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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (09/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de febrero de 2008 366301 de la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas, de conformidad con el Plano Perimétrico Nº 010-2007-CTDHU/M, el Plano de Lotización Nº 011-2007-CTDHU/MC y la Memoria Descriptiva, que forman parte de la presente Resolución correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva tipo B-4, para Uso Residencial de Densidad Media RDM, desarrollada sobre el terreno de 15,081.78 m², constituido por el Lote Nº 172, que formó parte de la Urbanización Lotización Chacra Cerro 2º Etapa, Distrito de Comas, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 64505, Partida Electrónica Nº 42694169, del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Lima. Artículo 2°.- NOTIFICAR la presente Resolución a la INMOBILIARIA PACIFIC INTERNACIONAL S.AC.; y a la Municipalidad Distrital de Comas, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa con la presente Resolución. Artículo 4°.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, Instituto Metropolitano de Plani fi cación, EMILIMA y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5°.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de noti fi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ZOILA LIZARRAGA VERASTEGUI Subgerente (e)Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 161734-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Convocan a Elecciones de represen- tantes de las Organizaciones Civiles ante el Consejo de Coordinación Local Distrital DECRETO DE ALCALDÍA N° 001 Ate, 6 de febrero de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Informe Nº 007-2008-GPV/MDA de la Gerencia de Participación Vecinal, respecto a la Convocatoria a Elecciones del Consejo de Coordinación Local Distrital de Ate, el Informe Nº 081-2008-OGAJ/MDA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 106-2008-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º, de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el Desarrollo Local. Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 102º regula la organización y estructura del Consejo de Coordinación Local Distrital, constituido por los integrantes del Concejo Municipal y los representantes de la Sociedad Civil y es un órgano de coordinación y concertación de las municipalidades distritales, presidido por el Alcalde, pudiendo delegarse esta función en el Teniente Alcalde. Que, el tercer párrafo del artículo 102º del referido marco Legal establece que los representantes de la Sociedad Civil son elegidos democráticamente por un período de dos (02) años, de entre los Delegados legalmente acreditados de las organizaciones a nivel Distrital que se hayan inscrito en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de Ate, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (03) años de actividad Institucional comprobada. Que, mediante Ordenanza Nº 037/MDA , se Reguló el Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Ate, convocándose a elecciones y aprobándose el Reglamento para el Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ordenanza Nº 053/MDA, por la cual se aprobó el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Ate, el Alcalde Distrital mediante Decreto de Alcaldía debe Convocar a Elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. Que, la Convocatoria a elecciones de los representantes de la Sociedad Civil implica además la realización y Organización del proceso de Elección en su conjunto, y su Reglamentación, en virtud de lo establecido en la Ordenanza Nº 037/MDA y la Ordenanza Nº 053/MDA. Que, el Gobierno Municipal basa su gestión en la Participación Ciudadana acorde a lo dispuesto en la normativa pertinente, por lo que es tarea permanente consolidar los mecanismos de participación de la Sociedad Civil en la gestión del Desarrollo Local. Que, mediante Informe N° 081-2008-OGAJ/MDA la O fi cina General de Asesoría Jurídica, señala que mediante Decreto de Alcaldía, se convoque a elecciones de los representantes de las organizaciones civiles ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, correspondiente al período abril 2008 a marzo 2010; aprobándose además el reglamento para el proceso de elección. Que, mediante Memorando Nº 106-2008-GM/MDA el Gerente Municipal señala se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. SE DECRETA:Artículo 1°.- CONVOCAR A ELECCIONES de los Seis (06) representantes de las Organizaciones Civiles ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, correspondiente al período abril 2008 - marzo 2010, a llevarse a cabo el domingo 30 de marzo del 2008, a partir de las 9.00 a.m. en las instalaciones del Colegio Nacional de Mujeres “Edelmira del Pando”, ubicado en la Carretera Central Km. 7.5 altura de la Plaza de Armas del distrito de Ate. Artículo 2°.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Elección de los representantes de las Organizaciones que conforman la Sociedad Civil del Distrito de Ate, para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital, correspondiente al período de Abril 2008 a Marzo 2010, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto, como Anexo 01, el cual será publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad Distrital de Ate y en el Portal Municipal. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal, O fi cina General de Plani fi cación, Ofi cina de Imagen Institucional, Secretaría General y demás Unidades Orgánicas, adopten las acciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 162521-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Precisan número de decreto de alcaldía mediante el cual se dispuso el embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2008-ALC/MDLV La Victoria, 24 de enero de 2008