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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de febrero de 2008 366288 Reglamento de Organización y Funciones del INPE, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Suprema N° 019-2008-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Declarar en emergencia el Establecimiento Penitenciario de Huánuco de la O fi cina Regional Oriente Pucallpa del Instituto Nacional Penitenciario, por el período de treinta (30) días calendario. Artículo 2º.- Establecer en el Establecimiento Penitenciario de Huánuco de la O fi cina Regional Oriente Pucallpa del Instituto Nacional Penitenciario las siguientes restricciones al régimen carcelario: a) El ingreso de visitas directas de familiares y amigos; b) El horario de ingreso del abogado defensor, podrá ser regulado, quedando en todo caso a salvo el derecho del interno de entrevistarse y comunicarse con él por lo menos una vez por semana; c) El horario de permanencia del interno en los pasadizos del pabellón o en los patios. La resolución del Presidente del Instituto Nacional Penitenciario es inapelable. Artículo 3.- Las restricciones al régimen carcelario a que se contrae el artículo segundo de la presente Resolución, deberán ser implementadas por el Director del Establecimiento Penitenciario de Huánuco de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa del Instituto Nacional Penitenciario, a fi n de mantener la convivencia ordenada y pací fi ca de los internos. Artículo 4º.- Encargar al Director de la Región oriente Pucallpa la elaboración de una propuesta de racionalización de personal con la fi nalidad de reforzar la seguridad del Establecimiento Penitenciario de Huánuco. Artículo 5º.- Distribuir copia de la presente Resolución a las instancias respectivas, para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONARDO CAPARROS GAMARRA Presidente (s) 162529-2 Designan Secretario General del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 092-2008-INPE/P Lima, 7 de febrero de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Presidencial Nº 214-2007- INPE/P de fecha 10 de abril de 2007, se designa al Gral. PNP ® VICTOR LUIS FIGUEROA ROMERO, en el cargo público de con fi anza de Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia del citado funcionario y designar en el cargo público de confi anza a su reemplazante; Estando a lo solicitado y contando con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario, de la O fi cina General de Administración, O fi cina de Asesoría Jurídica y Unidad de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Decreto Supremo Nº 003-2005-JUS, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 019-2008-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el Gral. PNP ® VICTOR LUIS FIGUEROA ROMERO, al cargo público de con fi anza de Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Abogado JUAN ANTONIO TRELLES CASTILLO, en el cargo público de con fi anza de Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 3º.- REMITIR, copia de la presente resolución al interesado y a las demás instancias pertinentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.LEONARDO CAPARROS GAMARRA Presidente (sConsejo Nacional Plenipotenciario 162691-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Declaran fundados recursos de reconsideración y modifican el Anexo N° 1 de la Res. N° 716-2007-OS/CD, referente a metrados de instalaciones de ELECTRONORTE e HIDRANDINA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 064-2008-OS/CD Lima, 7 de febrero de 2008Que, con fecha 30 de noviembre de 2007, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante el “OSINERGMIN”) publicó la Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN N° 716-2007-OS/CD (en adelante la “RESOLUCIÓN”) que aprobó las altas y bajas de los metrados existentes de las instalaciones de distribución eléctrica correspondientes al período 1 de julio de 2004 al 30 de junio de 2006, así como los metrados existentes resultantes al 30 de junio de 2006. Contra dicha resolución Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - Electronorte S.A. (en adelante ELECTRONORTE) dentro del término de ley, presentó recurso de reconsideración, siendo materia del presente acto administrativo el análisis y decisión de dicho recurso impugnativo. 1.-ANTECEDENTESQue, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 77° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, cada cuatro años, el OSINERGMIN actualiza el Valor Nuevo de Reemplazo (en adelante VNR) de las instalaciones de transmisión y distribución, con la información presentada por los concesionarios. En el caso de obras nuevas o retiros, la citada norma dispone que, OSINERGMIN, incorporará o deducirá su respectivo VNR; Que, de acuerdo con el Artículo 159° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, el concesionario debe poner en conocimiento del OSINERGMIN en los plazos y oportunidades que éste determine, toda inversión en obras de distribución que aumente su VNR y comunicará anualmente al regulador el retiro de las instalaciones innecesarias para la prestación del servicio, a fin de ser excluidas del respectivo Valor Nuevo de Reemplazo; Que, la Guía de Elaboración del VNR de las Instalaciones de Distribución Eléctrica (en adelante Guía del VNR), aprobada mediante Resolución OSINERG N° 329-2004-OS/CD, establece que el cálculo del VNR adaptado al 30 de junio del año que corresponda (año anterior a aquel en que se fi ja la tarifa), se realizará a partir del metrado (base) aprobado en la última fi jación del VNR adaptado, para lo cual se considerará las altas y bajas de las instalaciones de distribución eléctrica ocurridas en el último período de 4 años;