion para el Ano Fiscal 2007, hasta por la suma de DOS MILLONES CIENTO SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2'106,805.00) provenientes de la donacion a que se refiere el articulo primero de la presente resolucion, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 5º.- La Unidad de Presupuesto instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito, para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 6º.- La Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa PLANMED, en el MORDAZA de sus funciones, efectuara los ajustes pertinentes a los Planes Operativos de los organos involucrados, como consecuencia de las modificaciones propuestas.

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