Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2008 (02/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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quorum reglamentario de los Senores Regidores, se trato sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el beneficio de amnistia de regularizacion de licencias de obra; y CONSIDERANDO:

2. Para edificaciones de uso residencial (cuya area de terreno supere los 250m2), comercial, educacion, salud, vivienda-taller e industrial Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, de ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones se realizaran los siguientes pagos: - Derecho de tramite 0.3% V.O., MIN. 1.5% U.I.T. (al ingresar el expediente) - Derecho de licencia 0.6% V.O., MIN. 2.5% U.I.T. - Deterioro de pistas y veredas 0.3% V.O., MIN. 1% U.I.T. Articulo Cuarto: Establecer los requisitos minimos para la MORDAZA de los Expedientes de Regularizacion de Licencia de Obra: - Hoja de Tramite, FUO PARTE 1 por triplicado (debidamente firmado por el/los propietarios, abogado, arquitecto o Ingeniero Civil) de conformidad a la Ley 27157. - Documento que acredite propiedad: MORDAZA literal de inscripcion registral, Titulo o Testimonio de propiedad, MORDAZA certificada o fedateada de adjudicacion actualizada o contrato notarial de compra-venta del lote o acciones efectuadas por el propietario debidamente acreditado, donde figuren areas, linderos y medidas perimetricas debidamente actualizadas. - Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios vigentes - MORDAZA fedateada del documento de identidad. - Planos de Arquitectura (ubicacion o localizacion conforme lo senalado en la Ley 27157, planos de distribucion, cortes y elevaciones). - Memoria justificativa exigible para todo MORDAZA de obras - Certificado de habilitacion del proyecto CAP o CIP - Carta de seguridad de obra firmada por el profesional responsable. - Fotografias a color de la fachada con relacion a la volumetria y al alineamiento de la seccion de via, donde se aprecien los lotes colindantes. - Certificado de Retiro de ser el caso - Presentar las categorias aplicables a la edificacion a regularizar, segun el Cuadro de Valores Unitarios Oficiales de edificaciones publicado en el Diario Oficial El Peruano al 31 de octubre del 2007; debidamente firmado por el profesional responsable y propietario. - Comprobante de Pago por Revision de Proyectos emitido por el Colegio de Arquitectos del Peru. - Planos de senalizacion y evacuacion, acompanados de memoria de seguridad, para revision del delegado Ad Hoc de Defensa Civil, de ser el caso. - Comprobante de Pago por derecho de revision de Proyecto, por delegado Ad Hoc de INDECI, de ser el caso. - Autorizacion sectorial cuando las normas vigentes lo requieran - En caso de proyectos de obrasen edificaciones que esten bajo el regimen de propiedad exclusiva y de propiedad comun presentar acta de sesion de junta de propietarios donde se apruebe y autorice expresamente las obras a ejecutar - Para edificaciones que no MORDAZA de uso residencial la Comision Tecnica Calificadora de Arquitectura, podra solicitar otros documentos adicionales para la mejor revision y calificacion del proyecto. Articulo Quinto: Quedan comprendidos automaticamente dentro de la presente Ordenanza, aquellos contribuyentes cuyos expedientes se encuentran en tramite de regularizacion de licencia de obra y que no hayan sido resueltos, ni se les MORDAZA expedido la Resolucion de Gerencia de Regularizacion de Licencia de Obra. Articulo Sexto: Establecer el derecho de pago para la obtencion del Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios de S/. 50.00, para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza. Articulo Setimo: Establecer el derecho de pago para la obtencion del Certificado de Retiro Municipal de S/. 50.00 Nuevos Soles, para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza.

Que, en Sesion Ordinaria de la fecha se trato y debatio el proyecto de Ordenanza que aprueba el beneficio de la amnistia de regularizacion de licencias de obra en el distrito, propuesto por la Comision de Planificacion MORDAZA y Transporte del Concejo Municipal, contando con las opiniones tecnico legales correspondientes a nivel administrativo, lo que va a permitir a nuestros vecinos el cumplimiento de sus obligaciones formales referidas a la regularizacion de las respectivas licencias de obra; De conformidad con el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, asi como articulos 9, inciso 8) y 40 de la Ley 27972 ­ Organica de Municipalidades; con el Dictamen favorable de la Comision de Planificacion MORDAZA y Transporte; con el MORDAZA Unanime de los Senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE AMNISTIA DE REGULARIZACION DE LICENCIAS DE OBRA Articulo Primero: Establezcase para toda la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, el beneficio de regularizacion de edificaciones construidas sin Licencias de Obra hasta el 31 de diciembre del 2007, cuyo procedimiento esta establecido de acuerdo a la Ley Nº 27157, su Reglamento TUO DS-035-2006VIVIENDA; respecto al regimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad comun y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA, que cuenten como minimo con estudios preliminares aprobados y/o con aprobacion de habilitaciones urbanas con o sin recepcion de obras o que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas que se encuentren como urbanos en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres e inscritos como rusticos en el Registro de Predios de conformidad con el Articulo 50º inciso c) del Decreto Supremo Nº 0352006-VIVIENDA. Articulo Segundo: Los infractores y/o beneficiarios que se acojan a la presente Ordenanza y obtengan su Licencia de Obra en Via de Regularizacion gozaran de la condonacion de las multas administrativas correspondientes de acuerdo a la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; incluyendo a los que estuvieran en Cobranza Coactiva; exceptuandose las que se encuentren con medidas cautelares firmes y/o procedimientos en ejecucion, tales como mandato de demolicion o paralizacion de obra, previo pago de las costas procesales. Articulo Tercero: Aprobar los siguientes DERECHOS DE PAGO por la obtencion de la Licencia de Obra en Via de Regularizacion: 1. Para edificaciones de uso residencial cuyo area del terreno no supere los 250.00 m2: a) Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, de ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones en edificaciones de hasta dos pisos y azotea de 30 m2 de area techada, el pago unico es de S/. 350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y/00 NUEVOS SOLES). b) Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, en edificaciones mayores de dos pisos, se realizara el pago de S/. 350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) por los dos primeros pisos, mas el 0.3% del valor de la Obra correspondiente al area techada superior a los dos pisos. c) Por regularizar la licencia de obra, de ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones, de edificaciones mayores de dos pisos, se realizaran los siguientes pagos: - Derecho de tramite 0.3% V.O., MIN. 1.5% U.I.T. (al ingresar el expediente) - Derecho de licencia 0.6% V.O., MIN. 2.5% U.I.T. - Derecho de pistas y veredas 0.3% V.O., MIN. 1% U.I.T.

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