Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2008 (09/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 3º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medidas. Articulo 4º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras, segun corresponda, para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES FINALES

del Decreto Legislativo Nº 1049, publicado en la edicion del 26 de junio de 2008. En el Articulo 136º.- Integrantes de Junta de Decanos DICE: La Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru se integra por todos los decanos de los colegios de notarios de la republica (...) DEBE DECIR: La Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Peru se integra por todos los decanos de los colegios de notarios de la Republica (...) En las Disposiciones Transitorias y Finales DICE: TERCERA.- Quedan sin efecto los concurso publicos convocados a la fecha (...) DEBE DECIR: TERCERA.- Quedan sin efecto los concursos publicos convocados a la fecha (...) DICE: SETIMA.- (...) Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad de los otorgantes, los partes notariales podran a ser presentados y tramitados por persona distinta al notario o sus dependientes. (...) DEBE DECIR: SETIMA.- (...) Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad de los otorgantes, los partes notariales podran ser presentados y tramitados por persona distinta al notario o sus dependientes. (...) 224067-1 FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1060 Mediante Oficio Nº 421-2008-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1060, publicado en nuestra edicion del dia 28 de junio de 2008. - En la pagina 374994; DICE: "Articulo 6º.- Funciones del Ente Rector Son funciones del Ente Rector las siguientes: (...) h) Fomenar la participacion de los agricultores en programas de capacitacion y entrenamiento de diversa indole para la incorporacion de nuevas tecnologias a los productos y procesos agroproductivos. (...)" DEBE DECIR: "Articulo 6º.- Funciones del Ente Rector Son funciones del Ente Rector las siguientes: (...) h) Fomentar la participacion de los agricultores en programas de capacitacion y entrenamiento de diversa indole para la incorporacion de nuevas tecnologias a los productos y procesos agroproductivos. (...)" En la pagina 374995; DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Complementarias,

PRIMERA.- Precisase que toda referencia normativa efectuada a la Direccion General de la Persona con Discapacidad y a la Direccion General de Pueblos Originarios y Afroperuano del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), debera entenderse al Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y al Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano (INDEPA), respectivamente. SEGUNDA.- Precisase la eficacia de las acciones determinadas por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), a fin de implementar lo ordenado en la Ley Nº 29146, la de los Grupos de Trabajos Multisectoriales constituidos por las Resoluciones Ministeriales nums. 122 y 123-2008-PCM y demas acciones dispuestas para asegurar la continuidad de los servicios hasta la transferencia efectiva hacia los Pliegos CONADIS e INDEPA. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tercer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 224063-3

PODER EJECUTIVO DECRETOS LEGISLATIVOS
FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1049 Mediante Oficio Nº 423-2008-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas

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