Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2008 (02/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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b) Evaluar integralmente la gestion institucional, pedagogica y administrativa de la Direccion Regional de Educacion Apurimac. c) Implementar acciones tecnicas, administrativas y juridicas de caracter integral en los aspectos de funcionamiento administrativo que permita efectuar correctivos inmediatos, canalizacion de expedientes a instancias administrativas o jurisdiccionales, segun sea el caso, asi como, evacuar informes periodicos de conclusiones y recomendaciones politico ­ administrativos ante las instancias pertinentes. d) Investigar deficiencias en cuanto a los aspectos contables y financieros, coordinando con las instancias de Control Institucional, que permita identificar faltas administrativas, asi como, la calidad de gastos y uso de lo recursos publicos, en la sede institucional, Sub CAFAE y las destinadas a las instituciones educativas. e) Determinar las causas y efectos de la accion ejercida por la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA en el MORDAZA pedagogico, que permita identificar a los agentes responsables del factor de deficiencias y encaminar las acciones administrativas de Ley. f) Evaluar la naturaleza, operatividad y efectividad de la estructura organica de la DREA, los instrumentos de gestion y normativos; a fin de optimizar recursos y potencial humano en el MORDAZA del Estado de Derecho y la Reforma Educativa Regional Autonoma. g) Redefinir la organizacion y funcionamiento de la DREA y sus diferentes instancias administrativas dependientes, adecuandolas a los Lineamientos del Proyecto Educativo Regional y a la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion. Articulo Tercero.DISPONGASE, que las recomendaciones y demas acciones administrativas que efectue la Comision Reorganizadora (CORE) tienen caracter VINCULANTE; en consecuencia, todas las instancias de la Direccion Regional de Educacion MORDAZA, tienen la obligacion, para viabilizar y facilitar la labor de los encargados de la CORE, de permitir el acceso a la informacion de archivo y demas requerimientos administrativo legales a fin de que alcancen los objetivos trazados. Articulo Cuarto.- Autoricese a la Comision Reorganizadora (CORE) a fin de que realice gestiones ante el Gobierno Regional, el Ministerio de Educacion y el Ministerio de Economia y Finanzas para viabilizar la estructura de la DREA. Articulo Quinto.- En tanto dure el periodo de reorganizacion, los servidores administrativos podran ser rotados y/o puestos a disposicion de instancias pertinentes o a la accion administrativa de personal que vea por conveniente con arreglo a Ley, cautelando de no afectar los derechos fundamentales y sin vulnerar el nivel profesional y remunerativo legalmente alcanzado. Articulo Sexto.- Facultese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, adoptar las medidas administrativas mas pertinentes a fin de asegurar prioritariamente, el financiamiento con los recursos ordinarios o los provenientes de otras MORDAZA que el Titular considere pertinente, incluidos los honorarios de los Comisionados y la parte operativa. Articulo Septimo.- El Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Resolucion Ejecutiva Regional, designara la Comision Reorganizadora, que operara conexamente a las autoridades que asuman la gestion de la DREA, la cual estara conformada de la siguiente manera: 1. Profesional calificado, en representacion de la Presidencia del Gobierno Regional, quien lo presidira. 2. Profesional con perfiles especificos con experiencia en Gestion Institucional. 3. Profesional calificado con experiencia y trayectoria en Gestion Pedagogica. 4. Profesional calificado con experiencia y trayectoria en Gestion y Presupuesto. 5. Profesional calificado, designado en representacion del Ministerio de Educacion. 6. Podran intervenir en calidad de observadores: · Un representante de la Defensoria del Pueblo. · Un representante del Magisterio Regional, de Organizaciones de la Sociedad Civil y Vigilancia Social, debidamente acreditados.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- En el plazo no mayor de Diez dias contados a partir de la instalacion, la Comision Reorganizadora presentara el Plan de Reorganizacion ante el Consejo Regional, Presidencia Regional y Gerencia Regional de Desarrollo Social; consignando los objetivos especificos, reglamento de organizacion y funciones, costos operativos y el requerimiento de sub comisiones y MORDAZA de tecnicos necesarios. La aprobacion concertada de las instancias sera comunicada por oficio a cargo de la Presidencia del Gobierno Regional de Apurimac. SEGUNDA.- Los resultados de la Comision Reorganizadora, deberan ser publicadas para el conocimiento de la comunidad educativa. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Abancay a los cuatro dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Regional de Apurimac. AL SENOR PRESIDENTE REGIONAL DE MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los cinco dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PRESIDENTE GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA 219923-1 DEL GOBIERNO

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Disponen el embanderamiento general del distrito de Miraflores con motivo del aniversario de la Independencia Nacional
DECRETO DE ALCALDIA Nº 018-2008-MM EL MORDAZA DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales son entidades, basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; Que, estando proximas la celebraciones por la conmemoracion del Centesimo Octogesimo Setimo (187º) Aniversario de la Independencia Nacional, ocurrida el 28 de MORDAZA de 1821, por proclama del Libertador don MORDAZA de San MORDAZA Matorras;

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