Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2008 (07/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2008

Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa ORBCOMM PERU S.A., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio movil por satelite. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa ORBCOMM PERU S.A., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones encargado de las funciones de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion y la MORDAZA de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 161136-1

Reclasifican la jerarquia de la Carretera MORDAZA - Caraveli a la Red Vial Departamental o Regional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 131-2008 MTC/02 MORDAZA, 4 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicacion del referido Reglamento, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado, son: (a) el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, a cargo de la Red Vial Nacional; (b) los Gobiernos Regionales, a cargo de su respectiva Red Vial Departamental o Regional y (c) los Gobiernos Locales, a cargo de su respectiva Red Vial Vecinal o Rural; Que, de conformidad al numeral 10.2 del articulo 10º del Reglamento mencionado, las autoridades competentes establecidas en el articulo 6 del referido Reglamento podran proponer de comun acuerdo la reclasificacion de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ambito de su jurisdiccion, con el correspondiente sustento tecnico y en concordancia con los criterios del articulo

8 del mismo, la cual sera aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, asimismo, el articulo 9º del citado Reglamento, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en aplicacion a los criterios establecidos en el articulo 8 del referido Reglamento, considerando para tales efectos la informacion que proporcionen las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6 del Reglamento mencionado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2007-MTC del 27 de setiembre de 2007 que aprobo la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), se clasifico a la Carretera MORDAZA ­ Caraveli en la jerarquia de Red Vial Nacional con el Codigo PE 1SE Trayectoria: Emp. PE ­ 1S (Pte Atico) ­ MORDAZA ­ Reparticion ­ Caraveli; Que, mediante Oficio Nº 5846-2007-GRA/PR del 27 de diciembre de 2007, el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA solicita que la Carretera MORDAZA ­ Caraveli sea reclasificada a la jerarquia de Red Vial Regional o Departamental, toda vez que dicha via no forma parte de los principales ejes longitudinales o transversales, que constituyen la base del Sistema Nacional de Carreteras, en la medida que no interconecta capitales de departamento, ni a los principales centros de produccion con los principales centros de consumo, no soporta regularmente MORDAZA de larga distancia nacional o internacional y no articula puertos y/o aeropuertos, ni vias ferreas de nivel nacional o internacional. Por ello, consideran que dicha carretera se encuentra dentro de los criterios de clasificacion para ser considerada como parte de la via regional o departamental, toda vez que facilita principalmente el transporte de personas y el intercambio comercial a nivel departamental. Asimismo, senala que interconecta capitales de distritos pertenecientes a una provincia permitiendo la conformacion de circuitos con otras carreteras departamentales; Que, mediante Informe Nº 012-2008-MTC/14.07, la Direccion de Caminos, senala que la Ruta PE-1SE que va desde el Empalme con la Panamericana Sur (Pte. Atico) hasta Caraveli en la Region de MORDAZA, es una carretera que no esta interconectada con carreteras contiguas de la Red Vial Nacional, senalando que recorre paralela al rio MORDAZA en sus primeros 43 km., llegando hasta el punto alto denominado MORDAZA Alto Calpa en el Km. 62+500 y desde ese punto entra al MORDAZA de MORDAZA, llegando a la MORDAZA de Caraveli en el Km. 75+00, senalando que en su trayecto no hay punto de empalmes con rutas nacionales, siendo una via mayormente afirmada de ancho variable de 4.00 m a 7.00 m, indicando que el cambio de jerarquia de nacional a regional de esta ruta no implica una discontinuidad en la red de carretas nacionales localizadas en la Region de MORDAZA, por lo que considera que lo solicitado por el Presidente Regional de MORDAZA resulta viable, recomendando se efectue el cambio de jerarquia de la carretera MORDAZA ­ Caraveli de Nacional a Ruta Regional o departamental con el codigo Ruta Nº AR-116 Trayectoria: Emp. PE-1S (Pte Atico) ­ MORDAZA ­ Reparticion ­ Caraveli; Que, con Memorandum Nº 0185-2008-MTC/14, el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, solicita se expida la Resolucion Ministerial que reclasifica la jerarquia de la Carretera MORDAZA ­ Caraveli a la Ruta Regional o Departamental; Que, en consecuencia, considerando el MORDAZA legal MORDAZA citado resulta necesario reclasificar la jerarquia de la carretera mencionada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reclasificar la jerarquia de la Carretera MORDAZA ­ Caraveli a la Red Vial Departamental o Regional con el codigo siguiente

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