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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (08/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2008 366153 o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M.--------------------------------------------------------------------------------------------Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo--------------------------------------------------------------------------------------------Del 16/1/2008 241 369 433 3 841al 31/1/2008-------------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD GUIULFO SUAREZ-DURAND Viceministro de Economía 161706-1 EDUCACION Designan miembros del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria - CONEACES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2008-ED Lima, 7 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, se norman los procesos de evaluación, acreditación y certifi cación de la calidad educativa, se defi ne la participación del Estado en ellos y regula el ámbito, la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE), a que se refi eren los artículos 14º y 16º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; Que, de conformidad con el artículo 25º de la Ley antes mencionada, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria - CONEACES es el órgano operador encargado de defi nir los criterios, indicadores y estándares de medición para garantizar en las instituciones de educación superior no universitaria públicas y privadas, los niveles aceptables de calidad, así como alentar la aplicación de las medidas requeridas para su mejoramiento; Que, dicho Consejo cuenta con un órgano de dirección constituido por un directorio conformado por seis (6) expertos de reconocida trayectoria en el campo de la evaluación, acreditación y certifi cación, propuestos, uno por el Ministerio de Educación, uno por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, uno por los institutos superiores privados, uno por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial, SENATI, uno por los gremios empresariales, y uno por el Centro de Planeamiento Estratégico Nacional - CEPLAN; Que, las instituciones antes mencionadas han cumplido con designar a sus representantes, dentro del marco establecido en el artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, con excepción del Centro de Planeamiento Estratégico Nacional - CEPLAN, el mismo que no se encuentra en funcionamiento a la fecha; Que, la designación del representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, ha sido realizado por su Presidente, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0431-2007-ED, mediante el cual, se dictan medidas complementarias para la conformación e instalación de los Directorios de los Órganos Operadores del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 27.1 del artículo 27º de la Ley Nº 28740 y en el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designación del Directorio del CONEACES Designar a los miembros del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria - CONEACES, el cual quedará integrado por las siguientes personas: - Carlos Armando Aramayo Prieto, por el Ministerio de Educación. - Edwin Binet Uribe Pomalaza, por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. - Alberto Silva Del Aguila, por los institutos superiores privados. - Guillermo Salas Donohue, por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI; y, - Carlos León Milla, por los gremios empresariales. Artículo 2º.- Del representante del CEPLAN El representante del Centro de Planeamiento Estratégico Nacional - CEPLAN, será designado una vez que dicha institución asuma sus funciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28522. Artículo 3º.- Norma DerogatoriaDejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 020-2006- ED. Artículo 4º.- Del RefrendoLa presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 162193-13 Designan Jefa de la Oficina de Becas y Crédito Educativo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0055-2008-ED Lima, 29 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto Ley Nº 21547, estableció que el Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo - INABEC- era un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-ED, se aprobó la fusión del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo -INABEC- con el Ministerio de Educación; Que, en tal sentido mediante Resolución Ministerial Nº 0456-2007-ED, se encargó a doña Regina Medina Espinoza, las funciones que corresponden a la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-ED, se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006, en tal sentido se incorporó dentro de la estructura orgánica del Ministerio como órgano de línea, a la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, cuyo cargo es considerado de confi anza;