Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2008 (07/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

366093

El regimen de excepcion comprende a las deudas tributarias y deudas no tributarias generadas hasta el 31 de diciembre de 2007, en cualquier instancia administrativa o judicial. Articulo 2º.- DEUDAS MATERIA DE ACOGIMIENTO Y FORMA DE PAGO. La deuda materia del acogimiento se podra pagar de la siguiente forma: 1.- En caso de Arbitrios Municipales
Arbitrios Pago al Contado Pago Fraccionado Deuda Generada desde Condonacion del 100% Condonacion del 100% del el 1 de enero del 2002 del monto insoluto e monto insoluto e intereses hasta el 31 de diciembre intereses de los anos de los anos 2002 y 2003, de 2007 2002, 2003 y 2004. fraccionamiento hasta en 6 cuotas, con interes de fraccionamiento

acogerse al beneficio de la presente Ordenanza, siempre que se desistan de sus recursos presentados. Articulo 7º.- DE LAS DEUDAS TRIBUTARIAS EN PROCEDIMIENTO COACTIVO Frente al pago al contado del total de la deuda que se encuentra en cobranza coactiva se exonera del pago del 100% de las costas y gastos administrativos y se procedera a suspender el procedimiento; en caso que el pago sea fraccionado se pagara el 30% de las costas y gastos administrativos, MORDAZA de que el contribuyente suscriba el convenio de fraccionamiento. Articulo 8º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia, a partir del dia siguiente de su publicacion y vence el 29 de febrero de 2008. Vencido el plazo se procedera a ejecutar la cobranza del total de la deuda. Articulo 9º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no seran materia de devolucion o compensacion alguna. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA que mediante decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias y/o Reglamentarias, incluyendo la ampliacion de la vigencia del beneficio de la presente ordenanza, de ser necesaria la misma. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administracion tributaria, Gerencia de Administracion, Gerencia de Informatica y Estadistica, Secretaria General el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 161478-1

2.- En caso de Impuesto Predial
Impuesto Predial Pago al Contado Pago Fraccionado Deudas generadas Condonacion del 100% Condonacion del 70% hasta el 31 de diciembre de interes Moratorio de interes Moratorio, de 2007 fraccionamiento hasta 6 cuotas, con interes fraccionamiento

3.- En caso de Multas Administrativas
Multas Pago al Contado Pago Fraccionado Administrativas Multas Administrativas 30% de la deuda 30% de la deuda previo emitidas hasta el 31 (sin costas ni gastos pago del 30% de las costas de diciembre de 2007, administrativos). y los gastos administrativos excepto las Multas por fraccionado en 6 cuotas. Habilitacion MORDAZA emitidas por GDU.

4.- Los Convenios de Fraccionamientos suscritos con anterioridad a la dacion de la presente ordenanza, seran tratados como tal, no siendo posible su reversion o renuncia, tan solo se le exonera el 100% del interes moratorio generado como consecuencia de vencimiento de pago, siempre y cuando realice la cancelacion de las cuotas vencidas. Articulo 4º.- Deudas de Fiscalizacion y Catastro Condonacion de los intereses respecto de las deudas derivadas del MORDAZA de fiscalizacion en caso de omisos y sub valuadores; y las generadas por Ficha Catastral. Articulo 5º.- ACOGIMIENTO A LA PRESENTE ORDENANZA El acogimiento a la presente MORDAZA se podra realizar de la siguiente manera: 1) Mediante el pago al contado: Se realizara en forma automatica a traves del pago de la deuda directamente en MORDAZA del palacio municipal y/o agencia municipal. En este caso, el pago registrado constituye la MORDAZA del acogimiento. 2) Mediante pago fraccionado: Conforme a lo establecido en las Ordenanzas 002-MDPP-03, 021MDPP-04 y 034-MDPP-04, que regulan el procedimiento de fraccionamiento. El acogimiento a la presente MORDAZA, en cualquiera de las formas senaladas en los numerales 1) y 2) del presente articulo, implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria o no tributaria. Articulo 6º.- DE LOS RECURSOS IMPUGNATORIOS EN TRAMITE Los contribuyentes que hayan presentado un recurso de reclamacion, reconsideracion, o apelacion, podran

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Otorgan beneficios extraordinarios por pronto pago
ORDENANZA Nº 240-MDSMP San MORDAZA de Porres, 31 enero del 2008 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 31.ENERO.2008, bajo la presidencia del senor MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el quorum reglamentario de los Senores Regidores, se trato sobre Ordenanza que otorga beneficios extraordinarios; y CONSIDERANDO: Que, en Sesion de la fecha se evaluo y debatio el proyecto de Ordenanza que otorga beneficios extraordinarios para los contribuyentes que hayan cumplido y se encuentren al dia en los pagos de sus tributos municipales, puesto que es politica del Gobierno Local reconocer e incentivar el cumplimiento voluntario y oportuno que demuestran en bien del desarrollo del distrito; Que, corresponde emitirse la respectiva Disposicion Municipal;

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