Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2008 (09/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de febrero de 2008

del Credito MIVIVIENDA, el FMV recuperara en primera instancia el saldo insoluto sujeto a cobranza, luego la empresa del sistema financiero recuperara los gastos de la ejecucion de la garantia segun lo estipulado por el FMV, posteriormente, del saldo resultante, el FMV recuperara el saldo del tramo no concesional del Credito MIVIVIENDA, y finalmente, se podra recuperar el saldo del Tramo concesional destinandose a los fondos otorgados para el financiamiento del BBP. En los supuestos indicados en los literales b) y c) la perdida que se asumira con cargo a los fondos otorgados para el financiamiento del BBP podra ser solo hasta la totalidad del BBP otorgado para dicho Credito. 162850-4

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen traslado de magistrada al Juzgado de la Investigacion Preparatoria de la provincia de Huamachuco, Distrito Judicial de La MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 302-2007-CE-PJ MORDAZA, 27 de diciembre del 2007 VISTO: El expediente administrativo que contiene el recurso de reconsideracion interpuesto por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del MORDAZA Juzgado Penal de Maynas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, contra la resolucion expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con fecha 16 de noviembre del 2006, oido el informe oral, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante resolucion que en fotocopia certificada obra de fojas 167 a 168, este Organo de Gobierno declaro improcedente la solicitud de traslado por razones de salud presentada por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del MORDAZA Juzgado Penal de Maynas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a una plaza vacante de igual nivel y especialidad en la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Segundo: Que, la magistrada recurrente interpone recurso de reconsideracion, aportando como nuevos elementos probatorios, entre otros, los Informes Medicos complementarios, de fojas 192 y 229, en los que se encuentra acreditado que pese al control periodico y al tratamiento realizado de la enfermedad de psoriasis eritrodermica que padece, no se ha producido mejoria alguna sino todo lo contrario, habiendose agravado la sintomatologia de su afeccion; en tal sentido, los medicos tratantes, doctores MORDAZA MORDAZA Urrelo, Medico de la Red Asistencial ESSALUD - MORDAZA, MORDAZA Escurra MORDAZA y MORDAZA Mendivil MORDAZA, medicos de ESSALUD La MORDAZA, recomiendan que la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sea trasladada de la MORDAZA tropical en donde reside a un lugar de la costa por su clima calido, o de la MORDAZA moderada, de clima templado, con escasas lluvias; Tercero: Que, asimismo, conforme se evidencia de los diagnosticos de los medicos MORDAZA citados el clima de la MORDAZA de Iquitos, humedo por las lluvias torrenciales y caracterizado por sus altas temperaturas, viene ocasionando en la magistrada recurrente un agravamiento de su afeccion, resultando de ello que las lesiones hayan empeorado, observandose mayor inflamacion de la piel, fisuras en la MORDAZA retroarticular y en diversas partes del cuerpo, y afeccion articular de manos, codos y rodillas,

asi como aparicion de tumoracion dolorosa en la MORDAZA del MORDAZA, sin que se MORDAZA producido respuesta al tratamiento aplicado; Cuarto: Que, de igual modo, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA argumenta que en su condicion de Juez Penal, y a pesar de los problemas de salud que le vienen afectando, continua con sus labores habituales, llevando a cabo diligencias de inspeccion judicial fuera del despacho y por tanto a la intemperie, recibiendo directamente los intensos rayos solares que en dicha MORDAZA y durante la mayoria de los meses del ano sobrepasan los 35° C de temperatura, que hacen especialmente en la epoca de lluvias torrenciales, que recrudezca su enfermedad y su tratamiento se vea afectado, impidiendo la cicatrizacion de las heridas, lo que se asocia a MORDAZA de infecciones bacterianas provocadas por el escozor y la picadura de insectos; Quinto: Que, de otro lado, la citada magistrada ha presentado de fojas 231 a 236, informacion en la que aparece que el clima del Departamento de La MORDAZA, es calido en la costa, y en zonas como Huamachuco, lo cual seria beneficioso para el tratamiento de la recurrente, por ser templado, moderadamente lluvioso y con amplitud termica moderada, ademas del hecho de contar con aguas termales como las de MORDAZA y Yanasara; Sexto: Que, siendo asi, teniendo en cuenta los diversos elementos probatorios aportados por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fluye del analisis de los presentes actuados verosimilitud respecto a las razones de salud expuestas a que se refiere el articulo 3° del Reglamento de Traslados de Magistrados; por lo que el recurso de reconsideracion interpuesto contra la resolucion de fojas 167 a 168 resulta fundado, correspondiendo acceder a su solicitud y disponer su traslado a la MORDAZA de Huamachuco, comprension de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, sede judicial que cuenta con plaza vacante de Juez de la Investigacion Preparatoria; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, con lo expuesto en el informe de fojas 215 a 217, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez titular del MORDAZA Juzgado Penal de Maynas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA contra la resolucion de fojas 167 a 168; en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado de la Investigacion Preparatoria de la Provincia de Huamachuco, Distrito Judicial de La MORDAZA, que se encuentra vacante, por razones de salud. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y de La MORDAZA, a la Gerencia General del Poder Judicial, y a la interesada, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 162513-1

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