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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (23/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2008 367147 INFRACCIONES CLASIFICACIÓN A-7 Agencia marítima, fl uvial o lacustre, armador o capitán que no presente la documentación establecida para el acto de recepción en las naves de cabotajeLEVE A-8 Agencia marítima, fl uvial o lacustre que no comunique a la APN el despacho de una de nave con la debida anticipaciónLEVE A-9 Agencia marítima, fl uvial o lacustre que no comunique la variación de la hora de zarpe inicial en el plazo establecidoLEVE A-10 Agencia marítima, fl uvial o lacustre, armador o capitán que no presente la documentación establecida para el acto de despacho de la naveLEVE A-11 Agencia marítima, fl uvial o lacustre, capitán o armador que no haga las coordinaciones necesarias para que la nave se encuentre lista para zarpar al momento de presentarse las autoridades a bordoLEVE A-12 Agencia marítima, fl uvial o lacustre, armador o capitán que no presente el rol de tripulación en el formato establecidoLEVE A-13 Agencia marítima, fl uvial o lacustre capitán o armador de nave pesquera que no comunique en forma inmediata su arribo a un puerto distinto al indicado en el despachoLEVE A-14 Club náutico o marina que lleve un registro sin la información establecida para el control de arribo y zarpe o bitácora de naves recreativas que hacen uso de sus instalacionesLEVE A-15 Club náutico o marina que no informe a la APN la posición de las naves en competencia cuando ésta abarque la jurisdicción de uno o más puertosLEVE A-16 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán cuya nave arribe del extranjero a un puerto diferente del establecido en el Reglamento de REDENAVESGRAVE A-17 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán cuya nave zarpe al extranjero desde un puerto diferente al establecido en el Reglamento de REDENAVESGRAVE A-18 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán de una nave que realice actividades y operaciones en puerto sin autorización de la APN (incluye acceso de personas a una nave, desembarque de pasajeros y tripulantes, ejecución de faenas de carga o descarga y demás operaciones)GRAVE A-19 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán que permita el amarre o atraque de una nave ajena a la del práctico antes de la libre pláticaGRAVE A-20 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán cuya nave ingrese a un puerto intermedio sin autorización de la APNGRAVE A-21 Agencia marítima, fl uvial o lacustre, capitán o armador de una nave que no presente la lista de pasajeros actualizada del último puerto de recaladaGRAVE A-22 Agencia marítima, fl uvial o lacustre, capitán o armador de una nave que permita el ingreso de personal (excepto práctico) y/o material a bordo después de haber culminado el acto de despacho de la naveGRAVE A-23 Agencia marítima, fl uvial o lacustre que no comunique el arribo y/o no solicite la recepción de naves pesqueras de bandera extranjera que cuenten con permiso de pescaGRAVE A-24 Agencia marítima, fl uvial o lacustre que no comunique el despacho y/o no solicite la zarpe de naves pesqueras de bandera extranjera que cuenten con permiso de pescaGRA VE A-25 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o armador que no presente la declaración de arribo y/o zarpe de una nave pesquera de bandera nacionalGRAVE A-26 Club náutico o marina que no lleve un registro de control de arribo y zarpe o bitácora de naves recreativas que hacen uso de sus instalacionesGRAVE A-27 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán de una nave que no informe y/o no presente oportunamente la protesta de mar por arribada forzosaGRAVE A-28 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán de una nave que no modi fi que la situación de nave incomunicada, en condición de arribada forzosa, antes del otorgamiento de la libre pláticaGRAVE A-29 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán de un buque de guerra de bandera extranjera que se encuentre en misiones comerciales y no cumpla con las reglamentaciones y obligaciones aplicables a buques mercantesGRAVE A-30 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán de una nave que no ocupe las áreas de fondeo y/o atracaderos asignados a buques de guerra de bandera extranjeraGRAVE A-31 Administrador portuario o club náutico que permita que una nave zarpe sin autorización desde sus instalacionesMUY GRAVE A-32 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán de una nave que incumpla la disposición de proceder al área de cuarentena establecida por la autoridad competenteMUY GRAVE A-33 Agencia marítima, fl uvial o lacustre, capitán o armador que presente información o documentación falsa y/o adulterada de la nave para que ésta pueda operarMUY GRAVEINFRACCIONES CLASIFICACIÓN A-34 Agencia marítima, fl uvial o lacustre ,capitán o armador de una nave que no cuente con documento de despacho del último puerto de procedenciaMUY GRAVE A-35 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán de una nave que admita mayor número de pasajeros y/o tripulantes del autorizado en el certi fi cado respectivoMUY GRAVE A-36 Agencia marítima, fl uvial o lacustre o capitán de una nave que practique operaciones comerciales encontrándose en condición de arribada forzosa después del otorgamiento de la libre pláticaMUY GRAVE A-37 Persona natural o jurídica sujeta a supervisión por la APN, que no proporcione los documentos o información requerida por los inspectoresMUY GRAVE B. Infracciones vinculadas a la prestación de servicios en zonas portuarias B-1 Administrador de un puerto público que no presente mensualmente a la APN y cuando lo requiera ésta, la información estadística de las naves de carga, sobre los servicios portuarios y demás información, en medio magnético (formato “xls”) y en forma impresaLEVE B-2 Administrador de un puerto público que no difundan a los usuarios por los medios idóneos las normas contenidas en sus respectivos reglamentos internos aprobados por la APN, en el plazo establecidoLEVE B-3 Administrador de un puerto público que no acredite a la APN la difusión adecuada de sus respectivos reglamentos internos en un plazo establecidoLEVE B-4 Incumplimiento de las agencias marítimas, fl uviales o lacustres, empresas o cooperativas de estiba y desestiba de comunicar a la APN las modi ficaciones a su capital social, en el plazo establecidoLEVE B-5 Prestar servicios de agencia marítima, fl uvial o lacustre, empresa o cooperativa de estiba y desestiba, o de transporte acuáticos y conexos de trá fi co en bahía y áreas portuarias, sin contar con licencia respectivaGRAVE B-6 Incumplimiento de las agencias marítimas, fl uviales o lacustres, empresas o cooperativas de estiba y desestiba de reajustar su capital social mínimo a los montos que correspondanGRAVE B-7 Establecer y/o no mantener la o fi cina de la agencia marítima, fl uvial o lacustre, empresa o cooperativa de estiba y desestiba, en un puerto diferente al autorizadoGRAVE B-8 Agencia marítima, fl uvial o lacustre, empresa o cooperativa de estiba y desestiba que no presente una nueva carta fi anza dentro del plazo establecido, por la aplicación de una sanción de multa o para el pago de remuneraciones y bene fi cios socialesGRAVE B-9 Persona natural o jurídica prestadora de servicios de transporte acuático y conexos en bahía y áreas portuarias, que reduzca o incremente el número de embarcaciones o artefactos navales sin autorización de la APNGRAVE B-10 Administrador de un puerto público que no cuente con un sistema automatizado que le brinde información sobre la efi ciencia, oportunidad y satisfacción de los usuarios respecto de las actividades que se realizan en el puerto (información de la nave, de la carga, sobre los servicios portuarios y otra información)GRAVE B-11 Administrador de un puerto público que no remita a la APN para su aprobación los proyectos de reglamentos internos en el plazo establecidoGRAVE B-12 Administrador de un puerto público que no actualice total o parcialmente sus reglamentos internos aprobados cuando la APN considere que se han dado las condiciones que lo ameritenGRAVE B-13 Agencia marítima, fl uvial o lacustre que no instruya al propietario, armador, fl etador u operador, de que sus naves deben estar cubiertas por un seguro de protección e indemnización (P&I)GRAVE B-14 Empresa o cooperativa de estiba y desestiba que no mantenga las coberturas y montos mínimos indemnizatorios de la póliza de seguro de accidentes personales de los trabajadores de estiba y desestiba, de acuerdo a lo establecido por la APN GRAVE B-15 Empresa o cooperativa de estiba y desestiba que no responda por la continuidad de la atención del trabajador portuario cuando la incapacidad de éste resulte mayor al previsto por la APNGRAVE B-16 Administrador de un puerto público que no incluya en sus reglamentos internos la implementación de los convenios internacionales que sobre seguridad marítima y portuaria el Perú es signatario GRAVE B-17 Persona natural o jurídica que brinde servicios de transporte acuático o conexos de trá fi co en bahía y áreas portuarias de carácter comercial, que contrate personal (práctico o buzo) que no cuente con la cali fi cación vigente o patente otorgada por la autoridad competenteMUY GRAVE