Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2008 (07/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, mediante Informe Nº 011-2008-GG-OLPBS/INC de fecha 28 de enero de 2008, la Oficina de Logistica y Produccion de Bienes y Servicios opina, de conformidad con el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que procede exonerar por servicios personalisimos el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - Ejercicio Presupuestal 2008, habiendose verificado que PRIORI & MORDAZA ABOGADOS S.C.R.L. cumple con el perfil y reune las condiciones requeridas por la Oficina de Asuntos Juridicos; Que, mediante Informe N° 098-2008-OAJ/INC de fecha 30 de enero de 2008, la Oficina de Asuntos Juridicos opina que el estudio PRIORI & MORDAZA ABOGADOS S.C.R.L. cumple con las condiciones para la contratacion de los servicios necesarios para brindar la asistencia legal especializada requerida para el MORDAZA del MORDAZA arbitral iniciado por la empresa Representaciones Caval S.A.C. contra la Entidad, que plantea, entre otras pretensiones, se declare la vigencia del Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito el 27 de MORDAZA de 2007, por lo que su contratacion tiene el caracter de servicios personalisimos, por las razones de especialidad que debe cumplir para asumir el MORDAZA del MORDAZA iniciado; correspondiendo que el Titular de la Entidad expida la resolucion aprobando su contratacion; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Gerente General y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2003-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- EXONERAR al Instituto Nacional de Cultura del MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa selectiva para la contratacion del servicio de un estudio juridico que brinde la asistencia legal especializada requerida para el MORDAZA del MORDAZA arbitral iniciado por Representaciones Caval S.A.C. contra la Entidad, con el fin de que se declare la vigencia del Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito el 27 de MORDAZA de 2004, entre otras pretensiones, hasta por la suma de S/. 29, 750,00 (veintinueve mil setecientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), servicio personalisimo; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- AUTORIZAR a la Oficina de Logistica y Produccion de Bienes y Servicios la realizacion de las acciones necesarias e inmediatas para proceder a la contratacion del servicio a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3°.- La contratacion y/o adquisicion materia de la presente Resolucion se regula por las disposiciones del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y sus normas complementarias. Articulo 4°.- El egreso que origine la presente Resolucion se afectara a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la cadena de gasto 5.3.11.39 de la meta presupuestaria 4. Articulo 5°.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, la presente Resolucion, debidamente documentada.

Articulo 6°.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional Instituto Nacional de Cultura 160642-1

Precisan direccion de inmueble declarado Monumento mediante la R.J. Nº 159/INC
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 166/INC MORDAZA, 30 de enero de 2008 Visto el Informe N° 219-2007-SDR-DPHCR/INC de la Sub Directora de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural N° 159-90-INC/J de fecha 22 de marzo de 1990 se declaro Monumento al inmueble ubicado en Jr. Ucayali Nºs. 145-149 y Jr. Ucayali Nºs. 153-157-165, distrito, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe N° 219-2007-SDR-DPHCR/INC la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano comunica que en relacion a la consulta efectuada por la Policia Nacional del Peru se ha verificado la direccion proporcionada in situ; habiendose detectado de que se trata de una unidad inmobiliaria, por consiguiente la direccion exacta es Jr. Ucayali Nºs. 149153-157-159-161 esquina Pasaje MORDAZA Nºs. 151-153169-173-s/n-175-s/n-s/n, correspondiendo a la informacion catastral de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en el inciso 201.1 del articulo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que los errores material o aritmetico de los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de decision; Con las visaciones del Director de Gestion, del Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y del Director de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo N° 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PRECISAR el articulo 1° de la Resolucion Jefatural N° 159/INC de fecha 22 de marzo de 1990, en el extremo que corresponde a la direccion del inmueble ubicado Jr. Ucayali Nºs. 145-149 y Jr. Ucayali Nºs. 153-157-165, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: "Jr. Ucayali Nºs. 149-153-157-159-161 esquina Pasaje MORDAZA Nºs. 151-153-169-173-s/n-175-s/n-s/n, distrito, provincia y departamento de Lima". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional Instituto Nacional de Cultura 160642-2

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