Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2008 (23/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2008 INFRACCIONES D-28 Administrador portuario que permita que personal que no realiza funciones en areas operativas ni funciones de amarre de naves en los terminales multiboyas, ingrese a dichas areas sin utilizar casco de seguridad D-29 Armador, agente maritimo, capitan o patron de una nave que no cumpla con el procedimiento de nombrar al personal especializado que se encargara de verificar la manipulacion de sustancias o mercancias peligrosas clase 1 Armador, agente maritimo, capitan o patron de una nave que no cumpla con el procedimiento de desplegar una MORDAZA de contencion en el perimetro de MORDAZA naves, durante la operacion de alijo en MORDAZA y en muelle desde barcazas donde se transfiere sustancias y/o mercancias peligrosas de una nave a otra con el fin de prevenir la contaminacion del medio ambiente Administrador de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) que no cumple con las normas de segregacion y distancias entre los bultos y contenedores almacenados segun lo establecido en el Codigo Maritimo Internacional de Mercancias Peligrosas (Codigo IMDG) Administrador de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) que no nombre a un representante de la misma calificado en el control y manipulacion durante la operacion de carga y descarga de sustancias y/o mercancias peligrosas Administrador de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) que no nombre a un representante de la empresa y/o cooperativa de estiba y desestiba calificado en el control y manipulacion durante la operacion de carga y descarga de sustancias y/o mercancias peligrosas Administrador de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) que no despliegue una MORDAZA de contencion durante las operaciones de carga y descarga de sustancias y/o mercancias peligrosas en el perimetro entre la nave y el muelle, y en el perimetro de la nave cuando se trate de terminales multiboyas, a fin de prevenir la contaminacion del medio ambiente Persona natural que dicte cursos de capacitacion portuaria en mercancias peligrosas sin estar inscrito en el registro respectivo Administrador portuario que permita que las personas que acceden a las areas operativas de los terminales portuarios sin realizan funciones en las mismas, no utilicen casco de seguridad Administrador portuario que permita el ingreso a sus instalaciones de camiones sin utilizar el dispositivo de enganche de contenedores (pinas) en las plataformas donde transportan contenedores Administrador portuario que no de parte inmediato a la APN de camiones que pretenden ingresar a sus instalaciones no utilicen el dispositivo de enganche de contenedores (pinas) en las plataformas donde transportan contenedores, indicando la empresa o conductor infractor Administrador, operador y/o personas responsables de la instalacion portuaria que no elaboren o presenten a la APN su Reglamento Interno de Seguridad, para su revision, evaluacion o aprobacion Administrador portuario que no practique examenes medicos MORDAZA y al termino de la relacion laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a que estan expuestos en sus labores Administrador portuario que no controle o no registre que solo los trabajadores adecuadamente y suficientemente capacitados y protegidos accedan a los ambientes o zonas de riesgo grave y especifico Administrador portuario que no actualice su evaluacion de riesgos por lo menos una vez al ano, cuando cambien las condiciones de trabajo o se hayan producido danos a la salud y seguridad Administrador portuario que no realice controles periodicos de la salud de los trabajadores y de las condiciones de trabajo, ni lleve a cabo medidas de prevencion cuando a partir de los resultados de la evaluacion de riesgos sea necesario Administrador portuario que no reconozca a uno o varios trabajadores para participar como supervisor o miembro del Comite de Seguridad y Salud en el Trabajo Administrador portuario que no informe a la APN o no realice investigacion cuando se hayan producido danos graves, muy graves o mortales en la salud de los trabajadores y/o la poblacion, cuando corresponda, asi como cuando aparezcan indicios de que las medidas de prevencion resultan insuficientes

NORMAS LEGALES
CLASIFICACION GRAVE D-48 INFRACCIONES Administrador portuario que no vigile el cumplimiento de la normatividad legal vigente en material de seguridad y salud en el trabajo por parte de sus contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios o cooperativas de trabajadores que desarrollen obras o servicios en el centro de trabajo o con ocasion de trabajo correspondiente del principal Administrador portuario que no adopte medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo de los que se derive un riesgo grave para la salud o grave e inminente para la seguridad e los trabajadores Administrador portuario que realice actos de hostilidad u medidas coercitivas en perjuicio de los trabajadores de la instalacion portuaria, sus representantes y/o miembros de los comites o comisiones de seguridad y salud Armador, agente maritimo, capitan o patron de una nave que ingrese a puerto sin autorizacion de operaciones de carga de embarque y/o desembarque y/o MORDAZA con sustancia y/o mercancias peligrosas clase 1 Agente maritimo que permita realizar trabajos en caliente a bordo de las naves durante la operacion de alijo en MORDAZA donde se transfiere sustancias y/o mercancias peligrosas de una nave a otra Armador, agente maritimo, capitan o patron de una nave que realice operaciones de abarloamiento para alijo o transferencia de hidrocarburos en horas diurnas o nocturnas cuando la visibilidad se encuentre significativamente reducida o por razones de mal tiempo debidamente comprobadas y declaradas Armador, agente maritimo, capitan o patron de una nave que efectue operaciones de alijo en MORDAZA y en muelle desde barcazas donde se transfiere sustancias y/o mercancias peligrosas de una nave a otra, sin autorizacion Administrador de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) que permita la realizacion de faenas operacionales adicionales en el area adyacente del respectivo puesto de atraque cuando se embarque las mercancias de clases 1, 3 y 5 Efectuar modificaciones y actualizaciones a los Planes de Emergencia para la Instalacion Portuaria Especial (IPE) sin autorizacion de la APN Contar con un Plan de Emergencia de la Instalacion Portuaria Especial IPE no aprobado por la APN Operar como Instalacion Portuaria Especial (IPE) sin la autorizacion de la APN Armador, agente maritimo, capitan o patron de una nave que realice operaciones de trasbordo de explosivos de una nave a otra sin autorizacion de la APN Administrador de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) que detecte el almacenamiento en la IPE de carga de deposito prohibido sin la autorizacion de la APN Administrador de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) que permita la descarga en la IPE de carga de ingreso prohibido al territorio nacional Administrador de una Instalacion Portuaria Especial (IPE) que no MORDAZA medidas adicionales para la custodia y responsabilidad de la carga de deposito prohibido por casos de fuerza mayor

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CLASIFICACION GRAVE

GRAVE D-49 GRAVE D-50

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D-51 GRAVE

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D-37

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D-60 GRAVE

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D-39

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D-40

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D-41

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D-63 Ejercer funciones como Organizacion de Proteccion Reconocida (OPR) no manteniendo las condiciones exigidas para la certificacion y registro por la APN D-64 Operar como Organizacion de Proteccion Reconocida (OPR) sin contar con la licencia de vigente Violacion de la confidencialidad de la informacion sobre proteccion portuaria a la cual tuvo acceso como Organizacion de Proteccion Reconocida (OPR) Persona natural o juridica sujeta a supervision por la APN, que no proporcione los documentos o informacion requerida por los inspectores Administrador portuario que incumpla su deber de confidencialidad en el uso de los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores

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D-42

GRAVE D-65

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GRAVE

D-68 Administrador portuario que no observe las normas especificas en material de seguridad y salud de las trabajadoras durante los periodos de embarazo y lactancia y de los trabajadores con discapacidad D-69 Administrador portuario que no observe las normas especificas en materia de proteccion de la seguridad de los menores D-70 Administrador portuario que designe a trabajadores a puestos cuyas condiciones MORDAZA incompatibles con sus caracteristicas personales conocidas, o sin tomar en consideracion sus capacidades profesionales en materia de seguridad y salud en el trabajo, cuando de ellas se derive un riesgo grave para la salud o grave e inminente para la seguridad de los trabajadores

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MUY GRAVE

D-46 Administrador portuario que no cumpla con las obligaciones en materia de formacion e informacion suficiente y adecuada a los trabajadores y las trabajadoras acerca de los riesgos del puesto de trabajo y sobre las medidas preventivas aplicables D-47 Administrador portuario que permita que en la instalacion se superen los limites de exposicion a los agentes contaminantes, originando riesgos de danos graves para la seguridad y salud de los trabajadores

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MUY GRAVE

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