Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2008 (08/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2008

militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del personal militar de la Republica de Bolivia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 8 de febrero al 13 de marzo de 2008, para participar en el Crucero de Instruccion al Litoral (CRULIT 2008) a bordo de las Unidades de Superficie de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley N° 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas cuenta con recursos orientados a la Reconstruccion de la Infraestructura por Desastres Naturales, de los cuales puede destinarse en parte al requerimiento efectuado por la Presidencia del Consejo de Ministros, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de VEINTIUN MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 123 810,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros ­ FORSUR, hasta por la suma de VEINTIUN MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 123 810,00), cuyo destino es el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para el financiamiento de los proyectos de rehabilitacion de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2007, de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 009 UNIDAD EJECUTORA 001 FUNCION 03 PROGRAMA 006 SUBPROGRAMA 0019 ACTIVIDAD GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 21 123 810,00 -------------------21 123 810,00 ============ : : : : : :

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ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros destinadas a las acciones del FORSUR
DECRETO SUPREMO Nº 019-2008-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 y modificatorias, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya finalidad es lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus ampliaciones; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras, realizar la evaluacion general de los efectos de los sismos del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion necesarios para el cumplimiento de los fines del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas publicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el MORDAZA de los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion integral de las zonas declaradas en estado de emergencia, MORDAZA referidas; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado, una transferencia de partidas con cargo a la Reserva de Contingencia por la suma de VEINTIUN MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21 123 810,00) para ser transferidos al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para el financiamiento de los proyectos de rehabilitacion de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2007 priorizados por el Directorio del FORSUR segun los Acuerdos Nºs. 015, 016 y 017-052008-D-FORSUR;

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia TOTAL A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: GOBIERNO CENTRAL 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 014 : Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007-FORSUR 07 : Defensa y Seguridad Nacional 024 : Prevencion y atencion de desastres 0066 : Defensa Civil 029434 : Atencion de desastres y apoyo a la rehabilitacion y la Reconstruccion 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 21 123 810,00 -------------------21 123 810,00 ===========

CATEGORIA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital TOTAL

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de

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